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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2004 (28/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G34/G39/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de julio de 2004 Que, el Artículo 78º de la acotada Ley, establece que el Consejo Participativo Regional de Educación, es una ins- tancia de participación, concertación y vigilancia en la ela- boración, seguimiento y evaluación del Proyecto Educati-vo Regional Concertado, precisando los miembros que lo integran; Que, el Decreto Supremo Nº 021-2003-ED, declara en Emergencia el Sistema Educativo Nacional durante el bie- nio 2003-2004, disponiendo la adecuación de la Dirección de Educación del Callao, dentro del marco de las disposi-ciones que rigen el proceso de descentralización y la Nue- va Ley General de Educación, redefiniendo su denomina- ción como Dirección Regional de Educación del Callao,dependiendo en lo administrativo del Gobierno Regional del Callao y en lo técnico y funcional del Ministerio de Edu- cación; Que, el Decreto Supremo Nº 023-2003, establece nor- mas de emergencia y reforma en aplicación de la Nueva Ley General de Educación, disponiendo que se conformenLos Consejos Participativos Regionales de Educación; Que, el Ministerio de Educación, a través del documento denominado "Hoja de Ruta" considera como medida priori-taria convocar, comprometer y fortalecer los espacios par- ticipativos que dispone la Ley tales como el Consejo Edu- cativo Institucional, Consejo Participativo Local y ConsejoParticipativo Regional; Que, el Artículo 46º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece las FuncionesEspecíficas que éstas desarrollan sobre la base de las políticas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las políticas nacionales sobre la materia; Que, el Artículo 47º de la acotada Ley, norma las Funcio- nes en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación; Que, la Comisión Regional de Salud, Educación y Cul- tura del Gobierno Regional del Callao, a través del Dicta- men Nº 004-2004-REGIÓN CALLAO-CR-CSEC, proponeal Pleno del Consejo Regional la aprobación de la Confor- mación del Consejo Participativo Regional de Educación del Callao; Estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Callao de fecha 19 de julio del 2004, con dispensa del trámite de lectura yaprobación del Acta y en uso de las atribuciones conferi- das por la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y el Reglamen-to Interno del Consejo Regional; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIO- NAL DEL CALLAO Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:Artículo Primero.- CONFORMAR el Consejo Partici- pativo Regional de Educación del Callao, el mismo queestará integrado por los siguientes miembros: - El Director Regional de Educación del Callao, quien lo presidirá. - El Gerente Regional de Desarrollo Social del Gobier- no Regional del Callao. - El Jefe de la Oficina de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Deporte, Recreación, Salud, Vivienda y Sanea- miento. - El Secretario General del Sindicato Unitario de Traba- jadores de Educación - SUTE Callao. - El Gerente General de la Cámara de Comercio del Callao. - Un representante de la Universidad Nacional del Ca- llao. - Un representante de los Institutos Superiores Públi- cos de Educación del Callao. - Un representante de los Institutos Superiores Priva- dos de Educación del Callao. - Un representante de los Consejos Educativos Institu- cionales Públicos del Callao. - Un representante de los Consejos Educativos Institu- cionales Privados del Callao. - Un representante de cada una de las Unidades de Gestión Educativa Locales del Callao (UGEL's). Artículo Segundo.- DISPONER que para la elección de los representantes a que se refiere el artículo prece- dente, el Presidente del Consejo Participativo Regional de Educación del Callao, convocará a las respectivas eleccio-nes en un plazo de 30 días hábiles posteriores a su insta- lación. Artículo Tercero.- ACLARAR que se han considerado como miembros integrantes del Consejo Participativo Re-gional de Educación del Callao, a las instituciones que de una u otra forma están relacionadas con el Sector Educa- ción. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional del Callao, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Admi- nistración, la publicación de la presente Ordenanza Regio- nal, en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de mayorcirculación de la Región. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. ROGELIO ANTENOR CANCHES GUZMAN Presidente 14060 /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G2D /G6C/G75/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2004-REGIÓN CALLAO-CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993, modifica-do por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; la Ley Nº27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y demás Normas Modificatorias y Complementarias; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales precisa que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la orga- nización y administración del Gobierno Regional y regla-menta en materias de su competencia; Que, el Artículo 39º de la acotada Ley precisa "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión deeste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse auna conducta o norma institucional; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Ordinaria de fecha 26 de abril del año encurso, aprobó la Conformación del Consejo Regional de Salud del Callao, mediante el Acuerdo del Consejo Regio- nal Nº 013-2004-REGIÓN CALLAO-CR, debiendo ser apro-bado mediante Ordenanza Regional, ya que lo que se re- glamenta es un tema de carácter general y no un asunto interno del Consejo Regional, en consecuencia, se debeenmendar la aludida norma regional; Que, en el precitado Acuerdo Regional, se establece que el Consejo Regional de Salud del Callao, estará presi-dido por el Director Regional de Salud, el cual no ha sido designado a la fecha, ya que el Concurso Público de Méri- tos para el nombramiento de dicho funcionario fue anuladopor el Consejo Nacional de Descentralización, mediante las Resoluciones Secretariales Nºs. 012 y 013-CND-ST- 2004, de fecha 2 de abril del 2004, lo cual debe precisarseen dicha norma regional; Que, asimismo, en el referido Acuerdo no se ha precisa- do el procedimiento para la elección de los representantesen el Consejo Regional de Salud de los servicios de salud privados, los trabajadores del sector y las organizaciones sociales de la comunidad; Que, la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, es- tablece que éste es un órgano del Poder Ejecutivo y como tal es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula ypromueve la intervención del Sistema Nacional de salud; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, se establece que las Direcciones de Salud (DISA) son los