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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G39/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 6 de mayo de 2004 lizado como Línea de Crédito para aquellas IFIS cuyos Subprestatarios que utilicen el Programa de Crédito delFondo de Reactivación hayan sido afectados por desas-tres naturales, cualquiera sea su origen siempre que la afectación por dichos fenómenos naturales se haya com-probado fehacientemente, caso por caso por la IFI . La Línea de Crédito que cubra parcial y transitoriamente ala IFI, una vez recuperados los préstamos atrasados,estos recursos se revertirán al Fondo de Reserva. c) Otorgamiento de créditos Parte de los recursos del Fondo de Reactivación se destinarán al otorgamiento de crédito a los Subprestata-rios elegibles. CAPÍTULO IV PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO PATRIMONIAL Artículo 7º.- Los recursos se destinarán preferente- mente a las IFIS de ámbito local, según la disponibilidadde éstos. Artículo 8º.- Para las operaciones de Underwriting, AGROBANCO podrá destinar hasta el equivalente del100% del capital suscrito y pagado de la IFI al momentode la emisión de acciones. Cada operación de Underwri-ting, consistirá en la emisión de series sucesivas de ac-ciones. El total de operaciones de Underwritings que se otor- guen a una misma IFI no podrá ser superior a US$2 mi-llones. Las operaciones de Underwritings se desembol-sarán de acuerdo al programa que se establezca en cadacaso. Artículo 9º.- Los requisitos que deben cumplir las IFIS, a partir de la segunda operación de Underwriting,son los siguientes: a. No mantener pendiente dentro del plazo estableci- do para la venta total de acciones de la venta correspon-diente a la operación de Underwriting anterior otorgadacon recursos del Programa de Fortalecimiento Patrimo-nial del FRASA o financiada mediante otras fuentes di-ferentes al FRASA. b. Que el endeudamiento total de la IFI, no sea mayor al equivalente a seis veces su patrimonio efectivo neto. c. Mostrar indicadores financieros adecuados.d. Presentar un programa estimado de colocación de acciones, que sustente el monto de la operación. Artículo 10º.- El Programa de fortalecimiento patri- monial será en dólares americanos, desembolsándoselos recursos en la misma moneda o en su equivalenteen moneda nacional, al tipo de cambio promedio ponde-rado compra de la Superintendencia de Banca y Segu-ros y publicado en el Diario Oficial El Peruano de la fe-cha del desembolso. Artículo 11º.- AGROBANCO delegará las facultades otorgadas en el contrato de comisión de confianza sus-crito con el Ministerio de Agricultura a terceros, quienesasumirán las funciones de UNDERWRITER. EL UN-DERWRITER será responsable de la administración delas operaciones del Underwriting de acuerdo a lo esta-blecido en los contratos correspondientes, para lo cualpodrá contar con la colaboración de AGROBANCO. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo preceden- te, AGROBANCO mantendrá la facultad de designar alrepresentante de las acciones suscritas con el UN-DERWRITER, ante las Juntas Generales de Accionistasde la IFI, para lo cual el UNDERWRITER deberá comu-nicar a AGROBANCO la convocatoria para la realizaciónde las referidas Juntas con una anticipación no menorde diez días útiles. Artículos 12º.- AGROBANCO, en calidad de super- visor del manejo del Fondo de Reactivación, se encar-gará de supervisar las operaciones de Underwriting deconformidad a los términos establecidos en los corres-pondientes contratos. Artículo 13º.- El plazo máximo de cada operación de Underwriting es de hasta 24 meses, contados a partir dela fecha de efectuado el desembolso de la operación porAGROBANCO.Artículo 14º.- El UNDERWRITER cobrará una Co- misión de Underwriting de 0.5% flat que será pagadapor la IFI al momento de la suscripción y pago de lasacciones. Dicha comisión servirá para cubrir los costosde promoción y colocación de las acciones. Artículo 15º.- El valor nominal de las acciones en el caso de una operación de Underwriting, lo determinarála IFI de acuerdo a lo establecido en su Estatuto, las con-diciones de mercado o la normativa legal vigente Artículo 16º.- El ajuste del valor de las acciones por diferencia de cambio es el que se deriva de la devalua-ción registrada, para mantener el valor nominal de la ac-ción, en su equivalente en US Dólares Americanos, con-siderando la variación del tipo de cambio promedio pon-derado por la Superintendencia de Banca y Seguros en-tre la fecha de suscripción de las acciones por el UN-DERWRITER y la fecha valor del pago de cada acciónvendida. Artículo 17º.- Previo a la utilización de los recursos del FRASA, la IFI deberá: a. Contar con la aprobación de AGROBANCO antes del aumento del capital. b. Aumentar su capital mediante el correspondiente Acuerdo de Junta General de Accionistas, en los mon-tos y las series correspondientes. c. Suscribir el correspondiente contrato con el UN- DERWRITER, en el que se establecerá que la suscripciónde una nueva serie de acciones por parte de éste sólo po-drá efectuarse una vez que se haya producido la venta totalde las acciones correspondientes a la serie anterior. d. Emitir o aceptar un pagaré a favor de AGROBAN- CO, en calidad de supervisor de los recursos del Fondoy/o un pagaré aceptado por terceros beneficiarios y en-dosados por la IFI a favor de AGROBANCO, debidamen-te calificados por este último. Asimismo, como condición previa al desembolso, la IFI deberá extender a favor de AGROBANCO un manda-to de pago irrevocable y expreso, con cargo a sus cuen-tas bancarias, que no podrá ser modificado sin la confor-midad de AGROBANCO, dirigido al BCR o al Banco Ope-rador, a fin de que AGROBANCO pueda hacer efectivoen forma automática el cobro de los montos que corres-pondan por el servicio de la deuda. Artículo 18º.- La colocación de acciones será lleva- da a cabo por la IFI y el UNDERWRITER, mediante larealización de ofertas públicas y/o privadas, sin mediarderecho de preferencia alguno, pudiendo contar con lacolaboración de AGROBANCO. El pago de estas accio-nes se efectuará al contado. Artículo 19º.- Para toda operación de Underwriting, AGROBANCO podrá aprobar la transferencia de los re-cursos a la IFI cuando ésta haya cumplido con realizar laJunta General de Accionistas que acuerde el aumentode capital en las series correspondientes y entregue aAGROBANCO la certificación notarial de dicho Acuerdoy cumpla con las condiciones que se indican en el incisod) del Artículo 17º anterior. Artículo 20º.- Para las siguientes operaciones de Un- derwriting, previa a la aprobación referida en el artículoprecedente, el UNDERWRITER, bajo su responsabilidad,verificará que la IFI haya cumplido con depositar los divi-dendos en efectivo, no tenga pendiente de venta accio-nes que le corresponden al Fondo de Reactivación, asícomo se dé cumplimiento de los requisitos establecidosen el Artículo 9º y dará cuenta a AGROBANCO de losmismos para su verificación correspondiente. Artículo 21º.- Todos los gastos que demande el pro- ceso de colocación y promoción de ventas de accionesdeberán ser cubiertas por el UNDERWRITER y la IFI. Artículo 22º.- El precio de venta de las acciones de la IFI deberá incorporar el ajuste del valor de las accio-nes por diferencia de cambio, los gastos incurridos en lacolocación, así como la comisión de Underwriting. Artículo 23º.- La transferencia de acciones deberá realizarse sólo al momento de haberse cancelado el va-lor de las acciones en cada operación de compraventa. Artículo 24º.- Mientras que el UNDERWRITER man- tenga a su nombre acciones en las IFIS, los resultadosde la gestión de la misma, bajo la forma que fuere (divi-