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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (18/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G38/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 18 de junio de 2004 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- De las Resoluciones Ministeriales aplica- bles a las Direcciones Regionales y Sectoriales. Las disposiciones complementarias que dictarán los respectivos Ministerios para las Direcciones Regionales Sectoriales, resultarán aplicables a partir de la publicaciónde la respectiva Resolución Ministerial. Las disposiciones complementarias que se encuentren vigentes resultarán aplicables en tanto no se opongan a los lineamientos apro-bados por el presente Decreto Supremo. Segunda.- Empresas bajo el ámbito de FONAFE.- El FONAFE deberá publicar la Directiva sobre aproba- ción del CAP de las empresas bajo su ámbito, en un plazo de 30 días contados a partir de la publicación del presente Decreto Supremo. La Directiva señalada podrá establecer límites meno- res a los establecidos en el artículo 11º incisos c) y d). Tercera.- Del límite para el personal administrativo y de apoyo. Las entidades públicas cuyo CAP exceda el límite esta- blecido en el inciso d) del artículo 11º de los presentes linea- mientos, deberán adecuarse al límite establecido en dichoartículo. El plazo para la adecuación culminará el 31 de mayo de 2005, a partir de dicha fecha no procederá la aprobación de ningún CAP que incumpla con dicho requerimiento. Cuarta.- De la clasificación de cargos. Aquellos CAP que se aprueben con anterioridad a la clasificación de cargos a que se refiere el artículo 9º en sus numerales 9.1, 9.2 y 9.3 de los presentes lineamien-tos, deberán adecuarse a dicha clasificación. En el caso de las Universidades Públicas a partir de la vigencia de la clasificación de cargos que apruebe la Asam-blea Nacional de Rectores, la aprobación de los CAP de- berá contar con su opinión técnica previa. Quinta.- De la adecuación de los documentos de gestión institucional. Los CAP deberán adecuarse a lo dispuesto en los pre- sentes lineamientos. No procederá la aprobación de CAP de aquellas entidades que carezcan de un ROF vigente. Los formatos y anexos de los presentes lineamientos serán publicados en el portal electrónico de la Presidencia del Consejo de Ministros www.pcm.gob.pe. 11585 /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G61/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G56/G6F/G2D /G63/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G61/G6C/G61/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G70/G65/G2D/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G43/G6F/G6D/G70/G65/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G70/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G49/G6E/G74/G65/G6C/G65/G63/G2D/G74/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G4E/G44/G45/G43/G4F/G50/G49 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 213-2004-PCM Lima, 16 de junio de 2004CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 021-2002-ITINCI se designó al señor Santiago Francisco Roca Tavella en el cargode Vocal de la Sala de Defensa de la Competencia del Tribu- nal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelec- tual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y dela Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; Que, resulta pertinente dar por concluida la designación efectuada por la Resolución Suprema antes mencionada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25868, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del se- ñor SANTIAGO FRANCISCO ROCA TAVELLA al cargo de Vocal de la Sala de Defensa de la Competencia del Tribu- nal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Inte-lectual, del Instituto Nacional de Defensa de la Competen- cia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDE- COPI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 11590 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G63/G6F/G6E/G6F/G6D/GED/G61 /G79/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G2C/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61/G2C/G20/G46/G72/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G79/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G73/G75/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G4D/G69/G2D /G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G79/G20/G4D/G69/G6E/G61/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G41/G67/G72/G69/G63/G75/G6C/G74/G75/G72/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 214-2004-PCM Lima, 16 de junio de 2004CONSIDERANDO: Que, el señor Pedro Pablo Kuczynski Godard, Ministro de Economía y Finanzas, viajará a la ciudad de Santiago, Repúblicade Chile, del 17 al 18 de junio de 2004, por invitación del Ministro de Hacienda de Chile, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 21 al 22 de junio de 2004, para atender la invitación del Minis-tro de Economía y Hacienda de España, a las ciudades de París y Versalles, República Francesa, del 23 al 25 de junio de 2004, para iniciar las conversaciones preliminares para el reperfilamientode la deuda con los miembros del Club de París y asistir como invitado por el Institute of International Finance Inc. de Versalles, y a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 28 al29 de junio de 2004, con la finalidad de atender asuntos relacio- nados con funciones propias de su cargo; Que, en tal sentido es necesario autorizar los viajes en mi- sión oficial, así como los gastos por concepto de pasajes en la parte que corresponda, viáticos y tarifa CORPAC, que serán de cargo del presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 Administra-ción General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo es necesario encargar la Cartera de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27619, el inciso k) del artículo 15ºde la Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar los viajes en misión oficial del Ministro de Economía y Finanzas, señor Pedro Pablo Ku-czynski Godard, a las ciudades de Santiago, República de Chile, Madrid, Reino de España, París y Versalles, Repú- blica Francesa y Nueva York, Estados Unidos de América,del 17 al 29 de junio de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al presupuesto de la Uni- dad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : US$ 1 250,00 Pasajes : US$ 3 780,69 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24 Artículo 3º.- Encargar la Cartera de Economía y Finanzas al señor JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN, Ministro de Energía yMinas, hasta el 25 de junio de 2004 y al señor ÁLVARO QUI- JANDRÍA SALMÓN, Ministro de Agricultura, a partir del 26 de junio de 2004 y mientras dure la ausencia del Titular. Artículo 4º.- La presente norma no da derecho a exo- neración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 11591