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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2004 (28/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G35/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de julio de 2004 rresponda; y a la Gerencia de Secretaría General la publi- cación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 13938 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZÁNGARO /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G6C/G61/G20/G4F/G62/G72/G61/G20/G4C/G61/G67/G75/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G4F/G78/G69/G64/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G49/G49/G20/G45/G74/G61/G70/G61/G20/G2D /G41/G7A/GE1/G6E/G67/G61/G72/G6F/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G2D /G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 038-04/CM-MPA/P EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZÁNGARO VISTO: El Acta de Sesión Ordinaria del Concejo Municipal Nº 013-04, del 30 de junio del 2004, en la que a mérito del Informe Técnico Legal de fecha 30 de junio de 2004, seacuerda Exonerar del Proceso de Selección la Adquisición y Colocado del Producto Geomembrana, para la Obra La- guna de Oxidación II Etapa - Azángaro; y, CONSIDERANDO: Que, el Subgerente de Obras y Desarrollo Urbano y la Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica presenta- ron el Informe Técnico Legal de fecha 30 de junio del 2004, y que fue puesto a consideración del ConcejoMunicipal en Sesión Ordinaria del 30 de junio del 2004, sustentando la urgente necesidad de Adquirir el Produc- to Geomembrana para la Obra Laguna de Oxidación IIEtapa - Azángaro; Que, en el año 2003 se declara desierta la Adjudica- ción Directa Pública Nº 002-2003-MPA, para la adquisicióny colocado de 25690 m2 del Producto de Geomembrana HDPE, cuyo valor referencial ascendía a S/. 224 790.00 (Doscientos Veinticuatro Mil Setecientos Noventa y 00/100Nuevos Soles). En el año 2004 la Adjudicación Directa Pública Nº 001-2004-MPA, es declarado desierta para la adquisición y colocado de 25690 m2 del ProductoGeomembramna HDPE, con el mismo valor referencial antes indicado; Que, la Subgerencia de Obras y Desarrollo Urbano, expresa la necesidad y urgencia de que la Laguna de Oxi- dación entre en funcionamiento en forma inmediata, pues la demora en ello acarreará el colapso de las redes princi-pales y secundarias de las obras de desagüe realizadas recientemente por la Municipalidad Provincial de Azánga- ro, toda vez que los colectores ya están siendo utilizadospor la población y se vienen acumulando en las líneas prin- cipales y secundarias. Asimismo, de no colocarse la Geomembrana en la Laguna de Oxidación antes de la épo-ca de lluvias, la misma que ya se aproxima, ocasionará la desestabilización de los rellenos de las pozas y terraple- nes, lo que significaría que toda la inversión realizada parala Laguna de Oxidación se pierda con graves conse- cuencias económicas y sociales para la Municipalidad. Otro aspecto a considerar es la constante alza del precio de laGeomembrana, hecho que se debe a que el precio de los insumos utilizados en la producción del mismo se va incre- mentando, lo que podría generar que el presupuesto con elque se cuenta devenga en insuficiente, toda vez que el cré- dito bancario para la adquisición del producto fue aproba- do en el año presupuestal del 2003; Que, en este sentido, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria Nº 013-04, al amparo de lo dispuesto por el Art. 19º y 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, y el Art. 108º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001- PCM, modificado por el Art. 3º del D.S. Nº 079-2001-PCMy considerando el Informe Técnico Legal de fecha 30 de junio de 2004; Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su compe-tencia, conforme impera el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, lo cual se encuentra concordado con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánicade Municipalidades; ACUERDA:Artículo 1º.- APROBAR la Adquisición mediante la Declaratoria de Urgencia la Adquisición y Colocado de25690 m2 del Producto Geomembrana HDPE de 0.75 mm, para la Obra Laguna de Oxidación II Etapa - Azángaro, de la Municipalidad Provincial de Azángaro, por el monto refe-rencial de S/. 224 790.00 (Doscientos Veinticuatro Mil Se- tecientos Noventa y 00/100 Nuevos Soles), la Fuente de Financiamiento proviene del Presupuesto del Fondo deCompensación Municipal. Artículo 2º.- EXONERAR, a mérito del artículo prece- dente, del proceso de Adjudicación Directa Pública para laAdquisición y Colocado de 25690 m2 del Producto Geo- membrana HDPE de 0.75 mm, para la Obra Laguna de Oxidación II Etapa - Azángaro, de la Municipalidad Provin-cial de Azángaro; en consecuencia, autorizar a que por la modalidad de Adjudicación Directa de Menor Cuantía por Necesidad de Urgencia se adquiera el producto indicado,por el monto referencial de S/. 224 790.00 (Doscientos Vein- ticuatro Mil Setecientos Noventa y 00/100 Nuevos Soles). Artículo 3º.- ENCARGAR, a la Comisión Especial con- formada para tal efecto, la misma que estará compuesta por el Prof. Víctor Rodríguez Quispe - Gerente Municipal quien la preside; CPC Isaac Ramos Ortiz - Jefe de la Ofici-na de Abastecimientos, como miembro; y, al Ing. David Mamani Carpio - Residente de Obra, como miembro, para realizar la adquisición materia de Exoneración. Artículo 4º.- Cúmplase con publicar el presente Acuer- do Municipal en el Diario Oficial El Peruano y remítase co- pia a la Contraloría General de la República y al Tribunal deContrataciones y Adquisiciones del Estado y PROMPYME, para los fines de Ley. Dado en la Casa de Gobierno Local de Azángaro, el primer día del mes de julio del año dos mil cuatro. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PERCY CHOQUE RAMOS Alcalde 13987 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS /G4E/G6F/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G6D/G65/G6A/G6F/G2D /G72/G65/G6E/G20/G79/G20/G70/G69/G6E/G74/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G66/G61/G63/G68/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G4D/G6F/G6E/G75/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G49/G71/G75/G69/G74/G6F/G73 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 280-2004-A-MPM Iquitos, 25 de mayo de 2004 VISTA:La información alcanzada por la Subgerencia de Desa- rrollo Urbano, sobre el aspecto deslucido que presentaactualmente el inmueble urbano ubicado en la intersección de las calles San Martín y Huallaga (ex Cine Bolognesi), comprendido en la Zona Monumental de la ciudad de Iqui-tos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 036-2004-SGDU-GAT-MPM de fecha 16 de febrero del año 2004 la Subgerencia deDesarrollo Urbano da cuenta del aspecto descolorido que