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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2004 (28/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G34/G36/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de julio de 2004 a) Pasaporte Especial que será otorgado al cónyuge e hijos menores de edad del titular; pasajes para el lugar de destino y para su retorno, derecho que se extiende al cón- yuge e hijos menores de edad; b) Una asignación destinada a solventar los gastos que origina el traslado de su equipaje, menaje y efectos perso- nales al lugar de destino y de regreso al Perú, cuyo montoserá establecido por el Ministerio de Relaciones Exterio- res; y, c) En caso de fallecimiento en el exterior, al traslado e inhumación de sus restos en el Perú. Del mismo modo, se le otorgará los pasajes de retorno a sus familiares y el tras- lado de sus bienes al Perú. En caso que terminada su mi-sión decidiera no retornar al Perú, no le corresponderán los beneficios pertinentes. Artículo 11º.- El Consejero Cultural rentado recibirá una asignación económica mensual correspondiente a la de un Tercer Secretario en la sede del país donde cumplirá fun-ciones. La designación de los Consejeros se efectúa por períodos de seis años. El Consejero Cultural rentado tendrá derecho a: a) Pasaporte especial que será otorgado al cónyuge e hijos menores de edad del titular; y, b) En caso de fallecimiento en el exterior, traslado e inhumación de sus restos en el Perú. Del mismo modo se les otorgará los pasajes de retorno a sus familiares y eltraslado de sus bienes al Perú. En caso que al terminar su misión decidiera no retornar al Perú, no le corresponderán los beneficios pertinentes. Artículo 12º.- Sólo para efectos de la acreditación ante el Estado Receptor tanto los Promotores como los Conse-jeros Culturales podrán ser acreditados como Agregados si fuere el caso. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Única.- A los quince días hábiles de la promulgación del presente Reglamento, todos los agregados y conseje- ros culturales y/o científicos, rentados u honorarios, pon- drán sus cargos a disposición. En un plazo no mayor desesenta días hábiles la Comisión Consultiva de Cultura evaluará la conveniencia o no de ratificarlos y presentará su informe al Ministro de Relaciones Exteriores. En lossiguientes 60 días hábiles el Ministro de Relaciones Ex- teriores, de acuerdo a los procedimientos establecidos en el presente Reglamento, procederá con las designacio-nes respectivas. 14096 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G63/G6F/G6D/G70/G61/GF1/G61/G72/GE1 /G61/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73/G20/G65/G6E/G73/G75/G20/G56/G69/G73/G69/G74/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G61/G20/G42/G6F/G6C/G69/G76/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0610-2004-RE Lima, 27 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que el Ministro de Relaciones Exteriores del Perú, Emba- jador José Manuel Rodríguez Cuadros, realizará una Visita Oficial a la República de Bolivia, el 30 y 31 de julio de 2004; Que el Gobierno del Perú asigna la mayor importancia a los avances en las relaciones con la República de Bolivia con miras a construir un espacio integrado política, econó-mica y culturalmente; Que deberán concluirse las negociaciones para la sus- cripción de un Tratado General de Integración y CooperaciónEconómica y Social para la conformación de un Mercado Común entre la República de Bolivia y la República del Perú; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GPX) Nº 3429, del Gabinete de Coordinación del Secreta- rio de Política Exterior, de 22 de julio de 2004; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la Repúbli- ca; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la CarreraAdministrativa; los artículos 185º y 190º del Decreto SupremoNº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomáti- co de la República; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exterio- res; la Ley Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004; SE RESUELVE. Artículo Primero.- Designar a la delegación peruana que acompañará al señor Canciller con ocasión de su Visita Ofi-cial a la República de Bolivia, del 29 al 31 de julio de 2004, la misma que estará integrada por los siguientes funcionarios: - Embajador en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, Oscar José Ricardo Maúrtua de Romaña, Secretario de Política Exterior, quien la presidirá; - Embajador en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, José Luis Néstor Pérez Sánchez Cerro, Subsecretario para Asuntos de América; - Embajador en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, Claudio Julio de la Puente Ribeyro, Director de Améri- ca del Sur de la Subsecretaría para Asuntos de América; - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Julio Hérnan Garro Gálvez, Subdirector para asuntos de los Países Andinos de la Dirección de América del Sur; - Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, Carlos Manuel Vallejo Martell, Subdirector de Integración; y, - Consejera en el Servicio Diplomático de la República, Franca Lorella Deza de Guija, funcionaria de la Subsecre- taría de Asuntos de América. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cum- plimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de RelacionesExteriores, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referi- da comisión, de acuerdo al siguiente detalle: PasajesViáticos Tarifa US$ US$ aeropuerto US$ Oscar José Ricardo Maúrtua de Romaña 394,61 800,00 28,24 José Luis Néstor Pérez Sánchez Cerro 394,61 800,00 28,24 Claudio Julio de la Puente Ribeyro 394,61 800,00 28,24 Julio Hérnan Garro Gálvez 394,61 800,00 28,24 Carlos Manuel Vallejo Martell 394,61 800,00 28,24 Franca Lorella Deza de Guija 394,61 800,00 28,24 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días ca- lendario siguientes al término de la citada comisión, los mencionados funcionarios deberán presentar ante el se- ñor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de lasacciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración ni liberación de impuestos aduanerosde ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14029 SALUD /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G2D /G63/G69/G6E/G61/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G67/G69/G6C/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G45/G70/G69/G64/G65/G6D/G69/G6F/G2D /G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G70/G69/G64/G65/G2D/G6D/G69/G6F/G6C/G6F/G67/GED/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 745-2004/MINSA Lima, 23 de julio del 2004Visto la renuncia formulada por la doctora Isabel Naka- moto Tamashiro y el Oficio Nº 1000-2004-OGE/MINSA; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 402-2003-SA/ DM, de fecha 11 de abril de 2003, se designó a la doctora