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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G34/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de julio de 2004 órganos desconcentrados del Ministerio de Salud y que deben lograr que se cumplan los objetivos y funciones ge-nerales en sus respectivas jurisdicciones; así como la po- lítica, misión, visión, objetivos y normas sectoriales en su jurisdicción; Que, asimismo el acotado dispositivo establece que las normas y organización general de las Direcciones de Sa- lud (DISA), se aplica igualmente para las Direcciones Re-gionales de Salud y órganos desconcentrados; Que, la Duodécima Disposición Transitoria Complemen- taria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Go-biernos Regionales establece, que los Directores Regio- nales Sectoriales en ejercicio continúan en funciones has- ta que éstas sean cubiertas mediante proceso de selec-ción, vía Concurso Público de Méritos convocado por el respectivo Gobierno Regional en coordinación con el Go- bierno Nacional; Que, el Artículo 1º de la Ley Nº 27813, Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, estable- ce que dicho Sistema tiene la finalidad de coordinar el pro-ceso de aplicación de la política nacional de salud; dispo- niendo en su Artículo 3º, que son tres los niveles de su organización, siendo ellos: el Nacional, Regional y Local;normando en los Artículos 7º , 8º y 9º lo referente a la Or- ganización, Conformación y Funcionamiento del Consejo Regional de Salud; Que, en el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 004- 2003-SA, Reglamento de la Ley Nº 27813, Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, se refie-re a los niveles de organización, concertación y coordina- ción; reglamentando en los Artículos 12º, 13º y 14º lo refe- rente a la Organización, Conformación y Funcionamientodel Consejo Regional de Salud; Que, la Comisión Regional de Salud, Educación y Cul- tura del Gobierno Regional del Callao, a través del Dicta-men Nº 003-2004-REGION CALLAO-CR-CSEC, propone al Pleno del Consejo Regional la aprobación de la modifi- cación de la norma que aprueba la Conformación del Con-sejo Regional de Salud del Callao; Estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria de fecha 19 de julio del 2004, con dispen-sa del trámite de lectura y aprobación del Acta y en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 27867, la Ley Orgánica de Gobiernos Re-gionales y por el Reglamento Interno del Consejo Regio- nal; ACUERDA: Artículo Primero.- CONFORMAR el Consejo Regio- nal de Salud del Callao, el mismo que estará integrado por los siguientes miembros: - El Director Regional de Salud, quien lo presidirá. - El Gerente Regional de Desarrollo Social del Gobier- no Regional del Callao. - El Director General del Hospital Nacional "Daniel A. Carrión". - El Director General del Hospital "Alberto Sabogal" - ESSALUD. - El Director del Centro Médico Naval "Cirujano Mayor Santiago Távara". - El Obispo del Callao o su representante. - El Rector de la Universidad Nacional del Callao. - El Director de Sanidad de la Municipalidad Provincial del Callao. - El Decano Regional del Colegio Médico del Perú - Consejo Regional XVIII-Callao. - El Jefe del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Ca- llao. - El Representante de la Cruz Roja Peruana - Filial Ca- llao. - La Presidenta de la Sociedad de Beneficencia Pública del Callao. - Un Representante de los Servicios de Salud Priva- dos. - Un Representante de los Trabajadores del Sector.- Un Representante de las Organizaciones Sociales de la Comunidad vinculadas al tema de Salud. Artículo Segundo.- PRECISAR que en tanto se de- signe previo Concurso Público de Méritos al Director Re- gional de Salud del Callao, el Consejo Regional de Saluddel Callao, estará presidido transitoriamente por el Direc- tor de Salud I Callao, en calidad de máxima autoridad del Sector Salud dentro de la jurisdicción de la Región de la Provincia Constitucional del Callao. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO toda disposi- ción que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- RATIFICAR Y CONVALIDAR las de- cisiones y los actos desarrollados a la fecha por el Conse- jo Regional de Salud del Callao, como consecuencia del Acuerdo del Consejo Regional Nº 013-2004-REGION CA-LLAO/CR. Artículo Quinto.- DISPONER que todo aquello no pre- visto en la presente Ordenanza, se aplicará lo dispuestoen la Ley Nº 27813, Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado y su Reglamento. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional del Callao, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Ad- ministración, la publicación de la presente Ordenanza Re- gional, en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de ma- yor circulación de la Región. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.ROGELIO ANTENOR CANCHES GUZMAN Presidente 14061 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C /G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G42/G6F/G6C/G69/G76/G69/G61/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G2D/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 ACUERDO Nº 063-2004 Puno, 27 de julio de 2004VISTO: La invitación cursada, al señor Presidente del Gobierno Regional de Puno, por el Ministro de RelacionesExteriores del Perú para realizar una visita oficial a la Re- pública de Bolivia; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Estado en el Despacho de Relacio- nes Exteriores, Embajador Manuel Rodríguez Cuadros, realizará visita oficial a la República de Bolivia los días viernes 30 y sábado 31 de julio de 2004, a la cual invitóoficialmente al Presidente del Gobierno Regional de Puno; Que, dicha visita oficial a Bolivia se efectuará en com- pañía del Ministro de Energía y Minas, en la que se tratará -entre otros temas- el asunto del gas boliviano; en ese sen- tido también integrarían la comitiva oficial los Presidentesde los Gobiernos Regionales de Arequipa, Moquegua, Tac- na, Cusco y Madre de Dios por la importancia de integrar a la Macro Región Sur en su conjunto en el proceso de inte-gración con Bolivia; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje del Presidente del Gobierno Regional de Puno, a efec-tos que participe en dicha visita oficial a Bolivia; Por lo que el Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno, en Sesión Extrordinaria celebrada a los veinti-siete días del mes de julio del año dos mil cuatro, con el voto unánime de sus integrantes, y en uso de sus atribu- ciones y facultades; ACORDÓ: Primero.- Autorizar el viaje oficial en comisión de ser- vicios del señor Presidente del Gobierno Regional de Puno, Ing. David Aníbal Jiménez Sardón, a la República de Boli-via, del 29 al 31 de julio de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa del presente acuerdo. Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente acuerdo por concepto de viáticos, 600.00 dó-