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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G35/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 27 de marzo de 2004 Que en la norma citada en el considerando precedente, se establece que mediante Resolución Ministerial se publi- cará la relación de las empresas que aprueben el protoco- lo de pruebas ejecutado por la Comisión Técnica integradapor representantes del Ministerio de la Producción, el Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones y el Ministerio de Defensa; Que mediante Decreto Supremo Nº 031-2003-PRO- DUCE, se estableció un Marco Provisional para la imple- mentación del Sistema de Seguimiento Satelital, dejándo-se en suspenso la aplicación de algunos artículos del men- cionado Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT y autorizándose al Ministerio de la Producciónpara que previo informe de la Comisión constituida mediante Resolución Ministerial Nº 206-2003-PRODUCE, publique mediante Resolución Ministerial la relación de las empre-sas que se encuentran aptas para prestar el servicio del SISESAT, de acuerdo a las condiciones establecidas por el citado Marco Provisional; Que mediante Decreto Supremo Nº 005-2004-PRO- DUCE, en forma adicional a lo establecido en el artículo 1º del Decreto Supremo citado en el considerando preceden-te, se suspendió la aplicación de las disposiciones esta- blecidas en los numerales 3.1.1.d, 3.1.1.e, 3.1.1 y 3.4.1 del artículo 3º del Reglamento del Sistema de SeguimientoSatelital - SISESAT, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE, en tanto se mantenga la vigen- cia del indicado marco provisional; Que en la actualidad se viene realizando el proceso de precalificación de sistemas aptos para el seguimiento sa- telital, en virtud de lo establecido en el artículo 5º del Re-glamento del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, proceso ejecutado por la Comisión Técnica constituida por la Resolución Suprema Nº 006-2003-PRODUCE, siendoque la misma, mediante Informe de fecha 22 de marzo de 2004, comunica la relación de empresas que han aproba- do el protocolo de pruebas en un 100% y aquellas que locumplieron dentro del Marco Provisional establecido me- diante Decreto Supremo Nº 031-2003-PRODUCE y modi- ficado mediante Decreto Supremo Nº 005-2004-PRODU-CE; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Publicar la relación de empresas cuyos sistemas aprobaron el protocolo de pruebas ejecutado por la Comisión Técnica constituida mediante Resolución Su- prema Nº 006-2003-PRODUCE y por lo tanto han sido pre-calificadas de acuerdo a lo establecido en el artículo 5º del Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital - SISE- SAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2003-PRO-DUCE: 1.-Empresa: Razón Social : BM GLOBAL TECHNOLOGIES SAC Dirección : Coronel Dianderas 240, San MiguelTeléfono/Fax : 460 - 4513 Correo : sales@ bmglobaltech.com Representante : Carlos Bacalla Equipo: Fabricante : Satamatics Nacionalidad : USA Marca : SatamaticsModelo : SAT-101 Satélite usado : Inmarsat Artículo 2º.- Publicar la relación de empresas cuyos sistemas aprobaron el protocolo de pruebas ejecutado por la Comisión Técnica constituida mediante Resolución Su-prema Nº 006-2003-PRODUCE, dentro del Marco Provi- sional para la implementación del Sistema de Seguimiento Satelital, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2003-PRODUCE y modificado mediante Decreto Supre- mo Nº 005-2004-PRODUCE: 1.-Empresa: Razón Social : CLS PERU S.A.C. Dirección : Jr. Trinidad y Moran 639, Lince Teléfono : 440 - 2717 Fax: : 421 - 2433Correo : gsirech@clsperu.com.pe Representante : Gerard Sirech Equipo: Fabricante : SERPE - IESM Nacionalidad : FRANCIA Modelo : MAR GE Satélite usado : ARGOS 2.-Empresa: Razón Social : REPSAT S.A.C. Dirección : Av. Prolong ación Arenales 269, Miraflores Fax : 441 - 7110 Teléfono : 441 - 5689Correo : mail@repsat.com Representante : Víctor Manuel Checa Camminati Equipo: Fabricante : Stellar - Satellite Communications LTD Nacionalidad : Israel Marca : Stellar Modelo : ST2500Satélite usado : Orbcomm Artículo 3º.- La empresa referida en el artículo 1º de la presente Resolución podrá optar por: a) Brindar el servicio del SISESAT cumpliendo la totali- dad de las especificaciones técnicas establecidas en el artículo 3º del Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE, para lo cual deberá cumplir con la totali- dad de los requisitos establecidos en la citada norma a efectos de ser declarada apta en forma definitiva. b) Brindar el servicio del SISESAT dentro del Marco Provisional para la implementación del Sistema de Segui- miento Satelital, aprobado mediante Decreto Supremo Nº031-2003-PRODUCE y modificado mediante Decreto Su- premo Nº 005-2004-PRODUCE, para lo cual deberá cum- plir con los requisitos establecidos por dichos dispositivos,a efectos de ser declarada apta en forma provisional. Artículo 4º.- Las empresas detalladas en el artículo 2º de la presente Resolución, deberán cumplir con los requisi- tos establecidos dentro del Marco Provisional para la im- plementación del Sistema de Seguimiento Satelital, apro-bado mediante Decreto Supremo Nº 031-2003-PRODUCE y modificado mediante Decreto Supremo Nº 005-2004- PRODUCE, para lo cual deberán cumplir con los requisi-tos establecidos por dichos dispositivos, a efectos de ser declaradas aptas en forma provisional para brindar el ser- vicio del SISESAT. Artículo 5º.- Mediante Resolución Ministerial se publica- rá la relación de las empresas declaradas aptas en forma definitiva o provisional para brindar el servicio del SISES-AT, de acuerdo a lo establecido en el numeral 7.6 del artí- culo 7º del Reglamento del Sistema de Seguimiento Sate- lital - SISESAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE y en el artículo 4º del Marco Provisional para la implementación del Sistema de Seguimiento Sate- lital, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2003-PRODUCE. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 06161 /G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G65/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G79/G20/G63/G61/G6C/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G65/G6E/G63/G75/G65/G6E/G74/G72/G61/G6E/G20/G61/G70/G74/G61/G73/G70/G61/G72/G61/G20/G62/G72/G69/G6E/G64/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G49/G53/G45/G53/G41/G54 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 128-2004-PRODUCE Lima, 26 de marzo del 2004