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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2004 (20/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 36

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G37/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 20 de julio de 2004 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 031 Ate, 2 de julio de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Proveído Nº 2567-04-A/MDA, del Despacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO: Que, el día 28 de julio y 4 de agosto, respectivamente, se conmemora el Centésimo Octogésimo T ercer Aniver- sario de la Independencia Nacional y la Creación Política del distrito de Ate, respectivamente; Que, es deber del Gobierno Local incentivar la partici- pación cívica del vecindario, resaltando los valores nacio-nales, el respeto y veneración a los símbolos patrios; Que, es política de la actual Administración Municipal ren- dir el homenaje correspondiente, por lo que se ha programa- do una serie de actividades que requieren de la participacióndel vecindario y corresponde a ellos una identificación patrió-tica, cumpliendo con el embanderamiento, la limpieza y el pin-tado de las fachadas de los inmuebles del distrito lo que re-dundará además en el mejoramiento del ornato; Que, mediante Proveído Nº 2567-04-A/MDA, del Des- pacho de Alcaldía indica se proyecte el Decreto de Alcal-día correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte con- siderativa y en uso de las facultades conferidas por el inci-so 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE A TE; a partir del 20 de julioal 20 de agosto del año en curso, fechas en que se celebra la Independencia Nacional y el Aniversario del distrito de Ate. Artículo 2º.- ESTABLECER, que los propietarios de viviendas y locales públicos y privados, procedan al pinta- do y limpieza de sus respectivas fachadas. Artículo 3º.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, será sancionado con lasmultas establecidas en la Ordenanza Nº 040 de fecha 6 de noviembre del 2003, Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas. Artículo 4º.- ENCARGAR el cumplimiento del presen- te Decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Servicios Públicos Locales, Subgerencia de Fiscalización, y demás áreas pertinentes de esta Entidad Municipal. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 13447 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F /G63/G69/G76/G69/G6C/G20/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 032 Ate, 2 de julio de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRIT AL DE A TE VISTO; el Informe Nº 035-2004-OREC-SG/MDA, del Área de Registro Civil; así como el Informe Nº 1707-04-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; así como el Proveído Nº 1942-04-GGM/MDA, de la Gerencia Gene- ral Municipal; y, 13445