Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2004 (04/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, viernes 4 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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Visto el Oficio Nº 403-2004-JUS/DM del Despacho Ministerial del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 272-2003PCM se designo a la senora abogada MORDAZA Rouillon Gallese como representante del Ministerio de Justicia ante la Comision Nacional de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos; Que, es necesario dar por concluida dicha designacion debiendo designarse al funcionario que asumira la representacion del Ministerio de Justicia ante la Comision Nacional de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27594, el Decreto Supremo Nº 111-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion de la senora abogada MORDAZA ROUILLON GALLESE como representante del Ministerio de Justicia ante la Comision Nacional de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante del Ministerio de Justicia ante la Comision Nacional de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 10481

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779, y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes contra SEPROCOM S.R.L., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 10482

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra empresa de natacion por perjuicio economico ocasionado al Instituto Peruano del Deporte
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 155-2004-PCM
MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2004 Visto el Oficio Nº 276-2004-PCM/PRO.-500 del Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Informe Nº 036-OAJIPD-2004 de la Jefa de la Oficina General de Asesoria Juridica del Instituto Peruano del Deporte - IPD; CONSIDERANDO: Que, mediante Convenio de Cesion en Uso, el Instituto Peruano del Deporte - IPD se obligo a otorgar en uso las piscinas de los Complejos Deportivos del IPD, a la empresa Natacion A. MORDAZA MORDAZA O. para el desarrollo de Programas de Natacion durante la temporada de MORDAZA comprendida del 7 de enero al 15 de MORDAZA de 2002; Que, en virtud del referido Convenio, la empresa usuaria se obligaba a asumir los gastos que por administracion, mantenimiento y servicios generales se ocasionen en la conduccion de las piscinas de los Complejos Deportivos del IPD; Que, el numeral 1 de la parte "Conclusiones" del Informe Nº 069-OAI-IPD-2002 del Organo de Auditoria Interna del Instituto Peruano del Deporte - IPD, senala que se ha establecido que la deuda pendiente de la empresa usuaria, por concepto de consumo de luz, agua y servicio de vigilancia, mas los intereses acumulados al 26.8.2002, ascienden a la suma de S/. 55 696,54. Dicho adeudo al no haber sido cancelado oportunamente, ha causado un perjuicio economico al IPD, por lo que resulta pertinente autorizar la interposicion de las acciones judiciales pertinentes; Que, el articulo 7º de la Ley Nº 28036, Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte, adscribe al Instituto Peruano del Deporte - IPD al Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros como organismo publico descentralizado; Que, estando a lo dispuesto por el inciso f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, es atribucion del Sistema emitir, como resultado de las acciones de control efectuadas, los informes respectivos con el debido sustento tecnico y legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos informes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra persona juridica por incumplimiento de pago en perjuicio del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 151-2004-PCM
MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2004 Visto, el Oficio Nº 350-2004-PCM/PRO.-500 del Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Oficio Nº 393-2004GG/IRTP de la Gerente General (e) del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Legal Nº 033-2004-OGAL/IRTP del Director General de Asesoria Juridica del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP, SEPROCOM S.R.L. y el Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP, suscribieron el contrato de compraventa y suministro de espacios publicitarios Nº 0266 de fecha 18 de agosto de 1999 por la difusion publicitaria en Television Nacional del Peru los dias sabados de 20.00 a 21.00 horas, por el periodo comprendido entre el 15 de agosto de 1999 y el 15 de enero de 2000, estableciendose como precio total S/. 2 950,00, incluido IGV; Que, asimismo, en el mencionado Informe Legal se indica que se han efectuado reiteradas gestiones administrativas con la finalidad de hacer efectivas las Facturas Nºs. 018-0418 y 018-0434, por el valor de S/. 590,00, cada una, sin resultados positivos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2003-PCM se adscribio al Instituto de Radio y Television del Peru - IRTP al Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros como un organismo publico descentralizado; Que, en tal sentido, resulta pertinente en resguardo del interes publico autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que interponga las acciones judiciales correspondientes;

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