Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (27/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 76

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G34/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 27 de junio de 2004 Losas que cuentan con baños y/o camerinos, de mayor tarifa de alquiler, por los gastos de mantenimiento, costo de agua y luz eléctrica. Estando en la facultad resolutiva establecida en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Artículo 20, Nu- meral 6 y con los Vistos Buenos de la Subgerencia de De- sarrollo Humano, Gerencia de Bienestar Social y Desarro-llo Humano, Gerencia Central de Servicios Locales y la Oficina de Asesoría Jurídica; RESUELVE Artículo Primero.- Aprobar las tarifas para el uso de losas del Sector Dos de Santiago de Surco. 1. Para losas que no cuentan con baños , camerinos y luz eléctrica: Beneficiarios Unidad de Costo S/. medida Niños Hasta 14 años Gratuito Jóvenes y escolares de 15 a 17 años Por hora 5.00 Vecinos : Por hora 12.00 Otros usuarios: Por hora 15.00 2. Para losas que cuentan con baños, camerinos y luz eléctrica : Beneficiarios Unidad de Costo S/. medida Niños Hasta 14 años Gratuito Jóvenes y escolares: 15 a 17 años Por hora: 5.00 Vecinos : Por hora de día 15.00Vecinos : Por hora de noche 20.00 Otros usuarios: Por hora de día 18.00 Otros usuarios: Por hora de noche 24.00 Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la pre- sente Resolución a la Gerencia de Bienestar Social y De- sarrollo Humano a través de Subgerencia de Desarrollo Humano. Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina de Secreta- ría General efectúe la publicación de la presente Resolu- ción. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 12141 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G6F/G62/G72/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G73/G69/G74/G61/G73 /G67/G75/G69/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G6C/G20/G41/G72/G63/G6F/G20/G4D/G6F/G72/G69/G73/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G61/G72/G71/G75/G65/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G41/G6D/G69/G73/G74/G61/G64 RESOLUCIÓN Nº 570-2004-RASS Santiago de Surco, 24 de junio de 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Municipa- lidades representan al vecindario, promueven la adecuadaprestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral sostenido y armónico de su circunscripción; Que, teniendo en consideración que el Arco Morisco ubicado en el Parque de la Amistad “Maria Graña Ottone”, es un monumento histórico y artístico producto del legado de la colonia española en nuestro país; Que, de conformidad a lo dispuesto en los numerales 12º y 15º del Articulo 82º de la citada Ley, las municipalida- des en materia de educación, cultura, deportes y recrea-ción, tienen como competencias y funciones específicas compartidas con el gobierno nacional y el regional, el pro- mover la protección y difusión del patrimonio cultural de lanación, dentro de su jurisdicción, y la defensa y conserva- ción de los monumentos arqueológicos, históricos y artís-ticos, colaborando con los organismos regionales y nacio- nales competentes para su identificación, registro, control, conservación y restauración, así como fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, encooperación con las entidades competentes; Que, según lo previsto en el cuarto párrafo del articulo 37º de la Ley del Procedimiento Administrativo General -Ley Nº 27444, para aquellos servicios que no sean presta- dos en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costoscorrespondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean del público conoci- miento; Estando a la Propuesta de Estimación de Costos por el Servicio de Visitas Guiadas al Arco de la Amistad conteni- da en el Memorandum Nº - 099-2004-OPE-MSS de la Ofi-cina de Proyectos Especiales, los Informes Nº -s. 229-2004- SGDH-GBSDH-GCSL-MSS de la Subgerencia de Desa- rrollo Humano, 275-2004-GAT-GCAR-MSS de la Gerenciade Administración Tributaria y 943-2004-OAJ-MSS de la Oficina de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar el cobro por el servicio de visitas guiadas al Arco Morisco del Parque de la Amistad, cuyo valor será de S/. 1.00 (Un Nuevo Sol y 00/100). Dicho ser- vicio consistirá en un recorrido turístico-educativo al inte-rior del Arco, con una duración aproximada de 30 minutos. Artículo 2º .- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia Central de Servicios Locales, através de la Gerencia de Bienestar Social y Desarrollo Humano, así como a la Gerencia Central de Administra- ción y Rentas, mediante la Gerencia de Administración yla Gerencia de Finanzas respectivamente. Artículo 3º .- Encargar a la Secretaría General la publi- cación de la presente Resolución en el Diario Oficial ElPeruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 12127 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G2D /G6E/G61/G72/G20/G66/G6C/G6F/G74/G61/G20/G79/G20/G70/G61/G72/G61/G64/G65/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73 /G6D/G65/G6E/G6F/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G6A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61 /G5A/G6F/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G30/G32/G20/G64/G65/G20/G4A/G6F/G73/GE9/G20/G47/GE1/G6C/G76/G65/G7A/G42/G61/G72/G72/G65/G6E/G65/G63/G68/G65/G61 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 028-2004/MVMT EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 125 de fecha 12.NOVIEM- BRE.2003 se regula el servicio de transporte de pasajeros y carga en vehículos menores en el distrito de Villa Maríadel Triunfo, cuyo artículo 6º precisa que el número de per- sonas jurídicas que prestarán el servicio estará sustenta- do en estudios técnicos, considerando la antigüedad delas que han estado prestando el servicio, la extensión de las zonas y otros parámetros específicos que determine la Entidad Municipal; Que, con Informes Nºs. 042-2004-DSP-MVMT y 129- 2004-DSP-MVMT la Dirección de Servicios Públicos alcan- za el estudio Técnico para la Zona de José Gálvez Barre-nechea de esta jurisdicción, el mismo que cuenta con el Informe favorable de la Oficina de Asesoría Legal Nº 122-