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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G35/G35/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 27 de marzo de 2004 400.00 y tarifa por uso de aeropuerto S/. 29.80, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) díasal término de la referida comisión. Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días ca- lendario siguientes al término de la citada comisión, el in-geniero Paul Layseca Vargas, deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros Ministro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores 06208 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E /G6C/G61/G20/G58/G49/G49/G49/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G72/G75/G70/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G43/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G61/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G4A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G45/G52/G43/G4F/G53/G55/G52/G2C/G42/G6F/G6C/G69/G76/G69/G61/G2C/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G20/G79/G20/G50/G65/G72/GFA/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0221-2004-RE Lima, 26 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que la XIII Reunión del Grupo de Asuntos Consula- res y Jurídicos del MERCOSUR, Bolivia, Chile y Perú, se realizará en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, el 30 de marzo de 2004; Que mediante la Decisión Nº 39/03 del Consejo Mer- cado Común de MERCOSUR, se establecieron los me- canismos y modalidades de la participación del Perúcomo Estado Asociado al MERCOSUR en las reunio- nes de la estructura institucional de dicho bloque, la misma que comprende diversos foros negociadores ygrupos de trabajo; Que el propósito de la citada reunión es tratar la in- corporación del Perú al Mecanismo de Asistencia y Pro-tección Consular, establecido mediante Decisión Nº 35/ 00 del Consejo Mercado Común, de 1 de agosto de 2000, con el objetivo de brindar asistencia y proteccióna los nacionales de alguno de los países de MERCO- SUR, Bolivia y Chile en territorio de terceros Estados, donde no existiera representación diplomática o con-sular propia; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trá- mite (GPX) Nº 1278 del Gabinete de Coordinación delSecretario de Política Exterior, de 23 de marzo de 2004; De conformidad con la Cuarta Disposición Comple- mentaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomá-tico de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; losartículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003- RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; el inciso m) del artículo 5º del DecretoLey Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relacio- nes Exteriores; la Ley Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorización de viajesal exterior de servidores y funcionarios públicos; y el artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la delegación peruana que participará en la XIII Reunión del Grupo de AsuntosConsulares y Jurídicos del MERCOSUR, Bolivia, Chile y Perú, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, el 30 de marzo de 2004, la que estará confor-mada por los siguientes funcionarios del Ministerio de Re- laciones Exteriores:- Embajador Martín Belaúnde Moreyra, Embajador Ex- traordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Argentina, quien la presidirá; - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, José Eduardo Chávarri García, Director General de Asun- tos Consulares de la Subsecretaría de Comunidades Pe- ruanas en el Exterior; - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Jorge Félix Rubio Correa, funcionario de la Embajada del Perú en la República de Argentina; y, - Consejero en el Servicio Diplomático de la República, José Luis Torres Seguín, Cónsul General del Perú en la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione la parti- cipación del Ministro José Eduardo Chávarri García porconcepto de pasajes US$ 536.18, viáticos US$ 400.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 28.00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de RelacionesExteriores, debiendo el citado funcionario diplomático ren- dir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión. Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días ca- lendario siguientes al término de la citada comisión, el Mi- nistro José Eduardo Chávarri García, deberá presentar anteel señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración o liberalización de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros Ministro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores 06209 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G35/GBA/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G32/G30/G2D /G32/G30/G30/G33/G2D/G4D/G54/G43/G20/G79/G20/G70/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G62/G6C/G69/G67/G61/G2D /G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G2D/G74/G72/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G54/G65/G72/G72/G65/G73/G74/G72/G65/G20/G64/G65/G50/G61/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73 DECRETO SUPREMO Nº 015-2004-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 020-2003-MTC, se dispuso la actualización de información obligatoria, extraor-dinaria y gratuita de las concesionarias que prestan el ser- vicio de transporte terrestre nacional de personas, de ám- bitos interdepartamental e intradepartamental, en el Re-gistro Nacional de Transporte Terrestre de Pasajeros, para lo cual deberán presentar a la autoridad competente la do- cumentación enumerada en el artículo 1º de la citada nor-ma, de acuerdo al cronograma establecido para tal efecto; Que, el artículo 6º del citado Decreto Supremo estable- ce que las Tarjetas de Circulación Vehicular tendrán vali-dez hasta los treinta (30) días calendario posteriores a la conclusión del cronograma antes citado; Que, posteriormente, a través del artículo 2º del Decre- to Supremo Nº 054-2003-MTC, se prorrogó por cuarenta y cinco (45) días calendario adicionales, el plazo de vigencia de las Tarjetas de Circulación Vehicular a que se refiere elartículo 6º del Decreto Supremo Nº 020-2003-MTC; Que, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 020-2003- MTC, establece que la actualización de información de con-cesionarias dará lugar a la emisión, entre otros documen- tos, del Certificado de Habilitación Vehicular por cada vehí- culo habilitado respecto del cual se haya presentado la