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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G37/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 20 de julio de 2004 ción de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan, contra HIGINIO A SALAZARSALAZAR o HIGINIO ALEJANDRO SALAZAR SALAZARy los que resulten responsables por presuntos Delito Con-tra la Fe Pública en la modalidad de Falsedad Ideológica yDelitos Informáticos en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase los actuados al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines aque se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 12875 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G6E/G20/G70/G61/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F /G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G62/G75/G74/G61/G63/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G4A/G65/G66/G61/G74/G75/G72/G61/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G2D/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G45/G4E/G49/G45/G43 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 397-2004-JEF/RENIEC Lima, 19 de julio de 2004 VISTOS: El Informe Nº 002-2004-CEP-BS/RENIEC emitido por el Presidente del Comité Especial Permanentepara la Adquisición de Bienes y Suministros, y el Informe Nº 755-2004-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Ase- soría Jurídica del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil; y, CONSIDERANDO; Que, con fecha 23 de junio quedo instalado el Comité Especial Permanente para la Adquisición de Bienes y Sumi-nistros, con la finalidad de llevar a cabo el proceso de selec-ción de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0008-2004-RENIEC destinada a la adquisición de Butacas de Tres Cuer-pos, cuyas bases fueron aprobadas mediante la Resolución Gerencial Nº 076-2004-GAD del 25 de junio del 2004; Que, la empresa Fabricaciones Industriales MET ALIC S.A.C. con fecha 9 de julio del presente año mediante es-crito solicita se declare la nulidad de oficio del proceso deselección de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0008-2004-RENIEC, fundamentando su pedido en la presencia de errores de fondo y forma tanto en las bases como en el desarrollo del proceso en sí; Que, de la revisión del expediente se evidencian obser- vaciones en las bases, tal como detalladamente lo precisael informe del visto emitido por la Gerencia de AsesoríaJurídica; Que, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PCM, en su artículo 26º establece la nuli-dad de oficio como una facultad otorgada a la máxima au-toridad administrativa, quien en su condición de tal puededeclarar la nulidad de un proceso de selección, hasta an- tes de la celebración del contrato, por alguna de las causa- les previstas en el artículo 57º de la Ley; Que, las observaciones encontradas configuran causal de nulidad del proceso de selección, toda vez que éste nose encuentra arreglado a las normas esenciales del procedi-miento y a la forma prescrita por la normatividad aplicable; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídi- ca y en uso de las facultades conferidas en el artículo 11ºde la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificacióny Estado Civil, y el artículo 11º inc. h) del Reglamento deOrganización y Funciones de la Institución; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la nulidad en parte del pro- ceso de selección de la Adjudicación Directa Selectiva Nº0008-2004-RENIEC destinada a la adquisición de Butacas de T res Cuerpos para las Jefaturas Regionales del Regis-tro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Retrotraer el proceso de selección de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0008-2004-RENIEChasta la etapa de elaboración de bases. Artículo Tercero.- Instar al Comité Especial Permanente para la Adquisición de Bienes y Suministros el correctocumplimiento de la presente resolución; así como el co-rrecto y regular desarrollo del proceso de selección de laAdjudicación Directa Selectiva Nº 0008-2004-RENIEC. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 13457 MINISTERIO PÚBLICO /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G6D/G61/G6E/G74/G65/G6E/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G79/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G2D /G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G6F/G66/G74/G77/G61/G72/G65/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1021-2004-MP-FN Lima, 16 de julio de 2004 VISTOS:El Oficio Nº 818-2004-MP-FN-GG, Informe Técnico Nº 008-GCIN-GG-2004, Memorando Nº 397-2004-MP-FN- GECRE/01, Informe Nº 545 -2004-MP-FN-OAJ; y, CONSIDERANDO:Que, Mediante Informe Técnico Nº 008-GCIN-GG-2004, la Gerencia Central de Informática manifiesta que, en el año 1996, el Proyecto PER/95/008 a efecto de modernizarlos servicios de cómputo, dentro del proyecto “Desarrollo yModernización del Ministerio Público”, y para asegurartransparencia en la selección de un Motor de Base de Da-tos, la Institución efectuó la adquisición a través del PNUD- PNIC, siendo favorecido el Motor de Bases de datos de SYBASE, firmándose en setiembre de 1997 el Contrato deSuministro de Bienes y Servicios con la empresa SYBA-SE - Sistem Database S.A., con derecho a mantenimientoy servicios por un año; no habiéndose efectuado la actua-lización de las citadas Licencias de Software hasta el año 2003. Concluyendo que en el presente año se está am- pliando la cobertura de los Sistemas Institucionales, sien-do de gran utilidad contar con el soporte técnico en línea ylas actualizaciones necesarias de los productos que confor-man la base de datos SYBASE. Asimismo señala que lasactualizaciones así como el soporte técnico sólo pueden ser de la marca SYBASE, ya que es la base de datos con la que trabajan, no existiendo posibilidad de sustitutos. Parael efecto adjunta la Carta de fecha 24 de junio de 2004, dela empresa SYBASE Database S.A., en que comunicanque son la única empresa autorizada en el Perú para laventa de Licencias y Servicios, así como su propuesta eco- nómica del mantenimiento de los productos; Que, con Resolución Nº 662-2003-MP-FN- del 7 de mayo del 2003, se aprobó la exoneración del proceso deselección respectivo, para la adquisición de Licencias deSoftware, mediante proceso de Adjudicación de MenorCuantía, por cuanto los bienes a adquirirse no admitían sustitutos, hasta por un monto total referencial de S/. 503,982.00 nuevos soles, financiado con recursos ordina-rios; Que, de acuerdo a lo previsto en el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado y artículos 105º, 113º, 114º, 115º y 116º de su Reglamento, están exoneradas del pro- ceso de Licitación Pública, las adquisiciones y contra-