TEXTO PAGINA: 3
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G36/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 19 de julio de 2004 Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil cuatro. HENRY PEASE GARCÍA Presidente del Congreso de la República MARCIANO RENGIFO RUIZ Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Lima, 16 de julio de 2004Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y ar- chívese. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 13410 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F P C M /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G2D /G6A/G6F/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G53/G49/G50/G54/G45/G4C/G20/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G44/G6F/G6D/G69/G6E/G69/G63/G61/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F /G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G52/G45/G47/G55/G4C/G41/G54/G45/G4C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 217-2004-PCM Lima, 15 de julio de 2004 Vista, la Carta Nº 046-GPR/2004 del Gerente de Políti- cas Regulatorias y Planeamiento Estratégico del Organis-mo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; CONSIDERANDO:Que, del 27 al 28 de julio de 2004, se llevará a cabo en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, la VII Cumbre de Reguladores y Operadores, organizada por elForo Latinoamericano de Entes Reguladores en Telecomu-nicaciones - REGULATEL, el cual cuenta como miembrode su Comité de Gestión al Organismo Supervisor de laInversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, por lo que resulta de interés institucional la participación del ingeniero Edwin San Román Zubizarreta, Presidente de suConsejo Directivo; Que, los gastos que genere por concepto de pasajes y viáticos, se encontrarán a cargo del Instituto de Conecti-vidad de las Américas, correspondiendo al Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL los gastos porconcepto de tarifa por uso de aeropuerto; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior deServidores y Funcionarios Públicos, su Reglamento apro- bado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Directiva Nº 004-2004-EF/76.01, Directiva para el ProcesoPresupuestario de las Entidades de Tratamiento Empresa-rial para el Año Fiscal 2004, aprobada mediante Resolu-ción Directoral Nº 047-2003-EF/76.01 y el Decreto Supre-mo Nº 067-2003-PCM - Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Edwin San Román Zubizarreta, Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomu- nicaciones - OSIPTEL, a la ciudad de Santo Domingo,República Dominicana, del 26 al 29 de julio de 2004, paralos fines expuestos en la parte considerativa de la presen-te resolución. Artículo 2º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario de- berá presentar ante su institución un informe detallado des-cribiendo las acciones realizadas y los resultados obteni-dos durante su viaje. Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente resolución no ocasionará gasto alguno al Estado, ni otorgará derecho REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Minería y otros organismos públicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2. Las resoluciones deberán presentarse debidamente refrendadas en original y acompañadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicación de éstas y se autorice el cobro de la tarifacorrespondiente según sea el caso. 3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitirán además en disquete o al siguiente correo electrónico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. 4. No se aceptarán oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompañados por la versión electrónica. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU