Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2004 (28/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, el Personal de la Fuerza Aerea del Peru que se indica en la parte resolutiva, ha sido propuesto para viajar en Comision de Servicio a la Republica de Colombia, MORDAZA de MORDAZA, para conformar la tripulacion del avion Twin Otter DHC-6 Nº 303 que realizara un vuelo trasladando a la senora Ministra de Salud y comitiva, el 24 de MORDAZA del 2004; Que, el costo total que ocasione la referida operacion sera asumida por la Direccion Regional de Salud de MORDAZA, ni irrogando gasto alguno a la Fuerza Aerea del Peru; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002PCM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero del 2004 y Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio del 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a la Republica de Colombia, MORDAZA de MORDAZA, al Personal de la Fuerza Aerea del Peru que se indica a continuacion, el cual conformara la tripulacion del avion Twin Otter DHC-6 Nº 303, que realizara un vuelo trasladando a la senora Ministra de Salud y comitiva, el 24 de MORDAZA del 2004:
Capitan FAP MORDAZA YABAR Erick MORDAZA Capitan FAP SALES MORDAZA MORDAZA Tecnico de 1ra. FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TRIPULACION ALTERNA Mayor FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Piloto Capitan FAP MORDAZA NUNEZ MORDAZA MORDAZA Copiloto Tecnico de 2da. FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mecanico Piloto Copiloto Mecanico

Articulo 2º.- El Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 13979

ENERGIA Y MINAS
Reducen areas de no admision de petitorios mineros en el departamento de MORDAZA de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 028-2004-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que, por Decreto Supremo Nº 046-2003-EM, se establecieron las condiciones para la admision de petitorios de concesiones mineras en cinco (5) areas denominadas Area 1, Area 2, Area 3, Area 4 y Area 5, ubicadas en el departamento de MORDAZA de Dios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-EM, se dispuso que el Ministerio de Energia y Minas debera viabilizar en un plazo no mayor al 31 de MORDAZA de 2004, la transferencia de competencia al Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA en el otorgamiento de concesiones mineras para la pequena mineria y mineria artesanal de alcance regional, prorrogandose a dicha fecha la suspension de admision de petitorios para concesiones mineras sobre las cinco (5) areas ubicadas en el departamento de MORDAZA de Dios;

Que, por Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, se precisa que es condicion necesaria para la Implementacion del Plan de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ano 2004, que el Congreso de la Republica apruebe la Ley del Sistema Nacional de Acreditacion, y a la vez establece que en el 2004 se de inicio a la transferencia de funciones especificas para el ejercicio de las competencias compartidas a los gobiernos regionales a cargo del Ministerio de Energia y Minas, conforme al Articulo 59º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, consistente en otorgar concesiones para pequena mineria y mineria artesanal de alcance regional, en los departamentos en los cuales el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero (INACC) cuente con oficinas; Que mediante Ley Nº 28273 se aprobo la Ley del Sistema Nacional de Acreditaciones de los Gobiernos Regionales y Locales, MORDAZA en la que se establecen las condiciones y requisitos para acceder a la acreditacion de competencias; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA por Oficio Nº 501-2004-GOREMAD/PR de 20 de MORDAZA de 2004, comunica al Ministerio de Energia y Minas que ha conformado una Comision para la Transferencia de Competencias sobre Pequena Mineria y Mineria Artesanal; Que, el Jefe del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero por Oficio Nº 692-A-2004-INACC/J de fecha 21 de MORDAZA de 2004, remite al Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA el Proyecto de Convenio de Cooperacion, a fin de viabilizar la transferencia de competencias del INACC hacia dicho Gobierno Regional en lo que respecta al otorgamiento de concesiones mineras para la pequena mineria y mineria artesanal de alcance regional, en cumplimiento del Decreto Supremo Nº 011-2004-EM; Que, segun el Acta de Reunion Interinstitucional de la Federacion MORDAZA del Rio MORDAZA de MORDAZA y Afluentes (FENAMAD) y la Federacion Minera de MORDAZA de MORDAZA (FEDEMIN), se acordo iniciar un MORDAZA de ordenamiento, formalizacion y normalizacion de actividades mineras en las cinco (5) areas suspendidas de admision de petitorios en el departamento de MORDAZA de Dios; liberandose aproximadamente doscientos cuarenta y un mil (241,000) hectareas para su admision de petitorios, segun las coordenadas UTM que se detallan en la parte resolutiva del presente Decreto Supremo; Que, en el Informe Nº 001-2004-GOREMAD/CFNR/ TCPPMYPMA, de fecha 23 de MORDAZA del 2004, la Comision de Transferencia de Competencia sugiere y recomienda a la Gerencia Regional de MORDAZA de MORDAZA, entre otros, que "previa la coordinacion con su Gerencia, se suscriba el Convenio con el INACC, mientras se VIABILICE la Acreditacion por parte de la Region para la referida transferencia, enmarcado dentro del Sistema Nacional de Acreditacion"; Que, por las consideraciones expuestas, resulta necesario reducir las cinco (5) areas MORDAZA referidas y ampliar el plazo de suspension de admision de petitorios mineros en tanto el Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA acredite su capacidad para asumir la competencia en el otorgamiento de concesiones mineras para la pequena mineria y la mineria artesanal en el ambito regional; De conformidad con las atribuciones dispuestas en los numerales 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Areas reducidas de suspension de admision de petitorios Reduzcase las cinco (5) areas de suspension de admision de petitorios a que se refiere el Decreto Supremo Nº 046-2003-EM, a las siguientes: Area 1 Vertice 1 2 3 4 5 6 7 8 Norte 8595600.00 8605350.00 8602000.00 8601900.00 8600600.00 8585400.00 8588300.00 8588650.00 Este 317500.00 338000.00 339700.00 341700.00 345700.00 339000.00 337200.00 335550.00

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