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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2004 (27/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G35/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 27 de marzo de 2004 Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción, así como los antecedentes del caso, al Procura- dor Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social para los finespertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 06127 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G78/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G53/G65/G76/G69/G6C/G6C/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 189-2004-MIMDES Lima, 19 de marzo de 2004 Visto, el Oficio Nº 066-2004-/INABIF-P;CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho del Informe Especial Nº 005-2003-2-0479 "Exa- men Especial al Instituto Sevilla Ejercicio 2002", emiti-do por el Jefe de la Oficina General de Auditoría Inter- na de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metro- politana, se determina que en las rendiciones de cuen-tas de caja chica del Instituto Sevilla se han encontra- do comprobantes de gastos que no son conformes, porque si bien reúnen los requisitos exigidos por la au-toridad tributaria no son reconocidos como válidos por las empresas vendedoras, lo que representa una contin- gencia económica para la Sociedad de Beneficencia deLima Metropolitana de S/. 2,417.50 nuevos soles; asimismo, establece que en el Instituto Sevilla se ha cobrado US$ 60.00 a los Padres de Familia por dere-cho de ingreso de cada una de las hijas al matricularse en el primer grado de primaria, hechos que constituyen indicios razonables de comisión de los Delitos de Colu-sión Desleal, Peculado, Malversación de Fondos, Falsifi- cación de Documentos, Abuso de Autoridad y Apropia- ción Ilícita, tipificados en el Código Penal; Que, el literal f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785, establece que los informes elaborados en base a ac- ciones de control, tienen el carácter de prueba precons-tituida para el inicio de las acciones legales a que hu- biera lugar; Con la opinión favorable de la Dirección General de Asesoría Jurídica del MIMDES contenida en el Informe Nº 302-2004-MIMDES/DGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organiza-ción y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modificado por el De- creto Supremo Nº 013-2002-MIMDES, Decreto Ley Nº17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desa-rrollo Social, para que en representación y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judicia- les que correspondan contra los ex funcionarios compren-didos en el Informe Especial Nº 005-2003-2-0479 "Examen Especial al Instituto Sevilla Ejercicios 2002"; y contra aque- llos que resulten responsables, por los fundamentos ex-puestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Públicoencargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 06128 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G52/G4F/G4E/G41/G41/G20/G63/G6F/G2D/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA ALIMENTARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 055-2004-PRONAA/J Lima, 15 de marzo de 2004 VISTO: El Memorando Nº 440-2004-GT/PRONAA, de fecha 9 de marzo de 2004, emitido por la Gerencia Técnica del Pro- grama Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; y, CONSIDERANDO: Que, por medio del Memorando Nº 440-2004-GT/ PRONAA, la Gerencia Técnica manifiesta que se re- quiere efectuar la adquisición de 22,472.05 TM. de ali- mentos a través de la Bolsa de Productos de Lima, porun importe ascendente a S/. 105.278.927,57, de acuer- do al siguiente detalle: 7,345.77 TM. de papilla valori- zadas en la suma de S/. 52.428.568,42; 4.197,95 TM.de leche UHT valorizadas en la suma de S/. 8.792.195,38; 2.209,76 TM. de azúcar rubia valoriza- das en la suma de S/. 3.005.368,27; 3.972,57 TM. deaceite vegetal valorizadas en la suma de S/. 14.882.707,57; 302,85 TM. de conserva de anchoveta en agua y sal valorizadas en la suma de S/.1.616.670,92; y 4.443,15 TM de conserva de grated de pescado en agua y sal valorizadas en la suma de S/. 24,553,417.00, destinados a la atención de los Progra-mas Nutricionales (Alimentación Escolar y Alimentación Infantil) y Alimentarios (Comedores Populares, Alimen- tos por Trabajo, y Hogares y Albergues) que ejecuta elPrograma Nacional de Asistencia Alimentaria - PRO- NAA; Que, la solicitud formulada por la Gerencia Técnica se encuentra sustentada en la necesidad del PRONAA, de ejecutar las adquisiciones de los productos alimen- ticios mencionados para garantizar el abastecimientooportuno a los beneficiarios, en los Establecimientos de Salud o las Gerencias Locales respectivas; Que, mediante el Memorando Nº 119-2004-OPP/ PRONAA de fecha 15 de marzo de 2004, la Oficina de Planificación y Presupuesto señala que, dentro del pre- supuesto incorporado a la Unidad Ejecutora 005: PRO-NAA para la adquisición de alimentos, proveniente de los recursos de los Gobiernos Locales No Acreditados, la Gerencia Técnica ha programado parcialmente a ni-vel de subprograma alimentario y nutricional, la suma de S/. 282.938.119,83, de los cuales de acuerdo al requerimiento de cobertura presupuestal, serán adqui-ridos a través de la Bolsa de Productos de Lima 22.472,05 TM. de alimentos, valorizados en la suma de S/. 105.278.927,57; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el segundo pá- rrafo del numeral 2. Del contenido del Plan Anual de Adquisiciones del Capítulo VI) Disposiciones Específi-cas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE "Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones", apro- bada por la Resolución Nº 380-CONSUCODE/PRE delConsejo Superior de Adquisiciones y Contrataciones, publicada el 3 de enero de 2004, el Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones (PAAC) incluirá, entreotros, las adquisiciones y contrataciones que se reali- cen a través de la Bolsa de Productos; Que, de conformidad con el segundo párrafo de la