Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2004 (20/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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cion, dentro de su jurisdiccion, en concordancia con las disposiciones que emita la municipalidad provincial respectiva y los reglamentos nacionales pertinentes; segun el articulo 18º de la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre Nº 27181; Que, las municipalidades distritales en materia de MORDAZA terrestre, ejercen funciones de gestion y fiscalizacion, en el ambito de su jurisdiccion, en concordancia con las disposiciones que emita la Municipalidad Provincial respectiva y las previstas en el presente Reglamento. En materia de vialidad, la instalacion, mantenimiento y renovacion de los sistemas de senalizacion de MORDAZA en su jurisdiccion, conforme al reglamento correspondiente; conforme a lo senalado en el articulo 6º del Reglamento Nacional de MORDAZA, Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC y sus modificatorias; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de Ate, Ordenanza Nº 038-MDA, dispone que la Subgerencia de Comercializacion y Transporte, la cual depende de la Gerencia de Servicios Publicos Locales; es el organo encargado de proponer disenos de proyectos que permitan la mejora ostensible del MORDAZA y transporte, en el corto, mediano y largo plazo; teniendo en consideracion la normatividad vigente; Que, de las inspecciones de MORDAZA realizadas a la bolsa de estacionamiento del MORDAZA MORDAZA Von Humbolt de la Urb. MORDAZA de Monterrico, del distrito de Ate, se comprobo la necesidad de regular el estacionamiento vehicular, a fin de ordenar el uso de los cubiculos de estacionamiento por parte de los vecinos que residen alrededor del MORDAZA, proteger la infraestructura vial y otorgar seguridad a los peatones que se desplazan por la MORDAZA, debido a que la bolsa de estacionamiento es empleada en desorden por algunos vecinos residentes en la MORDAZA y al uso del estacionamiento por personas que no residen en la bolsa de estacionamiento del MORDAZA MORDAZA Von Humbolt provocando el deterioro progresivo de la misma; Que, mediante Informe Nº 247-04-GAJ/MDA la Gerencia de Asuntos Juridicos senala mediante una MORDAZA Ejecutiva de caracter general (Decreto de Alcaldia), se apruebe la ubicacion de estacionamiento en el MORDAZA MORDAZA Von Humbolt y Frontis de las Viviendas, estableciendose las regularizaciones con el vecindario; Que, de conformidad con el Reglamento Nacional de MORDAZA, Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, en su articulo 216º establece que solo esta permitido el estacionamiento en vias publicas de MORDAZA MORDAZA, en los lugares que habilite para tal fin la Autoridad competente, mediante la senalizacion pertinente y en su articulo 223º senala que los estacionamientos publicos para vehiculos se clasifican en: areas especiales MORDAZA abiertas o cerradas, edificios construidos o habilitados y en vias publicas; concordante con lo estipulado en el Articulo Octavo de la Ordenanza Nº 341-2001-MML, la cual senala que las Municipalidades Distritales que conforman la provincia de MORDAZA, tendran a su cargo la ejecucion, el mantenimiento, rehabilitacion, senalizacion, ornato y mobiliario MORDAZA de las vias locales de su jurisdiccion, de acuerdo con las normas establecidas por la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Subgerencia de Comercializacion y Transporte de la Gerencia de Servicios Publicos Locales, ha emitido el Informe Nº 215-2004-ATS-SGCyT-GSPL/MDA del Area de Transporte y Senalizacion, dando cuenta de las inspecciones de MORDAZA realizadas a la Bolsa de Estacionamiento del MORDAZA MORDAZA Von Humbolt de la Urb. MORDAZA de Monterrico, opinando por la procedencia de establecer orden en el uso de los cubiculos del referido MORDAZA, cumpliendose lo establecido en el Reglamento Nacional de MORDAZA, Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC y sus modificatorias; Que, mediante Informe Nº 1429-04-GAJ/MDA la Gerencia de Asuntos Juridicos senala que la Municipalidad a traves de la Subgerencia de Comercializacion y Transporte apruebe un Reglamento Interno del Uso de la Bolsa de Estacionamiento del MORDAZA MORDAZA Von Humbolt, previa coordinacion con los vecinos residentes, asimismo que se dispongan las medidas necesarias para la mejor implantacion de lo establecido en el presente Decreto de Alcaldia, debiendo formalizarlo con las Resoluciones pertinentes;

Que, mediante Informe Nº 164-04-GSPL/MDA de la Gerencia de Servicios Publicos Locales senala que mediante Informe Nº 223-04-SGCyT-GSPL/MDA la Subgerencia de Comercializacion y Transporte remite el proyecto de Decreto de Alcaldia para el Uso de la Bolsa de Estacionamiento del MORDAZA MORDAZA Von Humbolt; Que, mediante Proveido Nº 1998-04-GGM/MDA el Gerente General Municipal, indica que se proyecte el Decreto de Alcaldia respectivo; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- ESTABLECER EL USO DE CUBICULOS DE LA BOLSA DE ESTACIONAMIENTO, ubicada en el MORDAZA MORDAZA Von Humbolt de la Urb. MORDAZA de Monterrico, jurisdiccion del distrito de Ate; conforme lo senalan los articulos siguientes. Articulo 2º.- Los cubiculos de la bolsa de estacionamiento del MORDAZA MORDAZA Von Humbolt de la Urb. MORDAZA de Monterrico son distribuidos en forma equitativa, correspondiendo un cubiculo por lote que se encuentre ubicado alrededor del referido parque. Articulo 3º.- Los cubiculos ubicados en la parte interna del perimetro del MORDAZA corresponden a los lotes en cuyo frontis se encuentran; asimismo los cubiculos de la parte central de la bolsa le corresponden a los lotes ubicados en los pasajes. Los cubiculos estan sujetos a lo senalado en el articulo precedente. La ubicacion de los cubiculos de la bolsa de estacionamiento mencionados, se encuentran senalados en el Anexo adjunto. Articulo 4º.- Los cubiculos libres ubicados alrededor de la parte interna del perimetro de la bolsa de estacionamiento, seran usados por los residentes de los lotes ubicados en los pasajes, que se encuentren mas cercanos a los mismos. Es decir que un cubiculo libre del perimetro interno del MORDAZA podra ser usado por un residente de un lote ubicado en un pasaje siempre y cuando este sea el mas cercano al cubiculo. Posteriormente a ello, se distribuira los cubiculos libres entre los residentes que posean mas de un vehiculo, iniciandose esto a partir de los lotes ubicados cercanos a la bolsa y posteriormente con los lotes ubicados en los pasajes. Articulo 5º.- Queda prohibido el estacionamiento de vehiculos a las personas que no residan alrededor del MORDAZA MORDAZA Von Humbolt, con excepcion de los vehiculos pertenecientes a las personas que visiten algun vecino que resida en el lugar, para lo cual deben respetar el estacionamiento que le corresponde a cada vecino por lote. Articulo 6º.- La Municipalidad Distrital de Ate aprobara el Reglamento Interno del Uso de la Bolsa de Estacionamiento del MORDAZA MORDAZA Von Humbolt, previa coordinacion con los vecinos residentes alrededor de la mencionada bolsa de estacionamiento; respetando las normas legales vigentes y en cumplimiento del presente Decreto. Articulo 7º.- Sobre esta disposicion y teniendo en consideracion la evaluacion del MORDAZA, la Gerencia de Servicios Publicos Locales podra emitir normas complementarias que favorezcan el desenvolvimiento del MORDAZA vehicular, previo informe tecnico sustentatorio. Articulo 8º.- Encarguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Subgerencia de Fiscalizacion de acuerdo a las normas legales vigentes y a la Subgerencia de Comercializacion y Transporte la senalizacion respectiva. Articulo 9º.- Deroguese cualquier disposicion que se oponga al presente Decreto. Articulo 10º.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de ser refrendado por el MORDAZA Distrital de Ate. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA

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