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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (27/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 60

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G34/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 27 de junio de 2004 Que, como producto de los trabajos de campo, de las acciones de control del servicio especial, y de la lectura de los dispositivos que regulan el mismo a nivel nacional y en esta jurisdicción, se ha determinado la necesidad de ade-cuar estos a los alcances de la normatividad vigente, así como de dotar a los funcionarios que se encargan de la gestión y de la fiscalización de este servicio, de las herra-mientas administrativas necesarias para lograr el objetivo de esta Municipalidad, que es el de garantizar al usuario del servicio especial, ordenado, seguro y ambientalmentecompatible con la salud de los pobladores del distrito; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972, Ley Ge-neral del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y demás normas pertinentes; debatido en el Pleno del Con-cejo, con la dispensa del tramite de lectura y aprobación del Acta y con el voto Mayoritario se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza del Ser- vicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y/o Car- ga en Vehículos Menores en el distrito de San Juan de Mi- raflores, que consta de V Títulos, 59 artículos, 12 Disposi-ciones Finales y Transitorias, y Anexo I (Cuadro de Infrac- ciones y Sanciones – Infracción de Persona Jurídica – In- fracción del Conductor); que forman parte integrante de lapresente Ordenanza. Artículo Segundo.- Deróguese la Ordenanza Munici- pal Nº 0011-2002-MDSJM de fecha 30.10.2002 y demásdisposiciones y normas municipales que contravengan la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. PAULO HERNÁN HINOSTROZA GUZMAN Alcalde ORDENANZA DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y/O CARGA EN VEHÍCULOS MENORES EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETIVO, FINALIDAD, BASE LEGAL Y ALCANCE Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular los aspectos técnicos y administrativos que nor- man la actividad del transporte público especial de pasaje-ros y/o carga en vehículos menores en el distrito de San Juan de Miraflores, garantizando las condiciones óptimas de calidad y seguridad para el servicio especial a favor delos usuarios. Artículo 2º.- La Municipalidad de San Juan de Miraflo- res aplicará la presente ordenanza en todo su ámbito juris-diccional. Artículo 3º. - La presente ordenanza se sustenta en las siguientes bases legales: a) Constitución Política del Perú, Art. 194º , Art. 195º, Incs.5) y 8). b) Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades Art. 9º Inc. 8) Art. 81 Inc. 3. c) Ley Nº 27181 – Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Art.18º d) Ley Nº 27189 – Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores. e) Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC - Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en vehículos Motorizados o No Motorizados modificado porDecreto Supremo Nº 009-2000-MTC. f) Decreto Supremo Nº 058-2003 MTC - Reglamento Nacional de Vehículos. g) Decreto Supremo Nº 043-2003-MTC. Establece Pla- zo de Suspensión de Otorgamiento de Permiso de Opera- ciones y otros. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Ordenan- za es obligatorio para todas las autoridades, policiales, po-líticas y/o militares, funcionarios y trabajadores de la Muni- cipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, así como para las personas jurídicas, propietarios y/o conductores que brindan el mismo, en vías del distrito. CAPÍTULO II DE LAS DEFINICIONES Artículo 5º.- Para la aplicación de la presente orde- nanza se entenderá por: 1. CERTIFICADO DE OPERACIÓN.- Documento in- transferible que autoriza al vehículo menor para que presteel servicio especial, luego de cumplir con los requerimien- tos señalados en la presente Ordenanza. 2. COMISIÓN TÉCNICA MIXTA.- Integrada por regido- res de la comisión de transporte, representantes de los transportadores autorizados, y representante de la policía Nacional del Perú, de acuerdo a la Quinta Disposición Com-plementaria del D.S. Nº 004-2000-MTC modificada por el D.S. Nº 009-2000-MTC 3. CONDUCTOR.- Persona calificada autorizada por la Municipalidad que es titular de licencia de conducir respectiva, que la faculta a conducir el vehículo menor. 4. CONSTATACIÓN DE CARACTERÍSTICAS.- Es la verificación de las condiciones básicas de carácter técni- co de las características originales del vehículo menor en concordancia con la tarjeta de propiedad, presentación in-terior y exterior del vehículo, que deben cumplir para la rea- lización optima del servicio especial; así como de las con- diciones técnicas de Seguridad que deben de reunir. 5. CREDENCIAL DEL CONDUCTOR.- Documento ex- pedido por la Municipalidad, que autoriza al conductor inte- grante de la persona jurídica autorizada a prestar el servi-cio especial. 6. DEPÓSITO MUNICIPAL.- Local Municipal del distrito adonde se remiten los vehículos por haber incurrido la per-sona jurídica y/o sus conductores y/o propietarios en infrac- ciones a las disposiciones que regulan el servicio especial u otras de alcance nacional o provincial, que conlleven comosanción accesoria, el internamiento de los mismos. 7. FLOTA.- Número de vehículos menores autorizados a la persona jurídica para prestar el servicio especial. 8. INCLUSIÓN DE VEHÍCULOS MENORES.- Proce- dimiento administrativo mediante el cual la persona jurídi- ca que cuenta con resolución de operación para prestarservicio especial solicita a la Municipalidad Distrital que le otorgó la referida autorización, la inclusión de vehículo(s) menor(es) en una cantidad que no exceda a la flota reque-rida para el servicio. 9. INCREMENTO DE VEHÍCULOS MENORES.- Pro- cedimiento administrativo mediante el cual la persona jurí-dica que cuenta con resolución de operación para prestar el servicio especial solicita a la Municipalidad Distrital que le otorgó la referida autorización, el incremento devehículo(s) menor(es) de acuerdo al estudio técnico co- rrespondiente. 10. INSPECTOR MUNICIPAL.- Persona designada por la Municipalidad para supervisar, fiscalizar y controlar el cumplimiento de las disposiciones que regulan el transpor- te y tránsito en la jurisdicción del Distrito. 11. LICENCIA DE CONDUCIR.- Documento otorgado por la autoridad competente a la persona natural para con- ducir vehículos menores con la categoría correspondiente. 12. MUNICIPALIDAD.- Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores. 13. ORDEN PRIORITARIO.- Secuencias de requisitos de calificación que en el orden establecido, se tendrán en cuenta cuando dos o más personas jurídicas soliciten pres- tar el servicio especial en una misma zona de trabajo y/oparadero. 14. ORGANIZACIÓN DE TRANSPORTADORES EN VEHICULOS MENORES.- Asociación de personas jurídi- cas autorizadas por la Municipalidad debidamente consti- tuidas e inscritas en los Registros Públicos y que agrupa a no menos de 40% del total de las personas jurídicas auto-rizadas. 15. PAPELETA DE INFRACCIÓN.- Constancia de ha- ber cometido, el conductor y/o propietario y/o persona jurí-dica autorizada o no, una o más infracciones previstas en la presente Ordenanza, que tiene como resultado la apli- cación de la multa y/o internamiento del vehículo en el De-posito Municipal. 16. PARADERO.- Zona de la vía pública, técnicamente calificada, autorizada por la Municipalidad para el estacio-