Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2004 (20/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 26

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G37/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 20 de julio de 2004 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G44/G69/G63/G74/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G63/G61/G73/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G76/G6F/G2D /G63/G61/G6C/G65/G73/G20/G73/G65/G20/G65/G6E/G63/G75/G65/G6E/G74/G72/G65/G6E/G20/G69/G6D/G70/G65/G64/G69/G64/G6F/G73/G20/G6F/G20/G6E/G6F/G70/G75/G65/G64/G61/G6E/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G72/G20/G73/G75/G20/G6C/G61/G62/G6F/G72/G20/G6A/G75/G72/G69/G73/G64/G69/G63/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G70/G6F/G72/G20/G6D/G6F/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G69/G6D/G70/G72/G65/G76/G69/G73/G69/G62/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G2D/G74/G6F/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G6F/G20/G4E/G6F/G72/G74/G65 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 206-2004-P-CSJCN/PJ Independencia, quince de julio del dos mil cuatro VISTO Y CONSIDERANDO: Que, tal como lo dispone el inciso 4) del artículo 90º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución yobligación del Presidente de Corte, cautelar la pronta ad- ministración de justicia; Que, en la actividad jurisdiccional, se dan situaciones que no permiten que el Vocal pueda asistir a su Despachoy/o se encuentran impedidos, y en esos casos, se ha veni-do solicitando a la Oficina de Asesoría Legal emita razón ysobre la base de ella, la Presidencia de la Corte, designa- ba al Vocal reemplazante, afectándose el desarrollo pun- tual de las vistas y audiencias programadas; Que, en atención a lo precedente, resulta necesario to- mar las medidas que favorezcan la pronta administración dejusticia y que en los casos aludidos, sea el Presidente deSala, el Segundo o el Tercer Vocal, según corresponda, el que verificada tal circunstancia, comunique mediante oficio al llamado por ley, con la finalidad que complete el Colegiado; Por lo expuesto, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90º del TUOde la Ley Orgánica del Poder Judicial; la Presidencia; RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que a partir de la fe- cha, en el caso que un Vocal se encuentre impedido o por motivos imprevisibles no pueda cumplir con su labor juris-diccional, el Presidente de Sala o el Segundo o el TercerVocal, según corresponda, comunicará mediante oficio alllamado por ley para que complete el Colegiado, tal comolo previene el artículo 145º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Para estos efectos no es necesaria la inter- vención de la Presidencia de la Corte. Artículo Segundo.- Póngase la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina deControl de la Magistratura, Gerencia General, Gerencia de Personal y Escalafón, Oficina Distrital de Control de la Magistratura y de la Oficina Distrital. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ ALBERTO INFANTES VARGAS Presidente (e) Corte Superior de Justiciadel Cono Norte de Lima 13468 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65 /G6E/G69/GF1/G6F/G73/G20/G79/G20/G61/G64/G6F/G6C/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G73/G65/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6D/G69/G74/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72 /G6A/G75/G65/G7A/G61/G20/G73/G75/G70/G65/G72/G6E/G75/G6D/G65/G72/G61/G72/G69/G61/G20/G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G6C/G69/G2D /G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G62/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6F/G64/G65/G72/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 287-2004-P-CSJL/PJ Lima, 19 de julio de 2004VISTOS y CONSIDERANDO: Que, desde el día 14 del presente mes, se viene llevan- do a cabo la Huelga convocada por la Federación Nacionalde T rabajadores del Poder Judicial, que paraliza las labo-res jurisdiccionales y administrativas a nivel nacional en todas las Cortes Superiores de Justicia de la República; Que, la paralización aludida, impide la tramitación de las Autorizaciones de Viaje de Niños y Adolescentes, lasque son distribuidas aleatoria y equitativamente en losMódulos de Familia Civil (módulos 3 y 4) de esta CorteSuperior; Que, atendiendo a ello, la Presidencia de esta Corte ha creído conveniente emitir las disposiciones administrativaspertinentes, que permitan la tramitación de las Autoriza-ciones de Viaje de Niños y Adolescentes que requieranurgente atención; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, dic-tando las medidas administrativas internas para el mejorfuncionamiento de los órganos jurisdiccionales de todaslas instancias que conforman su Distrito Judicial; Que, estando a lo expuesto y en mérito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del T exto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DISPONER que a partir de la fecha y mientras dure la mencionada paralización de labores del Poder Judicial, las Autorizaciones de Viaje de Niños y Ado-lescentes que sean de urgente atención, deberán sertramitadas por la Jueza Supernumeraria doctora DISSETT AADA DE VETTORI FLORES. Artículo Segundo.- DISPONER que la recepción de las indicadas Autorizaciones de Viaje se realicen en forma manual por el Administrador del Módulo 3 de los Juzgadosde Familia, debiendo ser reingresados al sistema informáticocorrespondiente al término de la paralización de labores,para su tramitación y archivo según corresponda, bajoresponsabilidad. Artículo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Administración Distrital de esta Corte, cumpla con facilitarel acceso a los usuarios que tramiten este tipo de solicitu-des. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magis- tratura, Gerencia General, Fiscalía de la Nación, Oficina deAdministración Distrital, Administración del Nuevo Despa-cho y de la magistrada para los fines correspondientes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA Presidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima 13432 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 BANCO CENTRAL DE RESERVA /G43/G61/G6E/G63/G65/G6C/G61/G6E/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G61/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G2D /G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G73/G65/G73/G6F/G72/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº GG-065-2004 VISTO: El Memorándum Nº D-200-MG-2004-112 elaborado por la Gerencia de Administración del Banco Central de Re- serva del Perú.