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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2004 (06/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 15

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G39/G37/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 6 de mayo de 2004 DICE: Artículo 2º.- Los Distritos de Riego, para los efectos del cumplimiento de o dispuesto en los artículos prece-dentes, se clasifican de la manera siguiente: Categoría de Distrito de Riego Ratio Tarifa de T asa de Disponibilidad del Recurso hídrico Mínima Tingo María, Alto Marañón, Alta Apurímac, Huallaga Centr al, La Convención, Po-mabamba, T arapoto, Cusco, Alto Hua-llaga, Abancay, Sicuani, Alto Mayo, Ayacucho, Maldonado, Pere- né, Bagua, Cajabamba, Tarma, Huancavelica, Santiago de Chuco, Andahuaylas, Huaraz, Huamachu- co, Pasco, Cajamarca, Jaén, Huan- cané, Ocoña - Pausa, Ramis, Man- taro, Juliaca, Utcubamba, Ilave, Tumbes, Colca - Siguas -Chivay, Camaná-Majes, Santa - Lacramar- ca, Tambo - Alto Tambo, Barranca, Mala - Omas - Cañete, Pucallpa, Huari, Atalaya, Iquitos y Alto Ama- zonas Media Medio y Bajo Piura, San Media Lorenzo, Chira, Alto Piura - Huancavelica, Jequete- pe-que, Moche - Virú - Chao, Motu- pe - Olmos- La Leche, Chancay - Huaral, Huaura, Chincha - Pisco, Palpa - Nasca, Chili y Acarí -Y auca - Puquio. Máxima Chancay - Lambayeque, Baja Zaña, Chicama Nepeña - Casma - Huarmey, Chillón - Rímac - Lurín, Ica, Moquegua, Lo- cumba - Sama y Tacna DEBE DECIR: Artículo 2º.- Los Distritos de Riego, para los efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo prece-dente, se clasifican de la manera siguiente: Categoría de Distrito de Riego Ratio de Tasa de Tarifa Disponibilidad del Recurso Hídrico Mínima Ti ngo María, Alto Marañón, Apurímac, Alta Huallaga Central, La Convención, Poma- bamba, Tarapoto, Cusco, Alto Huallaga, Abancay, Sicuani, Alto Mayo, Ayacucho, Maldonado, Perené, Bagua, Cajabam- ba, Tarma, Huancavelica, Santiago de Chuco, Andahuaylas, Huaraz, Huama- chuco, Pasco, Cajamarca, Jaén, Huan- cané, Ocoña - Pausa, Ramis, Mantaro, Juliaca, Utcubamba, Ilave , Tumbes, Colca - Siguas - Chivay, Camaná - Ma- jes, Santa - Lacramarca, Tambo - Alto Tambo, Barranca, Mala - Omas - Cañe- te, Pucallpa, Huari, Atalaya, Iquitos y Alto Amaz onas. Media Medio y Bajo Piura, San Lorenzo, Chi- Media ra, Alto Piura- Huancabamba, Jequete- peque, Moche - Virú - Chao, Motupe - Olmos - La Leche, Chancay - Huaral, Huaura, Chincha - Pisco, Palpa - Nas- ca, Chili y Acarí -Y auca - Puquio. Máxima Chancay - Lambay eque, Zaña, Chica- Baja ma, Nepeña - Casma - Huarmey, Chi- llón - Rímac - Lurín, Ica, Moquegua, Lo- cumba - Sama y Tacna. 08678 MINCETUR FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2004-MINCETUR Mediante Oficio Nº 175-A-2004-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratasde la Resolución Suprema Nº 014-2004-MINCETUR, pu-blicada en la edición del día 30 de abril de 2004.En el Artículo 2º DICE:Hugo Espinoza TalzaDEBE DECIR:Hugo Espinoza Palza08677 DEFENSA /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G2D /G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G73/G74/G69/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G2D /G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G46._/G72/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G4E/G61/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4D/G65/G74/G65/G6F/G72/G6F/G6C/G6F/G67/GED/G61/G20/G65/G20/G48/G69/G64/G72/G6F/G6C/G6F/G67/GED/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 524-2004-DE/SG Lima, 30 de abril de 2004Visto, el Oficio Nº 220-SENAMHI-JSS-OGA-OAS/2004 de fecha 24 de marzo del 2004, mediante el cual el Jefedel Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología (SE-NAMHI) solicita se disponga la realización de los trámitesnecesarios a fin de formalizar la donación y entrega delequipo Hidrológico denominado "Instrumento WHR600,W/HIGH" entregado por el Instituto de Investigación parael Desarrollo (IRD) de Francia a favor del Servicio Nacio-nal de Meteorología e Hidrología (SENAMHI); CONSIDERANDO:Que, el Instituto de Investigación para el Desarrollo (IRD) de Francia ha efectuado una donación a favor delServicio Nacional de Meteorología e Hidrología (SENA-MHI), consistente en un equipo Hidrológico denominado"Instrumento WHR600, W/HIGH", que será utilizado enestudios y programas de medición de caudal de agua enlos ríos de la cuenca amazónica para emitir los pronósti-cos hidrológicos en la zona; Que, mediante carta de fecha 4 de marzo del 2004 el Representante en el Perú del Instituto de Investigaciónpara el Desarrollo (IRD) pone en conocimiento del Inten-dente de la Aduana Aérea del Callao, que dentro delConvenio de Cooperación Científica y Técnica firmadocon el SENAMHI, se le hace entrega a éste en calidadde donación el equipo antes indicado; Que, de acuerdo con la Declaración Única de Adua- nas DUA Nº 235-2003-000561-01-1-00 del 14 de abrildel 2003, el mencionado equipo ingresó al Perú en con-dición de Importación Temporal, con un valor FOB deUS$ 25,017.00; Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Su- premo Nº 154-2001-EF, Reglamento General de Proce-dimientos Administrativos de los Bienes de PropiedadEstatal, las donaciones provenientes del exterior efec-tuadas a favor de una entidad del Sector Público nacio-nal, serán aceptadas mediante Resolución Ministerial delSector al que corresponda el destino de los bienes mue-bles; Que, en consecuencia, se requiere emitir el acto ad- ministrativo que formalice la aprobación de dicha dona-ción; De conformidad con la Ley Nº 27860, Ley del Minis- terio de Defensa, y el Decreto Supremo Nº 004-DE-SG,Reglamento de Organización y Funciones del Ministeriode Defensa; el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Re-glamento General de Procedimientos Administrativos delos Bienes de Propiedad Estatal; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación efectuada por el Ins- tituto de Investigación para el Desarrollo (IRD) de Fran-cia a favor del Servicio Nacional de Meteorología e Hi-