Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2004 (19/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 19 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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vacancia del cargo de miembro del Consejo de Participacion de la Juventud, la renuncia al cargo; Que, se ha comunicado y acreditado la renuncia de uno de los miembros del Consejo de Participacion de la Juventud, la renuncia al cargo mediante el Oficio Nº 059-2004CONAJU-CPJ-CD/P y el Informe Nº 058-2004-GEPROGES/CNJ; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 014-P-CNJCONAJU-2004, publicada el 7 de febrero del ano 2004, se reconocieron a los miembros del Consejo de Participacion de la Juventud - CPJ, incluyendose para tal efecto una lista anexa con sus nombres, apellidos y estamento al cual representan; Que, en vista de la renuncia del senor Tino MORDAZA MORDAZA, la referida Resolucion Presidencial Nº 014-PCNJ-CONAJU-2004 debe ser modificada a fin de acreditar al MORDAZA miembro accesitario como reemplazo del renunciante e incorporarlo al Consejo de Participacion de la Juventud - CPJ; Con las visaciones de la Gerencia de Promocion, Organizacion y Gestion y la Oficina de Asesoria Juridica, en las materias de sus respectivas competencias; De conformidad con lo previsto por la Ley Nº 27802, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 1062002-PCM y modificatorias, en virtud de las disposiciones del Decreto Supremo Nº 005-2004-PCM, y en uso de sus atribuciones, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reconocer como miembro del Primer Consejo de Participacion de la Juventud -CPJ, al senor MORDAZA Cose MORDAZA como MORDAZA miembro del Consejo de Participacion de la Juventud, por el estamento de Organizaciones Juveniles, en reemplazo del renunciante, senor Tino MORDAZA Moncada. Articulo 2º.- Poner la presente resolucion en conocimiento de los integrantes del Consejo de Participacion de la Juventud - CPJ asi como a los interesados, para lo cual se les transcribira y alcanzara MORDAZA de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano asi como en la pagina web oficial de la Comision Nacional de la Juventud. Registrese, comuniquese y publiquese.

Que, la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo mediante Acuerdo Nº 08 de fecha 11 de marzo de 2004, propuso se declare Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion al Colegio Nacional MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, inmueble ubicado en Av. MORDAZA MORDAZA Chipoco Nº 271, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica. Delimitar el Area Intangible del inmueble, al sector conformado por el patio de ingreso, pabellon central y salon de actos, incluye el cerco de ingreso de 119.20 ml de longitud, conforme al plano DAI-005INC/2004, que forma parte de la presente Resolucion; Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Ley 27580, "Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de Obras en Bienes Culturales Inmuebles", Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Ar ticulo1º.- DECLARAR MONUMENTO INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION al Colegio Nacional MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, inmueble ubicado en Av. MORDAZA MORDAZA Chipoco Nº 271, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica. Articulo 2º.- Delimitar el Area Intangible del inmueble ubicado en Av. MORDAZA MORDAZA Chipoco Nº 271, distrito de Chincha Alta, al sector conformado por el patio de ingreso, pabellon central y salon de actos, incluye el cerco de ingreso de 119.20 ml de longitud, conforme al plano DAI-005INC/2004, que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en los Registros Publicos la condicion de Patrimonio Cultural mencionada en el articulo 1º de la presente Resolucion Articulo 4º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el Monumento a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA VEGAS MORDAZA Presidenta 09402

MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 09445

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran monumentos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion a inmuebles ubicados en los departamentos de Ica y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 334/INC MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2004 Visto el Acuerdo Nº 08/11.03.2004 de la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion;

RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 336/INC MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2004 Visto el Acuerdo Nº 04/04.03.2004 de la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo mediante Acuerdo Nº 04 de fecha 4 de marzo de 2004, propuso se declare Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Hacienda y Capilla del Fundo Huayrapongo, ubicada en el distrito de Banos del MORDAZA, provincia y departamento de Cajamarca; Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, y la Oficina de Asuntos Juridicos;

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