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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2004 (28/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 52

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G35/G30/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de julio de 2004 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20 /G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G6D/G6E/G69/G73/G74/GED/G61 /G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G79/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G37/G37/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G4D/G44/G49 ORDENANZA Nº 079-2004-MDI Independencia, 22 de julio del 2004 EL ALCALDE DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, la propuesta de ampliación del plazo de amnistía y mo-dificación del artículo primero y segundo de la amnistíatributaria contemplada en la Ordenanza Nº 077-2004-MDI. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 195º de la Consti- tución Política del Perú, las municipalidades tienen entre sus competencias administrar sus bienes y rentas así comocrear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios,licencias y derechos municipales; Que, el D.S. Nº 135-99-EF, Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece en la Norma IV del Título Pre-liminar, que los Gobiernos Locales mediante Ordenanzapueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, ar-bitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro desu jurisdicción y con los limites que señala la Ley, y en el articulo 41º expresa que, excepcionalmente, los Gobier- nos Locales podrán condonar con carácter general, el in-terés moratorio y las sanciones respecto de los tributosque administren; Que, es política de la Municipalidad Distrital de Inde- pendencia incentivar el cumplimiento voluntario por partede los administrados de sus obligaciones tributarias y notributarias, siendo necesario otorgar incentivos y las facili-dades necesarias a los contribuyentes e infractores me-diante una Amnistía temporal que facilite el pago de las deudas tributarias y no tributarias; Con el voto aprobatorio de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, elConcejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Indepen- dencia, en ejercicio de las facultades conferidas por la Cons- titución Política del Perú: la Ley Nº 27972, Ley Orgánica deMunicipalidades y estando a las consideraciones expues-tas; Aprobó la siguiente: ORDENANZA AMPLÍAN PLAZO DE AMNISTÍA Y MODIFICAN EL ARTÍCULO PRIMERO Y SEGUNDO DE LA AMNISTÍA TRIBUTARIA CONTEMPLADA EN LA ORDENANZA Nº 077-2004-MDI Artículo Primero.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene como objetivo ampliar la vigencia de la Amnistía aprobada mediante la OrdenanzaNº 077-2004-MDI, hasta el 30 de agosto de 2004. Artículo Segundo.- MODIFICAN El ARTÍCULO PRI- MERO Y SEGUNDO DE LA ORDENANZA Nº 077-2004- MDI. Modifíquense los artículos primero y segundo de la Or- denanza Nº 077-2004-MDI, que concede Amnistía paraDeudas Tributarias y No Tributarias, con la siguiente redac-ción:- Artículo Primero.- Objetivo La presente Ordenanza tiene como objetivo conceder unaAmnistía para aquellos contribuyentes que se encuentren adeudando el Impuesto Predial, Impuesto de Alcabala, Ar- bitrios Municipales, y/o Multas Administrativas, cuyo acree-dor es la Municipalidad Distrital de Independencia. Las deudas tributarias que son materia de Amnistía se encuentran constituidas por las generadas antes del 30 dejunio del ejercicio 2004, en cualquier estado en que se en- cuentren ante instancias administrativas y judiciales. - Artículo Segundo.- Forma de Pago La deuda materia de acogimiento a la Amnistía señala- da en el artículo primero de la presente Ordenanza se po-drá pagar de la siguiente forma: a) En el caso de Arbitrios Municipales: Arbitrios Municipales Pago al contado Deudas generadas hasta el 31 de Descuento del 40% del monto diciembre de 2002 insoluto (sin intereses ni otros conceptos) Deudas generadas desde el 1 de Descuento del 20% del monto enero del 2003 hasta el 31 de insoluto (sin intereses ni otros diciembre de 2003 conceptos) Deudas generadas desde el 1 de El monto insoluto, (sin intereses enero de 2004 hasta el 30 de junio ni otros conceptos) de 2004. b) En el caso del Impuestos Predial e Impuesto de Alcabala Impuesto Predial y Alcabala Pago al contado Deudas generadas hasta el 30 de El monto insoluto, (sin intereses diciembre del 2001 por Impuesto ni otros conceptos) de Alcabala y hasta el 30 de junio del 2003 por Impuesto Predial. c) En el caso de Multas Administrativas Multas Administrativas Pago al contado Pago fraccionado Multas Administrativas Descuento del 70% de Descuento del 50% que según las Orde- la deuda (sin gastos de la deuda (sin nanzas Nºs. 022-00 y administrativos) gastos 039-03 contaban con administrativos) notificación preventiva Multas administrativas Descuento del 80% de Descuento del 60% que según las Orde- la deuda (sin gastos de la deuda (sin nanzas Nºs. 022-00 y administrativos) gastos 039-03 No contaban administrativos)con notificación preventiva La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Pe- ruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 13968 MUNICIPALIDAD DE LINCE /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G61/G6C/G63/G61/G6E/G63/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G2D /G6A/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G30/G33/G38/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G4D/G44/G4C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 045-2004-MDL Lince, 26 de julio del 2004