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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G39/G35/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 1 de junio de 2004 POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en la se-sión del Pleno realizada el día catorce de mayo de dos miltres, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108º de la Constitución Política del Estado, ordeno que se publi- que y cumpla. En Lima, a los treintiún días del mes de mayo de dos mil cuatro. HENRY PEASE GARCÍA Presidente del Congreso de la República MARCIANO RENGIFO RUIZ Primer Vicepresidente delCongreso de la República 10385 /G4C/G45/G59/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G32/G34/G31 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: /G4C/G45/G59/G20/G51/G55/G45/G20/G41/G55/G54/G4F/G52/G49/G5A/G41/G20/G41/G20/G4C/G41/G20/G53/G55/G4E/G41/G54/G20/G41/G20/G45/G53/G54/G41/G42/G4C/G45/G43/G45/G52 /G41/G44/G4D/G49/G4E/G49/G53/G54/G52/G41/G43/G49/G4F/G4E/G45/G53/G20/G41/G44/G55/G41/G4E/G45/G52/G41/G53/G20/G59/G2F/G4F/G20/G50/G55/G45/G53/G54/G4F/G53 /G44/G45/G20/G43/G4F/G4E/G54/G52/G4F/G4C/G20/G45/G4E/G20/G4C/G41/G53/G20/G46/G52/G4F/G4E/G54/G45/G52/G41/G53/G20/G59/G20/GC1/G52/G45/G41/G53 /G41/G44/G59/G41/G43/G45/G4E/G54/G45/G53/G20/G41/G20/G5A/G4F/G4E/G41/G53/G20/G4F/G20/G44/G45/G50/G41/G52/G54/G41/G4D/G45/G4E/G54/G4F/G53/G20/G51/G55/G45 /G43/G55/G45/G4E/G54/G45/G4E/G20/G43/G4F/G4E/G20/G52/G45/G47/GCD/G4D/G45/G4E/G45/G53/G20/G54/G52/G49/G42/G55/G54/G41/G52/G49/G4F/G53 /G45/G53/G50/G45/G43/G49/G41/G4C/G45/G53/G20/G4F/G20/G44/G45/G20/G45/G58/G43/G45/G50/G43/G49/GD3/G4E Artículo 1º.- Objeto de la Ley Señálase como prioritario establecer las Administra- ciones Aduaneras y/o Puestos de Control de Ambo, enla provincia de Ambo, departamento de Huánuco; el Cen- tro Poblado Menor de Chamaya, en el distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca; y otros lugaresde frontera y áreas adyacentes a zonas o departamen-tos que cuenten con regímenes tributarios especiales ode excepción que considere necesarios, previa evalua-ción de la SUNAT. Artículo 2º.- Derogatoria Deróganse o déjanse sin efecto, según corresponda, las disposiciones que se opongan a la presente Ley. Artículo 3º.- Vigencia La presente Ley entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en la se-sión de la Comisión Permanente realizada el día cuatro de febrero de dos mil cuatro, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108º de la Constitución Política del Estado,ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los treintiún día del mes de mayo de dos mil cuatro. HENRY PEASE GARCÍA Presidente del Congreso de la República MARCIANO RENGIFO RUIZ Primer Vicepresidente del Congreso de la República 10386/G4C/G45/G59/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G32/G34/G32 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: /G4C/G45/G59/G20/G43/G4F/G4D/G50/G4C/G45/G4D/G45/G4E/G54/G41/G52/G49/G41/G20/G41/G20/G4C/G41/G20/G4C/G45/G59/G20/G4E/GBA/G20/G32/G37/G31/G34/G33/G20/G2D /G4C/G45/G59/G20/G44/G45/G20/G50/G52/G4F/G4D/G4F/G43/G49/GD3/G4E/G20/G44/G45/G4C/G20/G44/G45/G53/G41/G52/G52/G4F/G4C/G4C/G4F /G50/G52/G4F/G44/G55/G43/G54/G49/G56/G4F/G20/G4E/G41/G43/G49/G4F/G4E/G41/G4C Artículo 1º. - Objeto de la Ley Para la aplicación del artículo 31º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en losprocesos de ejecución de obras que se efectúen de acuer-do a los sistemas y modalidades previstos en los artículos 45º y 46º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-2002-PCM, o en otras modalidades que se es-tablezcan de acuerdo a la naturaleza del requerimiento, enlos cuales se requiera incorporar bienes, para efectos delotorgamiento de la buena pro, se otorgará un margen depreferencia a los postores que incorporen bienes elabora- dos dentro del territorio nacional. El margen de preferencia será el 20% del componente nacional de la oferta del pos-tor, que se calculará obteniendo el 20% del factor en por-centaje que resulte de dividir el valor del componente na-cional con declaración jurada, entre el valor total de la pro-puesta del postor. Para efectos de comparación de ofertas el margen de preferencia se deducirá de la propuesta del postor. Artículo 2º.- Contratos de concesión En todas las bases de licitación o concurso para con- cesiones o privatizaciones que otorgue el Estado, incluso aquellos referidos a fondos fiduciarios, se otorgará un pun- taje adicional en función del compromiso que se asuma,para adquirir bienes y ejecución de obras producidos en elpaís. Este compromiso, una vez otorgada la buena pro,deberá ser incluido en los contratos a suscribirse entre elEstado peruano y el inversionista. La bonificación adicional se determinará aplicando el 20% al porcentaje que los bienes y ejecución de obras pro-ducidos en el país representen del valor total de la ofertaque el postor hubiera efectuado. El porcentaje resultanteconstituirá la bonificación adicional que se aplique a la su-matoria de la calificación técnica y económica. Artículo 3º.- De la aplicación de las disposiciones de promoción del desarrollo productivo nacional a otrosregímenes de contratación En los procesos convocados al amparo de lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25565, Ley que crea el sistema de licitaciones y concursos denominado “Evaluación Interna- cional de Procesos”, y su Reglamento: Cuando tengan por objeto la adquisición de bienes o la ejecución de obras, para efectos del otorgamien-to de la buena pro, se otorgará una bonificación a los postores que, cumpliendo con los requisitos mí- nimos de las Bases y contando con una propuestaválida, incorporen bienes elaborados dentro del te-rritorio nacional. Dicha bonificación equivaldrá a unpuntaje adicional al que obtuvieron luego de evalua-das las propuestas económicas, el mismo que se calculará obteniendo el 20% del factor, en porcenta- je, que resulte de dividir el valor del componentenacional, entre el valor total de la propuesta del pos-tor. Para efectos de comparación de ofertas el mar-gen de preferencia se deducirá de la propuesta delpostor. Artículo 4º.- De los requisitos para acceder a los beneficios establecidos en la presente Ley Para efectos de gozar los beneficios establecidos en la presente Ley, el postor deberá presentar una DeclaraciónJurada donde conste, además de lo señalado por el Regla-