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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2004 (20/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G37/G33/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 20 de julio de 2004 CONSIDERANDO QUE: El Banco Central de Reserva del Perú convocó la Adjudicación Directa Pública Nº 0001-2004-BCRP , para la contratación del servicio de asesoría de un corredor(broker) de seguros, cuyo costo iba a ser asumido con recursos propios, según se dejó indicado en el numeral V - Fuente de Financiamiento - del Aviso de Convoca-toria; De acuerdo a lo expuesto en el Memorándum Nº D- 200-MG-2004-112, la Gerencia de Administración solicita la cancelación del proceso de selección antes referido, en razón a que ha desaparecido la necesidad de contratar losservicios de asesoría de un corredor (broker) de seguros, bajo las condiciones estipuladas en las bases del mencio- nado proceso de selección; El citado memorándum refiere asimismo que, si bien a la fecha de convocatoria de este proceso de selección elBanco tenía la necesidad de contar con el servicio de un asesor de seguros, el tiempo transcurrido y la proximidad del vencimiento de la póliza que se tiene contratada hamotivado la desaparición de la necesidad de efectuar di- cha contratación; En ese mismo sentido, la contratación del servicio de asesoría de un corredor (broker) de seguros bajo los tér- minos establecidos en las bases aprobadas para la Adjudi-cación Directa Pública Nº 0001-2004-BCRP , deviene en innecesaria por el tiempo que demandó la evaluación de las observaciones presentadas por una de las empresasadquirientes de las bases, si se tiene cuenta que el gana- dor de dicho proceso de selección debía entregar el infor- me correspondiente dentro de los 30 días calendario desuscrito el contrato, el cual se requería para la contrata- ción del Programa de Seguros que vence el próximo 17 de agosto; El artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado y el artículo 21º de su Reglamento, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen que en cual- quier estado del proceso de selección, hasta antes del otor-gamiento de la Buena Pro, la Entidad que lo convoca pue- de cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar,entre otros supuestos, los cuales han configurado en este caso; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cancelar la Adjudicación Directa Pública Nº 0001-2004-BCRP convocada para la contratación de los servicios de asesoría de un corredor (broker) de segu- ros, por los fundamentos expuestos en la parte considera-tiva de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Gerencia de Administra- ción del Banco Central de Reserva del Perú comunique alComité Especial encargado del citado proceso de selec- ción de la cancelación dispuesta, dentro del día siguiente de emitida la presente resolución. Artículo 3º.- Disponer que el Comité Especial comu- nique a las empresas adquirientes de las bases de la presente cancelación dentro del día siguiente de habersido informado de tal decisión por la Gerencia de Admi- nistración, procediéndose al reintegro del costo de las bases. Artículo 4º.- Encargar a la Administración la publica- ción de esta resolución por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y en el que se hubiera publicado la convocato-ria del proceso, dentro de los cinco días posteriores a su expedición. Lima, 16 de julio del 2004 RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General (e) 13426CONTRALORÍA GENERAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G6E/G69/G66/G6F/G72/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G6F/G6C/G69/G63/GED/G61/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G2C/G20/G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G70/G65/G72/GED/G6F/G64/G6F/G32/G30/G30/G32/G2D/G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 296-2004-CG Lima, 19 de julio de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 119-2004-CG/SDR, re- sultante del Examen Especial practicado al Ministerio del Interior, cuyo alcance específico comprende la revisión selectiva de las actividades y operaciones desarrolladaspor el Ministerio del Interior, Policía Nacional del Perú, losComités Especiales y Comité Técnico en el proceso deadquisición de uniformes, durante el período 2002 - 2003; CONSIDERANDO: Que, como resultado de la acción de control practica- da, la Comisión de Control ha determinado la existencia deirregularidades en la evaluación efectuada por el Comité Especial a las calificaciones de las propuestas presenta- das por los postores, en determinados ítems del ConcursoPúblico de Selección Nº 0001-2002-IN/DIRECO para laconfección de uniformes de la Policía Nacional del Perú, elmismo que tuvo un valor referencial ascendente a S/. 18158 972,50; Que, de la revisión al cuadro de evaluación técnica ela- borado por el Comité Especial, correspondiente al ítem 14“Casaca Policial”, de la porción no reservada exclusiva-mente para las PYMEs, se ha determinado que sólo unapropuesta quedó como válida con 90 puntos, ya que el res-to de las empresas postoras obtuvieron un puntaje por de- bajo del mínimo requerido (80 puntos), por lo que debió declararse desierto dicho ítem conforme a la normativaaplicable; sin embargo se procedió a otorgar la Buena Pro; Que, respecto a los factores “Calidad Específica”y “Pla- zo de Entrega”, del citado ítem 14 se ha determinado queel Comité Especial otorgó puntajes que no corresponden a la documentación e información presentada en las propues- tas técnicas transgrediendo las Bases; Que, de la revisión y evaluación efectuada a las pro- puestas formuladas por los postores que participaron enlos ítems 4 “Conjunto Pantalón y Chaqueta”, 5 “ConjuntoFalda y Chaqueta”, 6 “Camisa Manga Corta”, 7 “Camisa Manga Larga”, 8 “Blusa Manga Corta“ y 9 “Blusa Manga Larga”, respectivamente, se ha determinado que la empre-sa ganadora de la Buena Pro en dichos ítems, ha partici-pado en la etapa de la determinación de las característicastécnicas de los uniformes a cargo de la Comisión Especialde Trabajo, presentando modelos confeccionados, con an- terioridad al proceso del Concurso Público, razón por la cual, de acuerdo a la normativa aplicable, estaba impedidade participar; Que, los hechos precedentemente expuestos, eviden- cian que los funcionarios comprendidos en el Informe deVisto, contraviniendo la normativa de contrataciones y ad- quisiciones del Estado, han otorgado la Buena Pro a em- presas postoras que no cumplían con los puntajes y requi-sitos establecidos en las Bases; permitiendo, asimismo,se otorgue la Buena Pro a un postor que se encontrabaimpedido de participar en el proceso de selección, deno-tando la existencia de indicios razonables que hacen pre- sumir la comisión de los delitos de Negociación Incompati- ble con el Cargo y Abuso de Autoridad en la modalidad deOmisión de Funciones, previstos y penados en los artícu-los 397º y 377º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, cons- tituye atribución de este Organismo Superior de Control,