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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2004 (19/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 56

Pág. 264918 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de marzo de 2004 POR TANTO: Publíquese y cúmplase. Dado en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, sede del Gobierno Regional de Amazonas, a los ocho días del mes de marzo del dos mil cuatro. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente del Gobierno Regional de Amazonas 05527 GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC Aprueban Cuadro de Asignación de Per- sonal del Hospital Andahuaylas RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 013-GR.APURÍMAC/PR Abancay, 15 de enero de 2004 VISTO: El proyecto del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) del Hospital Andahuaylas, así como de los anexos que lo acompañan; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas de derechos público interno, con autonomía política, económica y administrativa en los asun- tos de su competencia constituyendo para su administra- ción económica y financiera un pliego presupuestal; Que, el literal h) del artículo 21º de la Ley Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902, Ley Orgánica de Gobier- nos Regionales, establece que "El Presidente del Gobier- no Regional tiene las siguientes atribuciones: Aprobar las normas reglamentarias de organización y funciones de lasdependencias administrativas del Gobierno Regional"; Que, de los documentos de vistos, el Hospital Subre- gional de Salud Chanka ha propuesto su Cuadro de Asig- nación de Personal, el cual contempla la provisión de 392 plazas actualizadas, la que resulta necesaria para optimi- zar la gestión institucional, de acuerdo a la nueva estructu- ra orgánica y funciones que le han sido asignadas; Que, dicha propuesta ha sido APROBADA según opi- nión favorable contenida en el Oficio Nº 005-2004- GR.APURÍMAC/GRPPAT de la Gerencia Regional de Pla- neamiento, Presupuesto y Demarcación Territorial, así como del Informe Nº 002-2004-GR-APSGDIEI su fecha 6 de enero del 2004 de la Oficina de la Subgerencia de De- sarrollo Institucional, Estadística e Informática; Que, mediante el Reglamento de Organización y Fun- ciones de los Hospitales, aprobado con Resolución Minis- terial Nº 616-2003-SA/DM, según los criterios y especifi- caciones técnicas establecidas en la Directiva Nº 007-MIN- SA/OGPE-V.01, aprobada con Resolución Ministerial Nº 371-2003-SA/DM y modificada con Resolución Ministerial Nº 616-2003-SA/DM; Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867 modificada por Ley Nº 27902, Ley Orgánica de Go- biernos Regionales; Credencial del Jurado Nacional de Elecciones del 17 de diciembre del 2002; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro de Asigna- ción de Personal (CAP) del Hospital Andahuaylas, con un total de 392 plazas, la misma que se consigna como anexos debidamente foliados y suscritos por los funcionarios res- ponsables y, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Déjese sin efecto toda norma que se oponga a la presente Resolución Ejecutiva Regional. Artículo Tercero.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, encargándose al Director de la Dirección del Hospital Andahuaylas realizar las publicaciones que correspon- dan. Regístrese y comuníquese. LUIS BELTRÁN BARRA PACHECO Presidente del Gobierno Regional de Apurímac REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.-Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.-Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.-Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.-Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.-Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL