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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G37/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 20 de julio de 2004 Que, según el artículo 7º de la Resolución Directoral Nº 007- 2003-EF/68.01 que aprueba la Directiva del Sistema Nacional deInversión Pública (SNIP) para los gobiernos regionales y gobier-nos locales, propone la obligatoriedad de observar las normas deSNIP para los gobiernos locales, asimismo en el capitulo 4º (quintadisposición complementaria), precisa los mecanismos de ges- tión que pueden utilizar los gobiernos locales a fin de implemen- tar su propia Área de programación de inversiones; todo ello debi-do a que es necesario la inclusión del área evaluadora (programa-ción de inversiones) diferente de la unidad formuladora de Pro-yectos; por lo que el honorable Concejo Municipal ha creídoconveniente incorporar a dicha área de Programación de Inversio- nes dentro del área de Planeamiento dependiente de la nueva Oficina de Presupuesto, Planeamiento, Programación de Inver-siones y Racionalización de la Municipalidad del Rímac; Que, mediante el Informe Nº 063-2004-2004-OPP-MDR de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de fecha3.5.04, presenta la propuesta de modificatoria de la Es- tructura Orgánica; Con las atribuciones conferidas por el inciso 9) del artí- culo 9º y el inciso 5) del artículo 20º de la Ley Orgánica deMunicipalidades N º 27972, con la dispensa de la aproba-ción del Acta, el Concejo Municipal, con el voto unánimede los miembros del Concejo, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC Artículo Primero.- APROBAR la nueva Estructura Or- gánica de la Municipalidad Distrital del Rímac presentada por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la misma queha sido revisada y rectificada por la Comisión de Planifica-ción, Presupuesto, Racionalización y Cooperación Interna-cional mediante Dictamen Nº 002-2004-MDR-CPPRyCI. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Muni- cipal LA ADECUACIÓN de la presente Estructura Orgáni- ca en el plazo perentorio de 30 días calendario a partir dela publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi-cial El Peruano. Artículo Tercero.- ELABORAR, al mismo tiempo los pro- yectos de los siguientes documentos de gestión: Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organiza- ción y Funciones (MOF), Cuadro de Asignación de Personal(CAP) y Presupuesto Analítico de Personal (PAP). Artículo Cuarto.- Cumplido el plazo, Gerencia Munici- pal derivará a la Comisión de Regidores los proyectos dedocumentos de gestión señalados en el artículo tercero con el propósito de emitir el dictamen correspondiente pre- vio a su aprobación en el pleno del Concejo. Artículo Quinto.- La Estructura Orgánica aprobada mediante la presente Ordenanza entrará en vigencia luegode su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en el Palacio Municipal a los catorce días del mes de julio del dos mil cuatro. LUIS LOBA TON DONAYRE Alcalde 13443 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA /G44/G69/G63/G74/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G61/G6C /G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G30/G33/G30/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G4D/G44/G53/G41/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G2D /G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 031-2004-MDSA Santa Anita, 14 de julio de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE SANT A ANITAVisto: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el In- forme Nº 024-2004-GDS-GG/MDSA emitido por la Gerenciade Desarrollo Social, mediante el cual se solicita que las can-tidades de los valores nutricionales mínimos que debe cum-plir la ración diaria del Programa del Vaso de Leche, aprobadopor Acuerdo de Concejo Nº 030-2004-MDSA que declara en Situación de Urgencia la Adquisición del Producto de Cebada con Quinua Fortificada para el Programa del Vaso de Lechedel distrito de Santa Anita, sea variado dentro del marco esta-blecido en la R.M. Nº 711-2002-SA/DM; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 10 de julio de 2004, se emitió el Acuerdo de Concejo Nº 030-2004-MDSA, el mismo que en su Artículo Tercero designa a la Sub-gerencia de Logística y Servicios Generales como órgano responsable de llevar a cabo el proceso de exoneración vía Adjudicación de Menor Cuantía de conformidad con el artícu-lo 105º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la LeyNº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,teniendo en cuenta las características y cantidades de macroy Micronutrientes a que se refiere el Informe Nº 188-2004- SGPVL-GDS-MDSA, emitido por la Subgerencia del Progra- ma del Vaso de Leche que sirvió de sustento técnico para elcitado Acuerdo de Concejo Nº 030-2004-MDSA; Que, mediante Informe de Vistos, la Gerencia de Desa- rrollo Social informa que habiéndose realizado las investi-gaciones de mercado respecto a la adquisición del Pro- ducto Hojuelas de Cebada con Quinua Fortificada, no existe producto alguno que contenga y cumpla con las cantida-des y especificaciones técnicas sobre valores nutriciona-les mínimos a que se refiere el informa citado en el párrafoprimero del presente Acuerdo, por lo que recomienda lafortificación de la Hojuela de Cebada con Quinua, dando prioridad al hierro, vitamina A y yodo a efectos de cumplir con las recomendaciones establecidas, en un rango de 60a 100%, por el Instituto Nacional de Salud; Que, mediante R.M. Nº 711-2002-SA/DM, de fecha 25 de abril de 2002, se aprobó la directiva denominada "Valo-res Nutricionales Mínimos de la Ración del Programa del Vaso de Leche" elaborada por el Centro Nacional de Ali- mentación y Nutrición - CENAN del Instituto Nacional deSalud, que serán de aplicación a las raciones diarias delPrograma del Vaso de Leche, la misma que en su numeral7) establece las tablas de valores nutricionales mínimos quedeberá cumplir la Ración del Programa del Vaso de Leche; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y demásnormas pertinentes, el Concejo Municipal, con dispensade trámite y lectura de aprobación del acta, por mayoría; ACUERDA: Artículo Primero.- Complementar el Artículo T ercero del Acuerdo de Concejo Nº 030-2004-MDSA en el sentido que las cantidades de los valores nutricionales mínimos que deba cumplir la ración diaria del producto Hojuela deCebada con Quinua Fortificada para el Programa del Vasode Leche a ser adquirido por la Subgerencia de Logística yServicios Generales, contengan las recomendaciones téc-nicas formuladas por la Gerencia de Desarrollo Social den- tro del marco establecido en la R.M. Nº 711-2002-SA/DM que aprueba la directiva denominada "Valores NutricionalesMínimos de la Ración del Programa del Vaso de Leche". Artículo Segundo.- Poner el presente Acuerdo en co- nocimiento de la Contraloría General de la República, deconformidad con el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado dentro de los diez (10) días calendario si-guientes a la fecha de su aprobación. Artículo Tercero.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábi-les siguientes a su aprobación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. T ADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 13471