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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2004 (20/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 34

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G37/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 20 de julio de 2004 3.6.2 del numeral 3.6 del inciso 3 del artículo 79º de la Ley Nº 27972); Que, en la jurisdicción del distrito de Ate, en parte del sector 29 del ex Fundo La Estrella de Santa Clara (Prolon-gación de la Av. Nicolás de Piérola), se han detectado ocu-paciones y construcciones irregulares, derivadas del cre- cimiento desordenado de la población, y del problema del acceso a la vivienda, lo cual viene provocando una dinámi-ca urbana inadecuada, por lo que se hace necesario dictarlas normas urbanísticas dentro de un Planeamiento Inte-gral del sector, que permita adoptar la estrategia de inser-tar los sectores normativos dentro del marco territorial exis- tente, determinando una estructura básica, así como las directrices normativas que permitan implementar las políti-cas urbanas y las acciones municipales para elevar lascondiciones de calidad de vida de los habitantes del sec-tor; Que, corresponde a la Municipalidad Distrital promover el acondicionamiento territorial y salvaguardar los proce- sos de Habilitación Urbana que se lleven a cabo sobre di-cho sector, a fin de garantizar el desarrollo armónico de laciudad y su correspondiente inserción en el contexto urba-no de la ciudad; Que, mediante Ordenanza Nº 032/MDA, publicada el 8 de junio del 2003, se estableció el procedimiento de Visa- ción de Planos para Asentamientos Humanos y Organiza-ciones Sociales, para la elaboración de los Proyectos deServicios Básicos y el Reglamento de la Ordenanza Nº032/MDA aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 044-2003publicado el 14 de octubre del 2003 y Decreto de Alcaldía Nº 054-2003/MDA publicado el 21 de Diciembre del 2003, el cual modifica al Decreto de Alcaldía Nº 044-2003; Que, la Ordenanza Metropolitana Nº 341-MML, del 6 de diciembre del 2001, Ordenanza de la Actualización delSistema Vial Metropolitano de Lima, indica que el sectormateria de planificación se encuentra afectado por la Vía Periurbana (Av. Nicolás de Piérola) la cual requiere ser res- petada en el Planeamiento Integral de módulos viales quese apruebe; Que, mediante Informe Nº 184-2004-APU-SGPUC- GDU/MDA e Informe Nº 551-2004-SGPUC-GDU/MDA sepropone el Planeamiento Integral del Sector indicado que comprende 10 Organizaciones de Vivienda, en un área aproximada de 726,599.75 m2, como un instrumento nor-mativo de obligatorio cumplimiento para garantizar el De-sarrollo Organizado de la ciudad; Que, la Secretaría Técnica de Defensa Civil de la Muni- cipalidad Distrital de Ate ha elaborado informes y evalua- ción de riesgo del Sector involucrado en el Planeamiento Integral que se presenta debiendo atenderse las recomen-daciones efectuadas en los mismos y llevar a cabo las co-ordinaciones necesarias para su cumplimiento; Estando a lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto por unanimidad de los seño- res regidores asistentes a la sesión y con la dispensa deltrámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado lasiguiente: ORDENANZA APROBATORIA DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL SECTOR 29 DEL EX FUNDO LA ESTRELLA DE SANTA CLARA Artículo 1º.- APROBAR el Planeamiento Integral de módulos viales del sector signado como 29 del ex FundoLa Estrella (Av. Nicolás de Piérola) de Santa Clara del dis- trito de Ate, el mismo que será considerado de cumplimiento obligatorio para los propietarios de terrenos de las habilita-ciones futuras, y será inscrito obligatoriamente como car-ga en los Registros Públicos, con una vigencia de 5 añoscomo mínimo, conforme al Plano signado como Nº 022-2004-SGPUC-GDU/MDA, el mismo que es parte integran- te de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- ESTABLECER que el Planeamiento Inte- gral de módulos viales que se aprueba esta referido a laVía Periurbana, las vías principales y secundarias del sec-tor, determinando su continuidad vial y alineamiento físico,correspondiendo respetar los aportes reglamentarios y el sistema vial de los procesos de Habilitación Urbana que se lleven a cabo en el sector.Artículo 3º.- ESTABLECER que las organizaciones de vivienda involucradas en el Planeamiento Integral que seaprueba deberán cumplir con las recomendaciones efec-tuadas por la Secretaría Técnica de Defensa Civil, confor-me a los Informes de evaluación de riesgo emitidos sobreel particular. Artículo 4º.- ENCÁRGUESE a la Gerencia General Municipal, a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano yGerencia de Participación Ciudadana, se difunda la pre-sente Ordenanza, los planos que forman parte y susAnexos. Artículo 5º.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Subgerencia de Planificación Urbana y Catastro y la Subgerencia de Fiscalización para su cono-cimiento y fines de acuerdo a su competencia. Artículo 6º.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía emita las normas regla-mentarias pertinentes o prórrogas de los beneficios con- cedidos mediante la presente Ordenanza, si fuera necesa- rio. Artículo 7º.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Primera.- DETERMINAR que los expedientes en trá- mite de Visación de Planos con fines de obtener los Servi-cios Básicos, que se encuentren en el Sector comprendidoen el Planeamiento Integral, se adecuarán a lo dispuestoen la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 13448 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G75/G62/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G42/G6F/G6C/G2D /G73/G61/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G50/G61/G72/G71/G75/G65/G20/G41/G6C/G65/G78/G61/G6E/G64/G65/G72/G20/G56/G6F/G6E/G20/G48/G75/G6D/G62/G6F/G6C/G64/G74/G20/G64/G65/G6C/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 029 Ate, 25 de junio de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIP ALIDAD DISTRIT AL DE AT E VISTO; el Informe Nº 247-04-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; el Informe Nº 215-2004-ATS-SGCyT -GSPL/MDA, del Área de Transporte y Señalización, de laSubgerencia de Comercialización y Transporte; el Informe Nº 1429-04-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Jurídi- cos; el Informe Nº 223-04-SGCyT -GSPL/MDA de la Sub-gerencia de Comercialización y T ransporte; el Informe Nº164-04-GSPL/MDA de la Gerencia de Servicios PúblicosLocales y el Proveído Nº 1898-04-GGM/MDA de la Geren-cia General Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, las municipalidades tienen autonomía política, eco- nómica y administrativa en los asuntos de su competen-cia; según el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; Que son funciones de la Municipalidad en materia de tránsito, vialidad y tr ansporte público normar, regular, or- ganizar y mantener los sistemas de señalización y se-máforos y regular el tránsito urbano de peatones y vehícu-los según el Inciso 1.3) del artículo 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, las Municipali dades Distritales ejercen la com- petencia en materia de tránsito: la gestión y fiscaliza-