Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2004 (19/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 19 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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que viene ocupando la ONP donde operan las oficinas departamentales de Ucayali y Piura; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal g) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, la prorroga del plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º de la Ley en mencion, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el inciso d) del articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular de la Entidad, la misma que requiere de un informe tecnico-legal previo; Que, asimismo, la disposicion acotada en el articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que dicha Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del articulo 19º de la Ley, remitiendose MORDAZA de la misma y el informe tecnico-legal que la sustenta a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, visto el Informe Legal Nº 047-2004-GL.AL.24/ONP emitido por la Gerencia Legal, con opinion favorable, se concluye que para la prorroga del plazo de los contratos de arrendamiento de los inmuebles que vienen ocupando la ONP donde operan las oficinas departamentales de Ucayali y MORDAZA, procede la exoneracion, al encontrarse dentro del supuesto establecido en el inciso g) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; requiriendose para tales efectos, de conformidad con el articulo 20º de la acotada Ley, emitirse la Resolucion Jefatural que la apruebe; De conformidad con lo dispuesto por el inciso g) del articulo 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el articulo 116º de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/ PRE, y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 018-2004-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para prorrogar el plazo de vigencia de los contratos de arrendamiento de los inmuebles que vienen ocupando la ONP donde operan las oficinas departamentales de Ucayali y MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion a prorrogar el plazo de los contratos de arrendamiento de los siguientes inmuebles ocupados por la Entidad donde operan las oficinas departamentales que a continuacion se indican y por los plazos y valores referenciales que se detallan seguidamente: Departamento Ucayali MORDAZA Direccion Jr. Huascar Nº 246-Pucallpa MORDAZA MORDAZA Nº 619-627, MORDAZA TOTAL Meses a Prorrogar 12 12 Valor Referencial S/.16,308.00 S/.47,760.00 S/. 64,068.00

calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PESTANA Jefe 09443

OSINERG
Autorizan contratar Servicio de Seguridad y Vigilancia para diversas oficinas regionales de OSINERG, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 044 -2004-OS/PRES MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2004 VISTO: El Informe Tecnico Nº OAF-ALOG-009-2004, de fecha 3 de MORDAZA de 2004 y el Informe Legal Nº 295-2004 de fecha 7 de MORDAZA de 2004, de la Gerencia Legal; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la citada ley; Que, el inciso 2) del articulo 108º del Reglamento de Ley anteriormente citada, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el Area de Logistica de la Oficina de Administracion y Finanzas de OSINERG, mediante el Informe Tecnico Nº OAF-ALOG-009-2004, refiere la necesidad de efectuar la contratacion de manera urgente del Servicio de Seguridad y Vigilancia para las Oficinas Regionales de Pucallpa, MORDAZA y Tacna, por haber quedado desiertos los items relativos a dichas oficinas, convocados mediante el Concurso Publico Nº 002-2004-OSINERG; Que, asimismo, refiere la necesidad de contratacion urgente del servicio mencionado en el parrafo precedente para la Oficina Regional de MORDAZA, considerando que el otorgamiento de la buena pro a favor de la empresa ESVICSAC, ha sido impugnado; De conformidad con el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM e inciso 2) del articulo 108º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, Gerencia Legal y de la Oficina de Administracion y Finanzas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la situacion de urgencia del "Servicio de Seguridad y Vigilancia", de las Oficinas Regionales de OSINERG, ubicadas en Pucallpa, MORDAZA, Tacna y Arequipa. Articulo 2º.- Exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva por SITUACION DE URGENCIA, la contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia para las

Para tal efecto debera efectuarse el MORDAZA Adjudicacion de Menor Cuantia, cuyo valor referencial es de S/ .64,068.00 (Sesenta y Cuatro Mil Sesenta y Ocho y 00/100 Nuevos Soles). El egreso que irrogue la contratacion objeto de la presente exoneracion, se afectara a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Articulo 3º.- Disponer que la Gerencia de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que sustentan la presente exoneracion, a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias

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