Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2004 (21/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
DECRETA:

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VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 19 de MORDAZA del 2004, la solicitud de Licencia, presentada por el Dr. MORDAZA MORDAZA Saldana MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Comas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud de fecha 15 de MORDAZA del 2004, el Dr. MORDAZA MORDAZA Saldana MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad de Comas, solicita Licencia al Concejo Municipal para atender asuntos de indole personal fuera del MORDAZA, durante los dias 22 al 27 de MORDAZA del presente ano; Que, la solicitud tiene caracter de personal, el cual no tienen ninguna vinculacion con las atribuciones de MORDAZA de la Municipalidad de Comas, y siendo esta un derecho que le asiste, debe ser aprobado por el Pleno del Concejo; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 27) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo aprobo por Unanimidad el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- APROBAR, la licencia solicitada por el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA REATEGUI-Alcalde de la Municipalidad Distrital de Comas, para ausentarse de la Municipalidad, durante los dias 22 al 27 de MORDAZA del 2004; la cual no irrogara gasto alguno a la Municipalidad de Comas; en base a las consideraciones expuestas en el presente Acuerdo. Articulo Segundo.- ENCARGAR, el Despacho de Alcaldia al senor Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por ser el primer regidor habil que sigue en la lista electoral, de conformidad con el Articulo 24º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; mientras dura la ausencia del senor MORDAZA aprobada en el Articulo Primero. Articulo Tercero.- DISPENSAR, de la Lectura y Aprobacion del Acta, para que el presente Acuerdo entre en vigencia de inmediato. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13538

Articulo Primero.- DISPONER el embanderamiento general obligatorio de los predios del distrito de MORDAZA MORDAZA, desde el 20 al 31 de MORDAZA de 2004, con motivo de conmemorarse el Centesimo Octogesimo Tercer Aniversario de la Independencia del Peru. Articulo Segundo.- RECOMENDAR a los vecinos del distrito de MORDAZA MORDAZA, la limpieza y el embellecimiento de las fachadas de sus predios, como muestra de respeto a nuestro Aniversario Patrio. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones la difusion del presente Decreto; y, a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA asi como a la Division de la Policia Municipal su observancia y cumplimiento. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CLAEYSSEN MORDAZA 13454

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Modifican articulo del Reglamento Electoral de las Juntas Vecinales Comunales de La MORDAZA
ORDENANZA Nº 031-04/MDLV La MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto en la Orden del Dia de la Sesion Extraordinaria de Concejo celebrada con fecha 15 de MORDAZA del 2004, el Oficio Nº 242-04-DBS/MDLV del 13 de MORDAZA del 2004 de la Direccion de Bienestar Social por el que propone la modificacion del Articulo 14º inciso f) del Reglamento Electoral de las Juntas Vecinales Comunales de La MORDAZA y asimismo el Informe Nº 2182-04-DAJ/MDLV de fecha 14 de MORDAZA del 2004 de la Direccion de Asesoria Juridica y el Dictamen conjunto Nº 001-2004 de las Comisiones Permanentes de Bienestar Social y Planificacion, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 016-04-MDLV del 17 de enero del 2004, se aprobo el Reglamento Electoral de las Juntas Vecinales Comunales de La MORDAZA el mismo que consta de 49 articulos incluidos en V Titulos Preliminares y cinco (5) Disposiciones Transitorias y Finales; Que, mediante Oficio Nº 460-04-DP-LIM-GLS de fecha 11 de junio del 2004 la Defensoria del Pueblo, entre otros aspectos, refiere que se podria haber afectado el derecho a la igualdad, toda vez que el citado Reglamento consigna como requisito para ser candidato el no tener litigio pendiente con la municipalidad y el estar al dia en los tributos municipales, lo que importaria una restriccion al ejercicio de los derechos ciudadanos; Que, es de apreciar que el articulo 14º inciso f) del citado Reglamento precisamente establece como requisito para postular a ser integrante de una Junta Vecinal Comunal el de presentar una Declaracion Jurada de no tener litigio pendiente con la Municipalidad de La MORDAZA y estar al dia en sus tributos municipales; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 9º inciso 8) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; Que, tratandose de una modificacion que busca perfeccionar el Reglamento Electoral de las Juntas Vecinales Comunales de La MORDAZA vigente, correspondera ser aplicado a partir de su aprobacion en el estado en que se encuentre el MORDAZA actualmente en marcha, no pudiendo tener efectos retroactivos por MORDAZA constitucional; Que, estando a la propuesta de visto al pronunciamiento favorable de la Direccion de Asesoria Juridica, y al Dicta-

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Disponen el embanderamiento general obligatorio de inmuebles del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2004/MJM MORDAZA MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el 28 de MORDAZA proximo se celebrara el 183º Aniversario de la Independencia del Peru; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 035-2004/MJM, publicado en El Peruano de 30 de junio de 2004, se convoco a la comunidad jesusmariana a integrarse a la MORDAZA "Lleva al Peru a tu corazon", adhiriendonos a la convocatoria realizada por los integrantes de la Comision de Alcaldes de MORDAZA y el Callao para la Recuperacion Civica del Peru, a fin de recuperar los valores en el MORDAZA de peruanizar el Peru, devolviendo a las MORDAZA Patrias su contenido civico y promoviendo en la poblacion la identificacion plena con nuestro pais; Que, ante este MORDAZA acontecimiento, es deber del Gobierno Local incentivar la participacion civica del vecindario, resaltando los valores nacionales, el respeto y veneracion de los Simbolos de la Patria; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades;

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