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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G30/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 26 de mayo de 2004 Supremo Nº 043-2003-PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Traspa-rencia y Acceso a la Información Pública, DecretoSupremo Nº 072-2003-PCM, que aprueba el Regla-mento de la Ley de Acceso a la Información Pública,PCM, y el Reglamento de Organización y Funcionesdel Instituto Nacional de Cultura, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 017-2003-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Sr. Isaías Rey Pérez Al- ferez, Director del INC - Tacna, como el funcionarioresponsable de brindar la información solicitada envirtud de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia yAcceso a la Información Pública dentro del ámbito desu jurisdicción. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 09817 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G6E/G6F/G20/G70/G65/G72/G69/G6D/GE9/G74/G72/G69/G63/G6F/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G2D /G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/GE1/G72/G65/G61/G20/G65/G76/G61/G6C/G75/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G73/G65/G6E/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G2D/G74/G6F/G20/G48/G75/G6D/G61/G6E/G6F/G20/G22/G4E/G75/G65/G76/G61/G20/G45/G73/G70/G65/G72/G61/G6E/G7A/G61/G22/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G2D/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G75/G65/G6E/G74/G65/G20/G50/G69/G65/G64/G72/G61/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65 /G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 353/INC Lima, 13 de mayo de 2004 Visto, el Oficio Nº 016-2004-CCZAOAAHH, de fecha 3 de mayo del 2004, remitido por la Comisión Califica-dora de Zonas Arqueológicas Ocupadas por Asentamien-tos Humanos, conteniendo el Informe Técnico Final y elDictamen Nº 007-2004-CCZAOAAHH , correspondienteal área evaluada en el Asentamiento Humano NuevaEsperanza, ubicado en el distrito de Puente Piedra, pro-vincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-98-PCM se creó la Comisión Calificadora de Zonas ArqueológicasOcupadas por Asentamientos Humanos (CCZAOAAHH),aprobándose su respectivo Reglamento, teniendo la cita-da Comisión como competencia la de aprobar los Estu-dios de Evaluación Arqueológica, así como la categoriza-ción y la delimitación de las zonas arqueológicas ocupa-das por Asentamientos humanos, definidas en dichos es-tudios, conforme a lo dispuesto en su reglamento; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 017-98- PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 025-99-MTC,establece que es competencia de la Comisión Calificado-ra de Zonas Arqueológicas ocupadas por AsentamientosHumanos el autorizar y supervisar todo permiso de inves-tigaciones y excavaciones de interés arqueológico o his-tórico en terrenos públicos o privados ocupados por todaclase de posesión informal; Que, mediante Acta de Sesión Nº 08 del 2 de julio del 2003, la Comisión Calificadora de Zonas Arqueo-lógicas Ocupadas por Asentamientos Humanos acor-dó aprobar el Proyecto "Estudio de Evaluación Arqueo-lógica en el Asentamiento Humano Nueva Esperanza- Puente Piedra", presentado por el Licenciado en Ar-queología Miguel Pazos Rivera R.N.A CP 7823, en lamodalidad de Evaluación Arqueológica con excavacio-nes en el Asentamiento Humano Nueva Esperanza,ubicado en el distrito de Puente Piedra, provincia ydepartamento de Lima y emite la Resolución Nº 04-2003-CCZAOAAHH, con fecha 2 de julio del 2003, queresuelve autorizar al Licenciado en Arqueología Mi-guel Pazos Rivera R.N.A. CP 7823, a realizar dichoEstudio de Evaluación Arqueológica;Estando a lo opinado por la Oficina de Asuntos Jurídicos mediante Informe Nº 196 - 2004-INC/OAJG,de fecha 23 de abril de 2004; Con la visaciones de la Dirección de Gestión y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 24047 - Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de laNación, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Adminis-trativo General, Decreto Supremo Nº 017-2003, queaprueba el Reglamento de Organización y Funciones delInstituto Nacional de Cultura y los Decretos SupremosNºs. 039-70-VI y 063-70-VI que aprueban el Reglamen-to Nacional de Construcciones; SE RESUELVE:Artículo Único.- RECOMENDAR que las Municipa- lidades Provinciales y Distritales del Perú, establezcanen su Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA, como requisito obligatorio, en los procedimien-tos administrativos de habilitación urbana, la presenta-ción del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueoló-gicos (CIRA) expedido por el Instituto Nacional de Cul-tura. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 09816 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65 /G62/G72/G69/G6E/G64/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G64/G61/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C /G49/G4E/G43/G20/G2D/G20/G54/G61/G63/G6E/G61/G20/G65/G6E/G20/G76/G69/G72/G74/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G64/G65 /G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G41/G63/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 348/INC Lima, 13 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2003- PCM, se aprobó el Texto Único Ordenado de la LeyNº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Infor-mación Pública, con la finalidad promover la transpa-rencia de los actos del Estado y regular el derechofundamental del acceso a la información consagradoen el numeral 5) del artículo 2º de la ConstituciónPolítica del Perú; Que, de acuerdo al artículo 3º del Decreto Supre- mo precitado, se establece que todas las actividadesy disposiciones de las entidades comprendidas en di-cha ley, están sometidas al principio de publicidad, y,en consecuencia, el Estado deberá adoptar medidasbásicas que garanticen y promuevan la transparen-cia en la actuación de las entidades de la Adminis-tración Pública, y tiene la obligación de entregar lainformación que demanden las personas en aplica-ción del principio de legalidad; Que, el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 072-2003-PCM, establece quelas Entidades que cuenten con sedes desconcentra-das o descentralizadas, designarán en cada una deellas al funcionario responsable de entregar la infor-mación que se requiera al amparo de la Ley, con elobjeto que la misma pueda tramitarse con mayor ce-leridad; Que, a fin de dar cumplimiento a las disposicio- nes antes descritas, resulta necesario designar al fun-cionario responsable de brindar la información soli-citada en el INC - Tacna; Estando a lo visado por la Gerencia General y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto