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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G30/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 21 de junio de 2004 2.2.3.2 MAYOR LONGITUD DE LA LÍNEA L-252 En el anexo Nº 2 del Informe, ETESELVA presenta un croquis, aclaratorio, según menciona, indicando quela longitud real de la línea L-252 "Tingo María-Vizcarra"es de 173.476 Km y no 173.24 Km como lo ha conside- rado el OSINERG. Al respecto, dicho croquis no constituye prueba de que la longitud eficiente de la referida línea sea de 173.476 Km,pues se reitera que la longitud considerada por el OSINERGpara la línea L-252, se sustenta en el análisis efectuadopor la empresa consultora CESEL, el mismo que concluye que la longitud de la referida línea L-252 es de 173,24 Km. Dicho análisis tomó como base la lista de construcción PE-LITR-5051 del tramo II, Tingo María-Paramonga, según lacual, a la distancia acumulada hasta la torre de derivaciónT364 se le ha incrementado, bajo criterios de eficiencia, lalongitud del tramo hasta la subestación Vizcarra. ETESELVA debe tener presente que en el trazo óptimo de una línea de transmisión que se reconoce para un Sis-tema Económicamente Adaptado, no corresponde consi-derar ineficiencias como aquellos tramos de línea que sehan originado debido a correcciones de diseño o a la sub-sanación de casos de invasión de servidumbre, según lo menciona la recurrente, que de acuerdo a la legislación vigente son de exclusiva responsabilidad de la titular. 2.2.3.3 COSTOS DE OPERACIÓN.ETESELVA señala en su Informe, que en la subesta- ción Aguaytía, las empresas Termoselva y ETESELVA, manejan la operación de sus instalaciones en forma in-dependiente, ocurriendo lo mismo para el caso donde eloperador principal es otra empresa, por cuanto las fun-ciones son independientes. Como sustento presenta enel Anexo Nº 3 del Informe, el organigrama del contrato de operación y mantenimiento de las instalaciones de ETESELVA a cargo de REP. Sobre este aspecto, se tiene entendido que el orga- nigrama que forma parte del contrato de operación y man-tenimiento de las instalaciones de ETESELVA a cargode REP, corresponde a la designación de los responsa- bles de estas actividades, pero no necesariamente sig- nifica que dicho personal está dedicado exclusivamentea la operación y mantenimiento de las instalaciones deETESELVA, pues de lo contrario no se estaría efectivi-zando el criterio de economía de escala. 2.2.3.4 COSTOS DE MANTENIMIENTO ETESELVA precisa en su informe, que la actividad "Reparación de Bases de Torres" está referida al cambiode Stubs o Parrillas para mantener las patas de las to-rres en perfecto estado, lo cual no está incluida en la actividad "Mantenimiento de Defensas y Servidumbres" como lo ha sostenido el OSINERG. La recurrente consi-dera que el OSINERG debe incluir por separado el gas-to de la tarea de reparación de torres. Dada la precisión hecha por ETESELVA, debe seña- larse que el cambio de Stubs o Parrillas obedece espe- cíficamente a la corrección de una deficiencia en el dise- ño de la torre o de las obras de defensa de la torre y/odeficiencia en el mantenimiento de dichas defensas. Enese sentido, el cambio de Stubs o Parrillas no es unaactividad de mantenimiento que obedezca a un diseñoeficiente de las instalaciones de transmisión. 2.2.3.5 COSTOS DE GESTIÓN ETESELVA señala en su Informe que debido al con- trato de operación y mantenimiento suscrito con REP, hadisminuido considerablemente el número de personal ad- ministrativo que planteaba en sus anteriores propuestas tarifarias, por lo que los costos de gestión ahora propues-tos corresponden a los resultantes en el marco del indi-cado contrato de servicios suscrito con REP. Agrega quelas remuneraciones que se le ha reconocido son muchomenores a las consideradas por el OSINERG para otras empresas de transmisión tales como Redesur y Trans- mantaro. Se reitera que la evaluación de los Costos de Gestión efectuada por el OSINERG, se sustenta sobre criterios deeficiencia que consideran la posibilidad de tercerizar las actividades de operación y mantenimiento que por eco-nomía de escala es conveniente sean encargadas a losoperadores principales de las instalaciones. En cuanto alos montos de los sueldos, el OSINERG ha tenido en cuen-ta para la presente regulación del SST de ETESELVA, al igual que para otras titulares de transmisión similares, la homologación de sueldos sobre la base de las remunera-ciones promedio consideradas en estudios de remunera-ciones y sueldos en el mercado del sector eléctrico. 2.2.3.6 COSTOS DE SEGUROS ETESELVA solicita se considere para los costos de seguros un monto equivalente al 0.55% del Valor Nuevode Reemplazo. Para sustentar su apreciación, anexa unacarta de Aguaytía Energy del Perú S.R.L. sobre la reno-vación de la Póliza de Seguros conjunta de Aguaytía, Termoselva y ETESELVA, a la que acompaña copias de facturas de la compañía de seguros Rimac Internacionalpresentadas a ETESELVA. En principio, los indicados documentos no permiten deducir el valor de los activos asegurados que pertenez-can exclusivamente a ETESELVA y no se demuestra que el porcentaje determinado por ésta corresponda a los cos- tos de seguro promedio de mercado. El OSINERG, con basede un análisis de costos de primas de seguro, para instala-ciones eléctricas similares, ha determinado que el valorpromedio de mercado para la prima de seguro contra todoriesgo es de 0,39%, conforme se ha sustentado en el Anexo B del Informe OSINERG-GART/DGT 018A-2004. Por las razones expuestas anteriormente, este extre- mo deviene en infundado. 2.3 TRANSGRESIÓN DE PRINCIPIOS ADMINIS- TRATIVOS Que, ETESELVA ha señalado que el OSINERG ha violado su derecho a la no discriminación, a la propie-dad y al debido procedimiento, consagrados en el nume-ral 2 del artículo 2, en el tercer párrafo del artículo 60º, en el artículo 70º y en el numeral 3 del artículo 139º de la Constitución Política del Estado 3, y en el primer párrafo 3Lo citado de la Constitución Política del Estado, es lo siguiente: Artículo 2º.- Derechos fundamentales de la persona Toda persona tiene derecho:(...) 2) A la igualdad ante la ley.- Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cual-quiera otra índole. Artículo 60º.- Pluralismo Económico (...) La actividad empresarial, pública o no pública, recibe el mismo tratamiento legal. Artículo 70º .- Inviolabilidad del derecho de propiedad El derecho de propiedad es inviolable. El Estado lo garantiza. Se ejerce enarmonía con el bien común y dentro de los límites de ley. A nadie puede privarse de su propiedad sino , exclusivamente, por causa de seguridad nacional o necesidad pública, declarada por ley, y previo pago en efectivode indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventualperjuicio. Hay acción ante el Poder Judicial para contestar el valor de lapropiedad que el Estado haya señalado en el procedimiento expropiatorio. Artículo 139º .- Principios de la Administración de Justicia Son principios y derechos de la función jurisdiccional:(...)3. La observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional. Ninguna persona puede ser desviada de la jurisdicción predeterminada porla ley, ni sometida a procedimiento distinto de los previamente estableci- dos, ni juzgada por órganos jurisdiccionales de excepción ni por comisio- nes especiales creadas al efecto, cualquiera sea su denominación.