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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G35/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 27 de marzo de 2004 objetivos son distintos a los previstos y definidos en la ope- ración de endeudamiento externo concertado con el Ban- co Interamericano de Desarrollo - BID para el financiamiento de la Primera Fase del “Programa de Apoyo al Sector Ha-bitacional” - PASH”, circunstancia por la cual es necesario derogarlo; Que, con Resolución Ministerial Nº 192-2003-VIVIEN- DA, se le encargó al Banco de Materiales S.A.C. la admi- nistración del Proyecto Piloto de Mejoramiento Integral de Barrios con cargo a los recursos de la Ley Nº 27205 Leyque dispone la transferencia de recursos del Fondo MIVI- VIENDA al BANMAT y autoriza al Banco de Materiales a asignar recursos a Programas de Apoyo Social; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento ha diseñado el Programa de Mejoramiento Integral de Barrios - MiBarrio, con el propósito de fortalecer lascapacidades locales para la gestión del desarrollo urbano mediante la participación de los Gobiernos Locales, la po- blación organizada y sociedad civil en la identificación, prio-rización, formulación, diseño, ejecución, operación, man- tenimiento y supervisión de las inversiones e intervencio- nes; Que, en atención a los considerandos precedentes re- sulta necesario formalizar la creación del referido Progra- ma de Mejoramiento Integral de Barrios - MiBarrio y dictarlas disposiciones técnico-normativas, de gestión y fiscali- zación del mismo; Que, el Programa de Mejoramiento Integral de Barrios - MiBarrio aplicará los recursos provenientes de la Opera- ción de Endeudamiento Externo aprobada mediante De- creto Supremo Nº 089-2003-EF, de la Ley Nº 28128, Leydel Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004 y de la Ley Nº 27205, en el marco del Decreto Supremo Nº 009-2004-PCM; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118º inciso 8) de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27792, la Ley Nº 27205, el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, el Decreto Supremo Nº 002-2003-PCM, el De- creto Supremo Nº 006-2003-VIVIENDA y la Resolución Ministerial Nº 192-2003-VIVIENDA; DECRETA Artículo 1º.- Creación del Programa de Mejoramien- to Integral de Barrios - MiBarrio Créase el Programa de Mejoramiento Integral de Ba- rrios - MiBarrio, bajo el ámbito del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - VIVIENDA. Artículo 2º.- Reglamento del Programa de Mejora- miento Integral de Barrios - MiBarrio Apruébese el Reglamento General del Programa de Me- joramiento Integral de Barrios - MiBarrio que consta de cin- co (5) Capítulos y veintiún (21) Artículos y forma parte in- tegrante del presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Participación del Banco de Materiales S.A.C. - BANMAT 3.1 La ejecución del Programa MiBarrio estará a cargo del BANMAT. 3.2 El BANMAT ejecutará, con cargo a los recursos que señala el Artículo 3º de la Ley Nº 27205, las acciones ne- cesarias para la ejecución del Programa MiBarrio, segúnsu disponibilidad presupuestaria. 3.3 Autorízase al BANMAT a que con cargo a sus re- cursos implemente las acciones administrativas que le per-mitan ejecutar el Programa MiBarrio. 3.4 El Directorio del Banco de Materiales S.A.C. adop- tará los acuerdos societarios necesarios para el cumpli-miento del presente Decreto Supremo. Artículo 4º.- Medidas adicionales Mediante Resolución del Ministerio de VIVIENDA se es- tablecerán las demás disposiciones que fueran necesarias para implementar el presente Decreto Supremo. Artículo 5º.- Derogatoria Derógase el Decreto Supremo Nº 038-2001-MTC y las normas que se opongan al cumplimiento del presente De- creto Supremo. Artículo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento REGLAMENTO DEL PROGRAMA MEJORAMIENTO INTEGRAL DE BARRIOS MiBarrio CAPÍTULO I: DEFINICIONES Artículo 1º.- Definiciones y abreviaturas Para efectos del presente Reglamento ténganse pre- sente las siguientes definiciones y sus abreviaturas: - Asociación Municipalidad - Organización Comu- nitaria - AMOC Asociación expresa, mediante suscripción de acta de compromiso, entre la municipalidad y la comunidad barrial, a través de su OC, para postular al BMB. - Banco de Materiales - BANMAT Unidad operadora de MiBarrio por encargo de VIVIEN- DA. - Barrio Urbano Marginal - BUM Núcleo urbano conformado por un conjunto de vivien- das o manzanas de viviendas precarias sin o bajos niveles de cobertura, calidad de infraestructura y equipamiento ur-bano de hasta 300 lotes de vivienda y formalizados con una antigüedad no menor de cinco años. - Bono de Mejoramiento Barrial - BMB Suma de dinero otorgado por VIVIENDA, a través del BANMAT, a la AMOC sin cargo de devolución, destinado acomplementar sus propios recursos disponibles para el fi- nanciamiento de la formulación, diseño, ejecución y super- visión del PMIB. - Comisión de Transparencia y Fiscalización - CTF Órgano encargado de velar por la transparente asigna- ción del BMB, cuyos integrantes serán determinados me- diante Resolución Ministerial de VIVIENDA. - Convenio de Participación - CP Acuerdo que suscriben VIVIENDA y la municipalidad con el propósito de establecer las condiciones, obligacio-nes y responsabilidades de las partes para la co-ejecución y co-financiamiento de las inversiones e intervenciones fí- sicas, sociales, ambientales, legales e institucionales parael mejoramiento barrial. - Mejoramiento Integral de Barrios - MiBarrio Programa encaminado a mejorar las condiciones de vida de la población pobre y de extrema pobreza radicada en un BUM por medio del mejoramiento de su entorno habitacio-nal de manera integral y conjunta entre VIVIENDA, la Mu- nicipalidad y la Comunidad Barrial. - Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamien- to - VIVIENDA Organismo técnico - normativo, de gestión y fiscaliza- ción del Programa de Mejoramiento Integral de Barrios, Mi- Barrio. - Municipalidad Elegible Gobierno local, que cuenta con al menos 20,000 habi- tantes radicados en el municipio bajo su jurisdicción. - Organización Comunitaria - OC Organización de la comunidad barrial que representa a los beneficiarios, probables o definitivos, en las diversas fases de MiBarrio. - Proyecto de Mejoramiento Integral de Barrio - PMIB Documento que fundamenta y explicita los detalles téc- nicos, económicos y financieros, a nivel de ejecución, delas inversiones e intervenciones físicas, sociales, ambien- tales, legales e institucionales de mejoramiento para un BUM específico.