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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2004 (19/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G38/G37/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de mayo de 2004 Artículo Tercero.- NOTIFICAR, con la presente Reso- lución dentro de los cinco días, al CONSUCODE, Contra- loría General de la República, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, PROVÍAS Departamental, Dirección Re-gional de Transportes y Comunicaciones Junín y otros ór- ganos competentes del Gobierno Regional Junín. Regístrese, comuníquese y archívese. MANUEL DUARTE VELARDE Presidente 09471 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G32/G30/G30/G34/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61/G2C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G2D/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G53/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0204-2004-GRUCAYALI-P Pucallpa, 25 de febrero de 2004 Visto el Oficio Nº 018-2004-GRU-DRSVCS-DR, remiti- do por el Director Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Ucayali, solicitando la aprobación del TUPA de su entidad; CONSIDERANDO: Que, es atribución del Presidente Regional, aprobar las normas reglamentarias de organización y funciones de lasdependencias administrativas del Gobierno Regional, en concordancia con lo previsto en el inciso h) artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, la Ordenanza Regional Nº 002-2003-GRU/CR, aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Orga- nización y Funciones del Gobierno Regional de Ucayali; Que, el mencionado Reglamento de Organización y Fun- ciones contempla entre sus órganos desconcentrados a las Direcciones Regionales Sectoriales, entre ellos la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Ucaya-li; Que, de acuerdo al artículo 37º, Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las entidades ela-boran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos; Que, en atención al documento del visto la Subgeren- cia de Desarrollo Institucional, unidad orgánica de la Ge- rencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondi- cionamiento Territorial, ha procedido a revisar, conjunta-mente con el representante de la Dirección Regional Sec- torial, el TUPA institucional y, con los ajustes efectuados presenta el documento final; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi- catorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el documento Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA 2004, de la Di- rección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamien-to de Ucayali, que consta de trece (13) Procedimientos y en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- El cumplimiento de aplicación del TUPA 2004, es responsabilidad de las instancias de la Dirección Regio- nal de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Ucayali. Regístrese, comuníquese y archívese. EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZ Presidente Regional REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 P OR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU