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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2004 (19/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G38/G37/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de mayo de 2004 Que, con fecha 28 de diciembre de 2003, CONASEV convocó al Concurso Público Nº 04/2003-CONASEV-GAF, para la contratación del ser vicio de Seguridad y Vigilancia para sus locales institucionales, por un período de dos (2)años; Que, mediante Resolución CONASEV Nº 011-2004-EF/ 94.10 del 17 de febrero de 2004, se declaró en situación deurgencia la contratación del servicio de Seguridad y Vigi- lancia de los locales institucionales de CONASEV por un plazo máximo de tres (3) meses o mientras concluya elConcurso Público Nº 04/2003-CONASEV-GAF, lo que ocu- rra primero; Que, en virtud a la autorización referida en el conside- rando precedente, CONASEV tiene celebrado un Contrato de Prestación de Servicio de Seguridad y Vigilancia con la empresa FORZA S.A., cuyo plazo vencerá el 18 de mayode 2004; Que, el Concurso Público Nº 04/2003-CONASEV-GAF se encuentra suspendido en razón a que el postor Consor-cio VICMER S.A.C. - PROCPER S.A. - FUGAZ S.A.C. ha interpuesto el recurso de Revisión contra el otorgamiento de la Buena Pro; recurso que se encuentra pendiente deser resuelto por el Tribunal del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, como máxima autoridad administrativa; Que, conforme al estado del recurso de Revisión y los plazos fijados en el artículo 178º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, así como a los resultados que de dicho procedimiento se deriven sobre el desarrollo del Concurso Público Nº 04-2003/CONASEV-GAF, resulta evidente que el 18 de mayo de 2004 no será posible celebrar un nuevo contrato que permita contar con el servicio de Seguridad y Vigilancia de la Institución, porlo que deberá adoptarse las medidas del caso a efectos de garantizar la continuidad de las funciones desarrolladas por CONASEV, ya que por ningún motivo se debe dejar de brin- dar seguridad a los locales de la Entidad ubicados en Mira- flores y San Borja, toda vez que ello comprometería en forma directa e indirecta la custodia del acervo documen-tario, instalaciones y bienes existentes en los referidos lo- cales, así como las funciones esenciales de esta Comi- sión Nacional, por lo que resulta necesario se garantice lapermanencia de dicho servicio; Que, por las razones expuestas es necesario y priorita- rio declarar en situación de urgencia los servicios de Se-guridad y Vigilancia de los locales de CONASEV y autori- zar, vía exoneración, la contratación de dicho servicio me- diante un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía yhasta por un monto de S/. 79 609,11 (Setenta y Nueve Mil Seiscientos Nueve y 11/100 Nuevos Soles), por un plazo máximo de tres (3) meses o hasta que concluya el Concur-so Público Nº 04/2003-CONASEV-GAF, lo que ocurra prime- ro; Que, el Informe Conjunto Nº 017-2004-EF/94.20/94.35 de fecha 13 de mayo de 2004, considera que es factible contratar, vía exoneración, el servicio de Seguridad y Vigi- lancia para los locales de CONASEV; Estando a lo dispuesto por los artículos 19º, inciso c) y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM y el inciso 2) del artículo 108º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia, por la naturaleza del mismo, la contratación del servicio de Se- guridad y Vigilancia para los locales institucionales de CO- NASEV, por un plazo máximo de tres (3) meses o mientrasconcluya el Concurso Público Nº 04/2003-CONASEV-GAF, lo que ocurra primero. Artículo 2º.- Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Pública para la contratación del servi- cio a que se refiere el artículo precedente, hasta por un monto de S/. 79 609,11 (Setenta y Nueve Mil SeiscientosNueve y 11/100 Nuevos Soles) incluido todo tipo de tribu- tos, el mismo que será financiado con recursos propios de CONASEV y por un plazo máximo de tres (3) meses ohasta que concluya el Concurso Público Nº 04/2003-CO- NASEV-GAF , lo que ocurra primero. Artículo 3º.- Autorizar la contratación de la empresa Forza S.A. para la prestación del servicio de seguridad yvigilancia de los locales de CONASEV, mediante proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, encargándose al Área de Logística de la Gerencia de Administración y Finanzas, que cumpla con verificar todas las formalidades inheren-tes a la contratación con la referida empresa, dentro del marco de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 4º.- Disponer que la presente Resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano y que la Gerencia de Administración y Finanzas remita copia de la misma yde los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguien- tes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y archívese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Presidente 09375 COMISIÓN NACIONAL DE LA JUVENTUD /G52/G65/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G65/G6E/G20/G61/G20/G6E/G75/G65/G76/G6F/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G2D /G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4A/G75/G76/G65/G6E/G74/G75/G64/G20/G70/G6F/G72/G65/G6C/G20/G65/G73/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G4A/G75/G76/G65/G2D/G6E/G69/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 036-P/CNJ-CONAJU-2004 Lima, 7 de mayo del 2004 VISTO: El Oficio Nº 059-2004-CONAJU-CPJ-CD/P, de fecha 7 de abril del año 2004, cursado por el señor Víctor Hugo Huamán Tarmeño en representación del Consejo de Parti- cipación de la Juventud - CPJ, mediante el cual solicita laacreditación del señor Antonio Cose Apaza como nuevo miembro del Consejo de Participación de la Juventud, por el estamento de Organizaciones Juveniles; El Informe Nº 058-2004-GEPROGES/CNJ, de fecha 15 de abril del año 2004, el Gerente de Promoción, Organi- zación y Gestión de la Comisión Nacional de la Juventud,señor Carlos Bendezu Watanabe, informa que la nueva acreditación del miembro accesitario del Consejo de Partici- pación de la Juventud - CPJ, señor Antonio Cose Apaza,es en reemplazo del señor Tino Cavero Moncada, quien ha renunciado al cargo de miembro del Consejo de Participa- ción de la Juventud por el estamento de OrganizacionesJuveniles, motivo por el cual se ha producido la vacancia por causal de renuncia; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 6º de la Ley Nº 27802, se crea el Consejo Nacional de la Juventud -CONAJU, el cuales un ente sistémico que se rige por los principios de iden- tidad, transparencia, participación, concertación, coordina- ción, representación e institucionalidad democrática ydescentralizada, integrado por el Consejo de Participación de la Juventud - CPJ; Que, el Consejo de Participación de la Juventud - CPJ, de conformidad con el artículo 17º de la citada Ley, es un organismo de representación, concertación y participación de la juventud, el mismo que recepciona, evalúa, formula ypropone políticas e iniciativas orientadas a la promoción y desarrollo integral de la juventud, en el cual están repre- sentados los jóvenes desde los quince (15) hasta los vein-tinueve (29) años de edad; Que, conforme con lo dispuesto por el artículo 36º del Reglamento de la Ley Nº 27802, cada uno de los repre-sentantes de los jóvenes ante el Consejo de Participación de la Juventud elegidos tiene un accesitario, debiendo los elegidos ser acreditados ante el Presidente de la ComisiónNacional de la Juventud, quien a su vez expide el reconocimiento correspondiente; Que, conforme con lo dispuesto por el artículo 37º inci- so a) del Reglamento de la Ley Nº 27802, es causal de