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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G38/G37/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de mayo de 2004 que viene ocupando la ONP donde operan las oficinas de- partamentales de Ucayali y Piura; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el literal g) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM, están exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Di-recta, la prórroga del plazo de los contratos de arrenda- miento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor alcrecimiento del índice general de precios al por mayor; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20º de la Ley en mención, todas las exoneraciones, salvo laprevista en el inciso d) del artículo 19º, se aprobarán me- diante Resolución del Titular de la Entidad, la misma que requiere de un informe técnico-legal previo; Que, asimismo, la disposición acotada en el artículo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado señala que dicha Resolución deberá ser publicada en elDiario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del artículo 19º de la Ley, remitiéndose copia de la misma y el informe técnico-legal que la susten-ta a la Contraloría General de la República, bajo responsa- bilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación; Que, visto el Informe Legal Nº 047-2004-GL.AL.24/ONP emitido por la Gerencia Legal, con opinión favorable, se concluye que para la prórroga del plazo de los contratos dearrendamiento de los inmuebles que vienen ocupando la ONP donde operan las oficinas departamentales de Uca- yali y Piura, procede la exoneración, al encontrarse dentrodel supuesto establecido en el inciso g) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PCM; requiriéndose para tales efectos, de conformidad con el artículo 20º de la acotada Ley, emi- tirse la Resolución Jefatural que la apruebe; De conformidad con lo dispuesto por el inciso g) del artículo 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el artículo 116º de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE,aprobada por Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/ PRE, y en uso de las facultades conferidas por la Resolu- ción Suprema Nº 018-2004-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la exoneración del Proceso de Adjudicación Directa Selectiva para prorrogar el plazo de vigencia de los contratos de arrendamiento de los inmue- bles que vienen ocupando la ONP donde operan las ofici-nas departamentales de Ucayali y Piura, por los fundamen- tos expuestos en la parte considerativa de la presente Re- solución. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administración a prorrogar el plazo de los contratos de arrendamiento de los siguientes inmuebles ocupados por la Entidad dondeoperan las oficinas departamentales que a continuación se indican y por los plazos y valores referenciales que se de- tallan seguidamente: Departa- Dirección Meses a Valor mento Prorrogar Referencial Ucayali Jr. Huáscar Nº 246-Pucallpa 12 S/.16,308.00 Piura Calle Libertad Nº 619-627, Piura 12 S/.47,760.00 TOTAL S/. 64,068.00 Para tal efecto deberá efectuarse el Proceso Adjudica- ción de Menor Cuantía, cuyo valor referencial es de S/.64,068.00 (Sesenta y Cuatro Mil Sesenta y Ocho y 00/100 Nuevos Soles). El egreso que irrogue la contratación objeto de la pre- sente exoneración, se afectará a la Fuente de Finan- ciamiento de Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración remita copia de la presente Resolución y de los in- formes que sustentan la presente exoneración, a la Con- traloría General de la República dentro de los diez (10) díascalendario siguientes a la fecha de su aprobación, confor- me a lo dispuesto en el artículo 20º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PENNY PESTANA Jefe 09443 OSINERG /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G2D /G64/G61/G64/G20/G79/G20/G56/G69/G67/G69/G6C/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73 /G72/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4F/G53/G49/G4E/G45/G52/G47/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65 /G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G2D/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 044 -2004-OS/PRES Lima, 7 de mayo del 2004VISTO: El Informe Técnico Nº OAF-ALOG-009-2004, de fecha 3 de mayo de 2004 y el Informe Legal Nº 295-2004 de fe- cha 7 de mayo de 2004, de la Gerencia Legal; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso c) del artí- culo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM, están exoneradas de los pro- cesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica- ción Directa, según sea el caso, las adquisiciones y con-trataciones que se realicen en situación de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la citada ley; Que, el inciso 2) del artículo 108º del Reglamento de Ley anteriormente citada, aprobado mediante Decreto Su- premo Nº 013-2001-PCM, establece que la situación de urgencia debe entenderse como una medida temporal anteun hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el proceso de selec-ción correspondiente para las adquisiciones y contratacio- nes definitivas; Que, el Área de Logística de la Oficina de Administración y Finanzas de OSINERG, mediante el Informe Técnico Nº OAF-ALOG-009-2004, refiere la necesidad de efectuar la contratación de manera urgente del Servicio de Seguridady Vigilancia para las Oficinas Regionales de Pucallpa, Aya- cucho y Tacna, por haber quedado desiertos los ítems re- lativos a dichas oficinas, convocados mediante el Concur-so Público Nº 002-2004-OSINERG; Que, asimismo, refiere la necesidad de contratación urgente del servicio mencionado en el párrafo precedentepara la Oficina Regional de Arequipa, considerando que el otorgamiento de la buena pro a favor de la empresa ES- VICSAC, ha sido impugnado; De conformidad con el inciso c) del artículo 19º del Tex- to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM e inciso 2) del artículo 108º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Con la opinión favorable de la Gerencia General, Geren- cia Legal y de la Oficina de Administración y Finanzas; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar la situación de urgencia del "Ser- vicio de Seguridad y Vigilancia", de las Oficinas Regiona-les de OSINERG, ubicadas en Pucallpa, Ayacucho, Tacna y Arequipa. Artículo 2º.- Exonerar del proceso de Adjudicación Directa Selectiva por SITUACIÓN DE URGENCIA, la con- tratación del Servicio de Seguridad y Vigilancia para las