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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2004 (06/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 6

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G39/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 6 de mayo de 2004 - Ley que protege a los menores de edad de la mendici- dad, adscrita al Ministerio de la Mujer y Desarrollo So-cial. Artículo 2º.- Conformación de Comisión Multi- sectorial La Comisión Multisectorial que se constituye mediante el artículo precedente, estará integrada por: - Un (1) representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, que la presidirá; - Un (1) representante del Ministerio del Interior; - Un (1) representante del Ministerio de Trabajo y Pro- moción del Empleo; - Un (1) representante del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; - Un (1) representante de los Gobiernos Regionales a nivel nacional; - Un (1) representante de los Gobiernos Locales a nivel nacional; - Un (1) representante del Fondo de las Naciones Uni- das para la Infancia - UNICEF; y, - Un (1) representante de la Organización No Guber- namental "Acción por los Niños". El Poder Judicial y el Ministerio Público podrán ser representados ante la Comisión Multisectorial, desig- nando para ello un representante titular y un suplente, según la formalidad establecida en el artículo 3º de lapresente Resolución. Artículo 3º.- Designación de representantes ante la Comisión Multisectorial Los representantes de los Gobiernos Regionales y Locales a nivel nacional, serán designados mediante elmecanismo que establezca el Consejo Nacional de Des- centralización. Dichos integrantes se integrarán a la Co- misión Multisectorial una vez sean designados. Las demás entidades estatales designarán mediante Resolución de su Titular, un representante titular y un representante alterno dentro del plazo de tres (3) díashábiles contados a partir del día siguiente de publica- ción de la presente Resolución. Las entidades no estatales acreditarán a un represen- tante titular y alterno, mediante comunicación dirigida a la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, a quien co- rresponderá emitir la Resolución Ministerial efectuandola designación correspondiente. Artículo 4º.- Deberes de la Comisión Multisecto- rial La Comisión Multisectorial que se constituye por la presente resolución deberá: - Instalarse en un plazo que no excederá de seis (6) días hábiles contados a partir del día siguiente de publi-cación de la presente Resolución. - Elevar a la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, la propuesta de proyecto de Reglamento de la Ley Nº28190 - Ley que protege a los menores de edad de la mendicidad, en un plazo que no excederá al 9 de junio de 2004. Artículo 5º.- Concurso de profesionales La Comisión Multisectorial podrá solicitar el aporte y apoyo de profesionales expertos en la materia para el cumplimiento de la labor encomendada. El apoyo que reciba la Comisión Multisectorial será ad- honorem. Artículo 6º.- Gastos El funcionamiento de la Comisión Multisectorial no irrogará gastos al Tesoro Público. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 08650/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G2D/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G75/G6E/G61/G68/G75/G61/G6E/GE1/G20/G2D/G20/G43/G61/GF1/G65/G74/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G64/G65/G20/G73/G75/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G6E/G65/G72/G6F/G20/G61/G64/G65/G75/G64/G61/G64/G61/G20/G61/G6C/G20/G49/G52/G54/G50 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 116-2004-PCM Lima, 5 de mayo de 2004Visto el Oficio Nº 722-2003-PCM/PRO.-500 del Pro- curador Público a cargo de los asuntos judiciales de laPresidencia del Consejo de Ministros y el Oficio Nº1345-2003-OGAL/IRTP del Director General de Aseso-ría Legal del Instituto Nacional de Radio y Televisióndel Perú - IRTP; CONSIDERANDO:Que, la Municipalidad Distrital de Lunahuaná - Ca- ñete convino mediante los Oficios Nºs. 479-2002-MDL y481-2002-MDL una difusión publicitaria a través del Ins-tituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, lamisma que se efectuó en el período y términos estable-cidos cuyo monto a pagar por el servicio ascendió aUS $ 1 770,00; Que, de los actuados administrativos se desprende que el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú -IRTP ha efectuado reiteradas gestiones administrativascon la finalidad de hacer efectiva la factura Nº 05292 porel valor de US $ 1 770,00 sin resultados positivos, razónpor la que resulta pertinente autorizar al Procurador Pú-blico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidenciadel Consejo de Ministros, a fin que interponga las accio-nes judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Estado, artículo 16º delDecreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, elDecreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defen-sa del Estado en Asuntos Judiciales, modificado por elDecreto Ley Nº 17667 y el Reglamento de Organizacióny Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros,aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejode Ministros, para que en representación y defensa delos intereses del Estado inicie e impulse las accionesjudiciales que corresponda contra la Municipalidad Dis-trital de Lunahuaná - Cañete, por las razones expuestasen la parte considerativa de la presente Resolución Mi-nisterial. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al mencionado Pro-curador Público para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 08651 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G69/G6D/G70/G65/G64/G69/G72/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G6E/G2D/G74/G61/G20/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G53/G55/G54/G45/G43/G41/G2D/G53/G41/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G31/G33/GB0/G20/G4A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G20/G4C/G61/G62/G6F/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 117-2004-PCM Lima, 5 de mayo de 2004 Visto el Oficio Nº 274-2004/PCM.PRO del Procura- dor Público a cargo de la defensa judicial de los intere-ses de la Presidencia del Consejo de Ministros;