Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2004 (20/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 2004

3.6.2 del numeral 3.6 del inciso 3 del articulo 79º de la Ley Nº 27972); Que, en la jurisdiccion del distrito de Ate, en parte del sector 29 del ex Fundo La MORDAZA de MORDAZA MORDAZA (Prolongacion de la Av. MORDAZA de Pierola), se han detectado ocupaciones y construcciones irregulares, derivadas del crecimiento desordenado de la poblacion, y del problema del acceso a la vivienda, lo cual viene provocando una dinamica MORDAZA inadecuada, por lo que se hace necesario dictar las normas urbanisticas dentro de un Planeamiento Integral del sector, que permita adoptar la estrategia de insertar los sectores normativos dentro del MORDAZA territorial existente, determinando una estructura basica, asi como las directrices normativas que permitan implementar las politicas urbanas y las acciones municipales para elevar las condiciones de calidad de MORDAZA de los habitantes del sector; Que, corresponde a la Municipalidad Distrital promover el acondicionamiento territorial y salvaguardar los procesos de Habilitacion MORDAZA que se lleven a cabo sobre dicho sector, a fin de garantizar el desarrollo armonico de la MORDAZA y su correspondiente insercion en el contexto MORDAZA de la ciudad; Que, mediante Ordenanza Nº 032/MDA, publicada el 8 de junio del 2003, se establecio el procedimiento de Visacion de Planos para Asentamientos Humanos y Organizaciones Sociales, para la elaboracion de los Proyectos de Servicios Basicos y el Reglamento de la Ordenanza Nº 032/MDA aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 044-2003 publicado el 14 de octubre del 2003 y Decreto de Alcaldia Nº 054-2003/MDA publicado el 21 de Diciembre del 2003, el cual modifica al Decreto de Alcaldia Nº 044-2003; Que, la Ordenanza Metropolitana Nº 341-MML, del 6 de diciembre del 2001, Ordenanza de la Actualizacion del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, indica que el sector materia de planificacion se encuentra afectado por la Via Periurbana (Av. MORDAZA de Pierola) la cual requiere ser respetada en el Planeamiento Integral de modulos viales que se apruebe; Que, mediante Informe Nº 184-2004-APU-SGPUCGDU/MDA e Informe Nº 551-2004-SGPUC-GDU/MDA se propone el Planeamiento Integral del Sector indicado que comprende 10 Organizaciones de Vivienda, en un area aproximada de 726,599.75 m2, como un instrumento normativo de obligatorio cumplimiento para garantizar el Desarrollo Organizado de la ciudad; Que, la Secretaria Tecnica de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de Ate ha elaborado informes y evaluacion de riesgo del Sector involucrado en el Planeamiento Integral que se presenta debiendo atenderse las recomendaciones efectuadas en los mismos y llevar a cabo las coordinaciones necesarias para su cumplimiento; Estando a lo dispuesto por el numeral 8 del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores regidores asistentes a la sesion y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA APROBATORIA DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL SECTOR 29 DEL EX FUNDO LA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Articulo 1º.- APROBAR el Planeamiento Integral de modulos viales del sector signado como 29 del ex Fundo La MORDAZA (Av. MORDAZA de Pierola) de MORDAZA MORDAZA del distrito de Ate, el mismo que sera considerado de cumplimiento obligatorio para los propietarios de terrenos de las habilitaciones futuras, y sera inscrito obligatoriamente como carga en los Registros Publicos, con una vigencia de 5 anos como minimo, conforme al Plano signado como Nº 0222004-SGPUC-GDU/MDA, el mismo que es parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- ESTABLECER que el Planeamiento Integral de modulos viales que se aprueba esta referido a la Via Periurbana, las vias principales y secundarias del sector, determinando su continuidad vial y alineamiento fisico, correspondiendo respetar los aportes reglamentarios y el sistema vial de los procesos de Habilitacion MORDAZA que se lleven a cabo en el sector.

Articulo 3º.- ESTABLECER que las organizaciones de vivienda involucradas en el Planeamiento Integral que se aprueba deberan cumplir con las recomendaciones efectuadas por la Secretaria Tecnica de Defensa Civil, conforme a los Informes de evaluacion de riesgo emitidos sobre el particular. Articulo 4º.- ENCARGUESE a la Gerencia General Municipal, a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Gerencia de Participacion Ciudadana, se difunda la presente Ordenanza, los planos que forman parte y sus Anexos. Articulo 5º.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro y la Subgerencia de Fiscalizacion para su conocimiento y fines de acuerdo a su competencia. Articulo 6º.- FACULTESE al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia emita las normas reglamentarias pertinentes o prorrogas de los beneficios concedidos mediante la presente Ordenanza, si fuera necesario. Articulo 7º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. DISPOSICION TRANSITORIA Primera.- DETERMINAR que los expedientes en tramite de Visacion de Planos con fines de obtener los Servicios Basicos, que se encuentren en el Sector comprendido en el Planeamiento Integral, se adecuaran a lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 13448

Disponen el uso de cubiculos de la Bolsa de Estacionamiento ubicada en el MORDAZA MORDAZA Von Humboldt del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 029 Ate, 25 de junio de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 247-04-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Juridicos; el Informe Nº 215-2004-ATS-SGCyTGSPL/MDA, del Area de Transporte y Senalizacion, de la Subgerencia de Comercializacion y Transporte; el Informe Nº 1429-04-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Juridicos; el Informe Nº 223-04-SGCyT-GSPL/MDA de la Subgerencia de Comercializacion y Transporte; el Informe Nº 164-04-GSPL/MDA de la Gerencia de Servicios Publicos Locales y el Proveido Nº 1898-04-GGM/MDA de la Gerencia General Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; segun el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru; Que son funciones de la Municipalidad en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico normar, regular, organizar y mantener los sistemas de senalizacion y semaforos y regular el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos segun el Inciso 1.3) del articulo 81º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, las Municipalidades Distritales ejercen la competencia en materia de transito: la gestion y fiscaliza-

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