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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G36/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 16 de junio de 2004 Señor Luis Monroy Rojas Pasajes : US$ 289,51 Viáticos : US$ 600,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24 Señorita Viviana Sánchez Alfaro Pasajes : US$ 289,51 Viáticos : US$ 600,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24 Artículo 3º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cual-quier clase o denominación a favor de los representantescuyos viajes se autoriza. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 11381 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G61/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G6F/G20/G6E/G6F/G20/G72/G65/G65/G6D/G62/G6F/G6C/G2D /G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/GC1/G72/G65/G61/G73/G4E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G2D/G20/G46/G61/G73/G65/G20/G49/G49/G2C/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G67/G6F/G2D/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G61/G6C/G65/G6D/GE1/G6E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 057-2004-EF Lima, 11 de junio de 2004 CONSIDERANDO:Que, el Gobierno de la República Federal de Alemania, a través del Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW, otorgará un aporte financiero no reembolsable al Gobierno de la República del Perú hasta por EUR 7 000 000,00 (sietemillones y 00/100 Euros), para financiar el “Programa ÁreasNaturales (PAN) - Fase II”, cuya ejecución estará a cargodel Pro Fondo Nacional para Areas Naturales Protegidaspor el Estado - PROFONANPE; Que, resulta necesario formalizar la aceptación del re- ferido aporte financiero no reembolsable, así como autori-zar la suscripción del Contrato de Aporte Financiero y deEjecución del Proyecto respectivo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, el Decreto Legislativo Nº 719 y la Ley Nº 27692; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar el aporte financiero no reembol- sable a ser otorgado por el Gobierno de la República Fede- ral de Alemania, a través del Kreditanstalt für Wiederau-fbau - KfW, al Gobierno de la República del Perú hasta porEUR 7 000 000,00 (siete millones y 00/100 Euros) parafinanciar el “Programa Áreas Naturales (PAN) - Fase II”,cuya ejecución estará a cargo del Pro Fondo Nacional para Áreas Naturales Protegidas por el Estado - PROFONAN- PE. Artículo 2º.- Autorizar al Ministro de Economía y Fi- nanzas, o a quien él designe, a suscribir el Contrato deAporte Financiero y de Ejecución del Proyecto respectivo,en representación de la República del Perú, así como al Director General de Crédito Público del Ministerio de Eco- nomía y Finanzas a suscribir los demás documentos quese requieran para implementar el citado Contrato.Artículo 3º.- El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Crédito Público,traspasará al PROFONANPE los recursos provenien-tes del aporte financiero no reembolsable que se acep-ta en el artículo 1º de la presente norma legal, median-te un Convenio de Traspaso de Recursos, en el que se fijarán las condiciones del traspaso. Dicho Convenio será aprobado por Resolución Ministerial de Economíay Finanzas. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 11386 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G53/G55/G4E/G41/G54/G20/G79/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6E/G65/G67/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G2D/G76/G61/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G61/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G2D/G62/G72/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 058-2004-EF Lima, 11 de junio de 2004 Visto el Oficio Nº 228-2004-SUNAT/300000, de fecha 9 de junio de 2004 del Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas de la Superintendencia Nacional de Admi-nistración Tributaria -SUNAT-, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, del 14 al 18 de junio de 2004, se desarrollará en la ciudad de Atlanta, Estados Unidos de América, la Segun-da Ronda de Negociaciones para la suscripción del Trata-do de Libre Comercio con los Estados Unidos de América; Que, en el Tratado de Libre Comercio con el referido país, se discutirán temas sobre procedimientos aduaneros y en materia de origen que implicarán asumir compromi-sos que redundará en el desarrollo de las funciones de laSUNAT, vinculadas a las actividades aduaneras de comer-cio exterior, por lo que es importante que en el procesonegociador participe SUNAT; Que, en tal sentido, SUNAT ha designado a los seño- res Jaime Américo Venero Muñiz y Jorge VillavicencioMerino, funcionarios de la Intendencia Nacional de Técni-ca Aduanera, para que participen en la mencionada Ron-da; Que, en consecuencia, y siendo de interés para el país, es necesario autorizar dichos viajes, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al Presupuesto de la SuperintendenciaNacional de Administración Tributaria -SUNAT-; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128 y el DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje de los señores Jaime Américo Venero Muñiz y Jorge Villavicencio Merino, fun- cionarios de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanerade la Superintendencia Nacional de Administración Tribu-taria -SUNAT-, a la ciudad de Atlanta, Estados Unidos deAmérica, del 12 al 19 de junio de 2004, para los fines ex- puestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, será con cargo al Presu-puesto de la Superintendencia Nacional de AdministraciónTributaria - SUNAT -, de acuerdo al siguiente detalle: