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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G31/G30/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 21 de junio de 2004 de Procesos Administrativos Disciplinarios, por el cual alcanza el Acta sobre la resultados de los análisis efec-tuados a los descargos efectuados con relación a losProcesos Administrativos Disciplinarios instaurados a losex Servidores y a los Servidores activos de esta Munici-palidad Provincial inmersos en el Informe Nº 125-2003- CG/ORPÍ, con cargo directivo; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 090- 2004-MPH/A, de fecha 15 de enero del 2004, se designa la nueva Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios "CEPAD", a la misma que fueron deriva-dos los actuados de los procesos en los cuales estáninmersos algunos ex servidores así como ciertos traba-jadores activos de esta Municipalidad Provincial, concargo directivo; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 0055-2004-MPH/ A, de fecha 15 de enero del 2004, se instauró ProcesoAdministrativo Disciplinario al ex Director de ServiciosTécnicos, arquitecto Julio Ricardo Espinoza Guzmán, porla falta de control durante la ejecución de la obra "Cons-trucción de Graderías y Camino Peatonal Sector CRAS - Huancabamba", inobservando el artículo 41º del ROF vigente a la fecha en que sucedieron los hechos; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios comunica, que el procesado no ha pre-sentado sus descargos, habiendo tomado como referen-cia para analizar su caso el Informe Nº 125-2003-CG/ ORPI; donde se le imputan los siguientes cargos: a) Irregularidades durante la construcción y retraso en el plazo de ejecución de la Obra "Construcción deGraderías y Camino Peatonal Sector CRASS - Huanca-bamba", lo cual ocasionó un perjuicio económico a la Municipalidad Provincial Huancabamba, por el importe de S/. 4,775.83 Nuevos Soles, encontrando responsabili-dad administrativa por la falta de control durante la eje-cución de la obra inobservando el artículo 41º del Re-glamento de Organización y Funciones vigente a esafecha. b) Irregularidades durante el proceso de Adjudicación, ejecución y liquidación de la obra "Construcción PuenteAgropecuario Huancabamba", ocasionando un perjuicioeconómico de S/. 725.56 Nuevos Soles, encontrandoresponsabilidad administrativa por la inconsistencia enel monto del presupuesto base de la obra, por los he- chos fraudulentos sobre la participación al postor "W CARTY S. R. L.", por la falta de control durante la ejecu-ción de la obra, por la falta de planes de replanteo final ypor inacción frente a la falta de recepción y liquidaciónde la obra. Por lo antes expuesto, la Comisión Especial reco- mienda al titular el Pliego cesar temporalmente al proce-sado arquitecto Julio Ricardo Espinoza Guzmán ex Di-rector de Servicios Técnicos para el ejercicio de la fun-ción pública por el lapso de sesenta (60) días, en aplica-ción del artículo 21º, incisos a), b), d) y g), artículo 26º inciso c) del Decreto Legislativo Nº 276, proponiendo a su vez que a través de la Oficina de Asesoría Legal seinicien las acciones legales con la finalidad de recuperarel importe de S/. 725.56 y S/. 4,775.83 Nuevos Soles enforma solidaria con los implicados de acuerdo a las ob-servaciones a) y b); Estando a las conclusiones finales de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios con-tenidas en el Acta del documento del visto, a la opiniónLegal Nº 060-2004-MPH/A, a lo tipificado por el DecretoLegislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado con el D.S.Nº 005-90-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- SANCIONAR al arquitecto JULIO RICARDO ESPINOZA GUZMÁN ex Director de Servi- cios Técnicos de la Municipalidad Provincial Huancabam- ba, inhabitándolo por el lapso de sesenta (60) días parael ejercicio de la función pública, por haber incurrido en falta de carácter administrativo según se detalla en laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Oficina de Ase- soría Legal inicie las acciones legales que correspon-dan para recuperar el importe total de S/. 5,501.39 Nue- vos Soles en forma solidaria con los implicados en el presente caso. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR la presente Reso- lución a la Contraloría General de la República, a la Ofi-cina de Control Institucional, a la Comisión Especial deProcesos Administrativos y publicarla en el Diario Ofi- cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. VALENTÍN QUEVEDO PERALTA Alcalde 11711 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 148-2004-MPH/A. Huancabamba, 12 de mayo del 2004. VISTO: El Oficio Nº 010-2004-MPH-CEPAD/P, signado con el registro Nº 361-MPH/A, de fecha 11 de mayo del2004, presentado por el Presidente de la ComisiónEspecial de Procesos Administrativos Disciplinarios,por el cual alcanza el Acta sobre los resultados de los análisis efectuados a los descargos efectuados con relación a los Procesos Administrativos Discipli-narios instaurados a los ex Servidores y a los servi-dores activos de esta Municipalidad Provincial inmer-sos en el Informe Nº 125-2003-CG/ORPI, con cargodirectivo. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 090- 2004-MPH/A, de fecha 29 de marzo del 2004, se desig-na la nueva Comisión Especial de Procesos Admi- nistrativos Disciplinarios, a la misma que fueron deriva- dos los actuados de los procesos en los cuales estáninmersos algunos ex servidores, así como ciertostrabajadores activos de esta Municipalidad Provincialcon cargo directivo; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 0055-2004-MPH/ A, de fecha 15 de enero del 2004, se instauró Proceso Administrativo Disciplinario al ingeniero Arturo Corona-do Peralta, ex Director de Servicios Técnicos e Inspectorde la Obra "Construcción de Graderías y Camino Peato-nal Sector CRASS - Huancabamba"; por haber las irre-gularidades presentadas durante el proceso de ejecu- ción de la obra, la multa por mora no aplicada al contra- tista y por la suscripción del Acta de recepción de Obrasin aplicar la normatividad vigente, y en su calidad de exDirector de Servicios Técnicos y Miembro de la Comi-sión de recepción y Adjudicación de Obras, por la incon-sistencia en el monto del presupuesto Base de la Obra "Construcción Puente Agropecuario Huancabamba", por los hechos fraudulentos sobre la participación del Pos-tor " W CARTY S.R. Ltda."; Que, en el Acta contenida en el oficio del visto, se aprecia que el procesado no presentó sus descargos ala Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, por lo que se tomó como referencia el In- forme Nº 125-2003-CG/ORPI, en el cual se le imputanlas siguientes observaciones: a) Como ex inspector de la Obra Construcción de Gra- derías y Camino Peatonal Sector CRASS-Huancabamba,se le encontró responsabilidad por las irregularidadespresentadas durante el proceso de ejecución de la Obra,la multa por no aplicada al contratista y por la suscrip- ción del Acta de Recepción de obra sin aplicar la norma- tividad vigente.