Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2004 (28/07/2004)


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ORDENANZA

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 2004

Articulo Primero.- Aprobar la modificacion en la denominacion de la Estructura Organica de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, en lo referente a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA donde dice: Subgerencia de Obras, debe decir: Subgerencia de Obras Publicas; asimismo donde dice: Subgerencia de Catastro, debe decir: Subgerencia de Obras Privadas y Catastro. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General, la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13940

Declaran improcedente pedido de nulidad de la R.A. Nº 133-2004-MDLP-ALC que sanciono con cese temporal a ex Jefe de la Unidad de Personal de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 143-2004-ALC/MDLP La MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTA: La Carta Notarial Nº 106704 de fecha 9 de MORDAZA del 2004 presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Peruzovich, por la cual solicita se declara la Nulidad de Oficio de la Resolucion de Alcaldia Nº 133-2004-MDLP-ALC de fecha 7 de MORDAZA del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece: "Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos del Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico - del 24 de marzo de 1984, contempla en sus articulos del 25º al 33º, el regimen disciplinario del servidor publico; Que, por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM del 18 de enero de 1990- Reglamento de la Ley de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico - regula en sus articulos del 163º al 175º el MORDAZA administrativo disciplinario; Que, de acuerdo con lo actuado se aprecia del Informe Nº 008-2004-CEPAD/MDLP de fecha 22 de junio del 2004 emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de los Funcionarios de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, que en aplicacion del MORDAZA de legalidad, el MORDAZA administrativo disciplinario instaurado contra el servidor don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Peruzovich, se ha seguido de acuerdo con lo regido por el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico - y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, en tal sentido la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de los Funcionarios de la Municipalidad de La MORDAZA, concluye el citado MORDAZA administrativo disciplinario emitiendo el Dictamen Nº 0072004-CEPAD-MDLP de fecha 22 de junio del 2004, recomendando el Cese Temporal por Doce Meses de dicho servidor, asi mismo solicitar que la Gerencia Municipal de Asesoria Juridica, se sirva tipificar la supuesta comision

de ilicitos penales expuesta en el ultimo considerando de su dictamen y opinar sobre la procedencia de entablar las acciones civiles o penales del caso, sin perjuicio de solicitar la devolucion del cobro en exceso, por via administrativa y/o civil; Que, el articulo 171º del Decreto Supremo Nº 005-90PCM del 18 de enero de 1990 - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico - senala que previo al pronunciamiento de la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios, el procesado podra hacer defensa de sus derechos a traves de un informe oral, efectuado personalmente o por medio de un apoderado, para lo que se senalara dia y hora unica; Que, como se aprecia de la Carta Notarial Nº 6220 de fecha 5 de MORDAZA del 2004 presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Peruzovich a traves de la cual solicita se conceda a su abogado defensor el termino de treinta (30) minutos a fin de que informe oralmente y fundamente su defensa, ha sido tramitada a traves de la Notaria Publica del Dr. MORDAZA Nunez con fecha 5 de MORDAZA del 2004 y entregada ante la Oficina de Tramite Documentario de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA con fecha 6 de MORDAZA del 2004, es decir nueve dias habiles posteriores a la fecha en que la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de los Funcionarios de la Municipalidad de La MORDAZA habia emitido su pronunciamiento contenido en el Dictamen Nº 007-2004-CEPAD de fecha 22 de junio del 2004, presentado al Despacho de Alcaldia con Informe Nº 0082004-CEPAD-MDLP, por tanto su solicitud deviene en extemporanea; Que, en uso de la facultad conferida al titular de la entidad segun lo dispone el articulo 170º del referido Decreto Supremo Nº 005-90-PCM del 18 de enero de 1990 - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico - que establece que es prerrogativa del titular de la entidad determinar el MORDAZA de sancion a aplicarse, se expidio la Resolucion de Alcaldia Nº Nº 133-2004-MDLP-ALC de fecha 7 de MORDAZA del 2004 que en su articulo primero resuelve sancionar con cese temporal por doce meses al servidor don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Peruzovich ex Jefe de la Unidad de Personal de la Municipalidad de La MORDAZA, por la comision de faltas graves de caracter disciplinario estipuladas en los incisos a), d), f), y h) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico -, no habiendose incurrido en ninguna de las causales de nulidad prevista por ley, que de origen a un pronunciamiento de oficio en ese sentido por parte de la administracion edil; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 218.2 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General - son actos que agotan la via administrativa, el acto respecto del cual no proceda legalmente impugnacion ante una autoridad u organo jerarquicamente superior en la via administrativa, concordante con lo establecido en el articulo 50º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades - que establece que la via administrativa se agota con la decision que adopte el Alcalde; Que, la presente resolucion cuenta con la visacion de la Gerencia General Municipal y la Gerencia de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el articulo 170º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, asi como en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del articulo 20º y articulo 43º de la Ley Nº 27972 -Ley Organica de Municipalidades-; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE el pedido de nulidad de oficio de la Resolucion de Alcaldia Nº 133-2004-MDLP-ALC de fecha 7 de MORDAZA del 2004, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 8 de MORDAZA del presente ano, que efectua don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Peruzovich ex Jefe de la Unidad de Personal de la Municipalidad de La MORDAZA, por el merito de las consideraciones que la contienen. Articulo Segundo.- Notificar la presente resolucion a la parte interesada y a los organos administrativos pertinentes. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolucion, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Subgerencia de Personal, en lo que co-

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