Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2004 (18/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 18 de junio de 2004

JUSTICIA
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delitos contra la administracion publica y la fe publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 272-2004-JUS MORDAZA, 15 de junio de 2004 Visto el Oficio Nº 2347-2003-JUS/PPMJ, de fecha 30 de diciembre del 2003, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, Registros Nº 0005 y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 239-2003-INPE/07, de fecha 23 de diciembre del 2003, la Oficina General de Asesoria del Instituto Nacional Penitenciario, remite a la Procuraduria Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, la documentacion sobre indicios de comision de delito, a efecto que se expida la Resolucion Ministerial que autorice iniciar las acciones penales contra las personas que resulten responsables por la supuesta comision de los delitos contra la Administracion Publica en la modalidad de usurpacion de funcion publica, y contra la Fe Publica en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y penado en los articulos 361º y 428º de nuestro ordenamiento penal sustantivo; Que, mediante el informe precedente, se da cuenta sobre irregularidades en la tramitacion de los informes psicologicos de uno de los internos del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Ordinario - Lurigancho, emitidos por funcionarios de dicho establecimiento penitenciario, sustituyendose evaluaciones negativas por informes favorables, con la intencion de favorecer en la MORDAZA del referido interno; hechos que se ven corroborados mediante Resolucion Presidencial del Instituto Nacional Penitenciario Nº 532-2003-INPE/P; Que, en ese sentido, y en estricta atencion a lo solicitado por la Procuraduria Publica del Ministerio de Justicia, en su Oficio Nº 2347-2003-JUS/PPMJ, de fecha 30 de diciembre del 2003, y en virtud a los hechos que se desprenden del informe precedente, y con el objeto de reunir las pruebas de la presunta comision de los delitos contra la Administracion Publica y contra la Fe Publica, y las circunstancias en que se habrian realizado, corresponde recurrir a la via judicial para establecer la distinta participacion que hayan tenido los autores y otros en la ejecucion del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso al Procurador Publico mencionado, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 11494

Visto los Oficios Nº 2343-2003, de fecha 30 de diciembre del 2003 y Nº 062-2004-JUS-PPMJ, de fecha 13 de enero del 2004, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, Registros Nºs. 0006, 0042 y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante los Informes Nº s. 240 y 226-2003-INPE07, de fechas 23 de diciembre y 26 de noviembre del 2003, respectivamente, la Oficina General de Asesoria Juridica del Instituto Nacional Penitenciario, remite a la Procuraduria Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, la documentacion sobre presunta responsabilidad civil, a efectos de que se expida la Resolucion Ministerial que autorice iniciar las acciones legales correspondientes, a fin que se declare la nulidad de las Resoluciones Directorales Nº s. 338-89, 535-90, 626-91 y 1160-93-INPE-OPER; Que, mediante los informes precedentes, se ha determinado, que mediante Resolucion Directoral Nº 338-89INPE-OPER, de fecha 19 de diciembre de 1989, Resolucion Directoral Nº 535-90-INPE-OPER, de fecha 27 de diciembre de 1990, Resolucion Directoral Nº 0626-91, de fecha 8 de noviembre de 1991 y Resolucion Directoral Nº 1160-93INPE-OPER, de fecha 29 de octubre de 1993, se resuelve la incorporacion y el reconocimiento, de las pensiones de cesantia, sin haberse tomado en cuenta que a la fecha en que entro en vigencia el Decreto Ley Nº 20530, los ex servidores publicos no se encontraban laborando en forma real, efectiva y remunerada conforme al regimen de la actividad publica de la Ley Nº 11377 y Decreto Legislativo Nº 276; Que, dichas resoluciones fueron emitidas dentro de la vigencia del Reglamento de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-67SC, MORDAZA que no preveia la prescripcion como si lo hace la vigente Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 en su articulo 202º inciso 4); que no es aplicable al caso en razon al MORDAZA de irretroactividad de la ley, concordante con los articulos 103º y 109º de la Constitucion Politica del Peru; por lo que se afecta el interes publico y lesionan los intereses del Estado, habiendo sido expedidas en contravencion a las leyes y normas reglamentarias, incurriendo en nulidad; Que, siguiendo el MORDAZA de celeridad y de conformidad con el articulo 149º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, procede acumular dichos expedientes, en tanto guardan conexion entre si; Que, en ese sentido, y en estricta atencion a lo solicitado por la Procuraduria Publica del Ministerio de Justicia, en sus Oficios Nº 2343-2003, de fecha 30 de diciembre del 2003 y Nº 062-2004JUS-PPMJ, de fecha 13 de enero del 2004, y en virtud a los hechos que se desprenden de los Informes Nº 240-2003-INPE07, de fecha 23 de diciembre del 2003 y Nº 226-2003-INPE-07, de fecha 26 de noviembre del 2003, respectivamente; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia, el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso al Procurador Publico mencionado, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 11495

Autorizan a procurador iniciar acciones legales para que se declare la nulidad de las RR.DD. Nº s. 338-89, 535-90, 626-91 y 1160-93-INPE-OPER
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 273-2004-JUS MORDAZA, 15 de junio de 2004

Nombran Notario Publico del distrito de San MORDAZA, Distrito Notarial de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 274-2004-JUS MORDAZA, 15 de junio de 2004

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