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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G35/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 27 de marzo de 2004 dad con lo establecido en el numeral 11.2. del presente Reglamento y publicación en otros medios de comunica- ción social de alcance nacional, regional, local y/o barrial. Asimismo, mediante el desarrollo de acciones promocio-nales, dirigidas a los diferentes actores que pudieran parti- cipar en MiBarrio, siendo los costos asumidos por éste, en función del monto del presupuesto anual aprobado y/o prio-rización del Titular del Pliego o de quien haga sus veces. 12.2. Las Resoluciones Ministeriales de convocatoria precisarán el ámbito territorial, la ciudad o conglomeradourbano en los que se aplicará el BMB., fijarán el monto de los recursos que se destinarán al BMB en cada llamado, período de información y plazo de presentación de solicitu-des. Artículo 13º.- De la asistencia técnica previa Para asegurar un amplio conocimiento de la naturaleza y alcances de MiBarrio, el BANMAT, con el apoyo del Vice- ministerio de Vivienda y Urbanismo, llevará a cabo accio-nes de asistencia técnica, previa a las convocatorias de postulación, a las municipalidades y organizaciones comu- nitarias, que pudieran ser elegibles. Esta asistencia técni-ca se desarrollará de manera concordada con las convo- catorias o según Plan de Asistencia Técnica programado por el Viceministerio de Vivienda y Urbanismo. Artículo 14º.- De la Postulación al Programa MiBa- rrio 14.1. La municipalidad pre-seleccionará al BUM que considere se adecúe mejor a la naturaleza y requisitos deelegibilidad de MiBarrio; sin embargo, la municipalidad re- quiere el expreso consentimiento y coparticipación de la OC del BUM a ser presentado en postulación concursalpara su mejoramiento barrial. 14.2. La solicitud de asignación del BMB se hará me- diante postulación asociativa entre la municipalidad y OC,mediante el llenado del formulario de postulación y su pre- sentación al BANMAT dentro de los plazos establecidos en la Resolución Ministerial de convocatoria. Artículo 15º.- De la selección y asignación del BMB Todas las postulaciones consideradas elegibles, serán calificadas según los factores siguientes: nivel de déficit barrial, costo mínimo, aporte de la municipalidad y de la comunidad barrial y, aportes complementarios. Los punta-jes de cada uno de ellos se establecerán en el Reglamento Operativo de MiBarrio. Los BMB serán adjudicados según orden de calificación. Artículo 16º.- De la suscripción del Convenio de Par- ticipación 16.1. Previa a la entrega del BMB, VIVIENDA suscribi- rá un CP con la municipalidad seleccionada en la postula-ción concursal. 16.2 Antes de la suscripción del CP la municipalidad y comunidad barrial deberán haber depositado el equivalenteal 30% de sus aportes en una cuenta especial intangible, ad- ministrada por la municipalidad acreditada. Los recursos de- positados en la cuenta mencionada serán utilizados, bajo res-ponsabilidad del Alcalde, exclusivamente para pagar las in- versiones e intervenciones de MiBarrio con las restricciones señaladas en el artículo 21 del presente Reglamento. Asimis-mo, la municipalidad deberá acreditar la creación de la UEM. 16.3 Suscrito el CP, la Municipalidad procederá con la orientación del BANMAT a formular los expedientes técni-cos de las inversiones e intervenciones identificadas a el nivel de perfil declarados viables en el marco del ciclo del proyecto de Inversión Pública, de ser el caso según el Sis-tema Nacional de Inversión Pública; y, que sustentaron la postulación y posterior asignación del BMB, es decir el PMIB. Esta fase de formulación no podrá ser mayor a no-venta (90) días calendario posteriores a la firma del CP y deberá articular la participación de la municipalidad y OC. Queda establecido que, la etapa de Pre Inversión y la elaboración del expediente técnico estará a cargo de la municipalidad dentro del marco del Sistema Nacional de Inversión Pública. Artículo 17º.- Del Proceso de selección para adqui- sición de bienes y contratación de servicios 17.1 Los procesos de selección para la adquisición de bienes, ejecución de obras y servicios de consultoría se-rán realizados por la municipalidad correspondiente, con apoyo del BANMAT de considerarse pertinente. 17.2 La OC beneficiará serán invitadas a participar en los procesos de selección, por lo que podrán designar unrepresentante ante los Comités Especiales de la munici- palidad. Los representantes de la OC beneficiaria podrán participar con carácter de observadores. Artículo 18º.- De los desembolsos 18.1 Los recursos para ejecución del PMIB serán ad- ministrados por las municipalidades, las que realizarán el pago a las empresas contratistas, proveedoras de bienes,firmas consultoras y consultores individuales, mediante desembolsos, con cargo a recursos comprometidos a tra- vés de la adjudicación del BMB. 18.2 Todas las justificaciones de gastos realizados por la municipalidad deberán presentarse al BANMAT con la discriminación del uso de recursos por fuente de financia-miento. Se remitirá la documentación vinculada a cada pago debidamente clasificada por proyecto y procesos de se- lección que le diera origen, de acuerdo al Convenio o Di-rectiva que se establezca en el Reglamento. Artículo 19º.- De la Ejecución del PMIB19.1 La ejecución de inversiones e intervenciones de las diferentes actividades de MiBarrio, estarán estrecha-mente coordinadas de modo que todas finalicen dentro del plazo de ejecución de cada PMIB. Las inversiones en in- fraestructura podrán ser ejecutadas por un solo contratis-ta. Si alguna o parte de las inversiones e intervenciones físicas y/o ambientales pudieran ser ejecutados por la co- munidad barrial y, sin que ello altere la ejecución de lasotras, se podrá independizar y encargársele su ejecución de manera remunerada, siempre que demuestre su capa- cidad técnica y experiencia en el mismo tipo de trabajo quepretende realizar; 19.2 Los proyectos serán ejecutados por las empresas o profesionales que hayan suscrito los contratos de ejecu-ción de las obras como consecuencia del proceso de se- lección. La supervisión de obras estará a cargo de la muni- cipalidad de conformidad con la normativa vigente. La mu-nicipalidad, en ningún caso, podrá delegar la responsabili- dad por la ejecución del PMIB, la realización de los pagos de bienes y servicios que se adquieran para el Proyecto, yla elaboración de los informes que se deben presentar al BANMAT. 19.3 El BANMAT será responsable de mantener un re- gistro de todas las obras proyectadas, en ejecución o eje- cutadas. Asimismo, mantendrá un sistema de supervisión y monitoreo del avance y calidad de las obras para lo cualestablecerá un sistema de registro de información, dando cuenta periódicamente al Viceministerio de Vivienda y Ur- banismo. 19.4 Una vez finalizada la ejecución del PMIB, la muni- cipalidad: 1º. Hará entrega de las obras a las empresas operadoras de servicios públicos mediante convenio en losque se establecerá el compromiso de éstas de mantener las inversiones de acuerdo a estándares aceptables; 2º. Asumirá el resto de la infraestructura pública y realizará latransferencia de la propiedad del equipamiento a la comu- nidad barrial beneficiaria, comprometiéndose ésta a darle el uso estipulado al mismo. 3º Tendrá la responsabilidaddel sostenimiento del Proyecto, reportando al BANMAT periódicamente quien informará al Viceministerio de Vivien- da y Urbanismo. Artículo 20º.- Del seguimiento de los Proyectos de Mejoramiento Integral de Barrios (PMIB) 20.1 El BANMAT recibirá la documentación que le pre- senten las municipalidades y la conservará, debidamentearchivada, para las revisiones que el Viceministerio de Vi- vienda y Urbanismo en representación de VIVIENDA o las auditorías pertinentes realicen a MiBarrio. Asimismo, con-formará y consolidará la información recibida, ordenándola por municipalidad, PMIB, proceso de selección o contrato. 20.2 El Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, el BAN- MAT y las auditorías que intervengan podrán inspeccionar, de considerarlo necesario, los archivos de los PMIB en las municipalidades, visitar los barrios seleccionados y reunir-se con sus habitantes, realizar inspecciones a las obras durante la ejecución y una vez éstas sean concluidas, visi- tar y efectuar evaluaciones de las consultorías en ejecu-