Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2004 (27/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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tuar los chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo DC-10, a sus tripulantes tecnicos MORDAZA Giovannini, MORDAZA Soarez y MORDAZA Artadi, en la MORDAZA de Miami, Estados de MORDAZA, durante los dias 28 al 30 de MORDAZA del 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 3829, 4660, 8321 y 8322, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 0650-2004-MTC/12.04-SDO designando al inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para realizar los chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo DC-10 al personal aeronautico propuesto por la empresa Cielos del Peru S.A., en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 27 al 31 de MORDAZA del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos tecnicos en simulador de vuelo a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 0650-2004-MTC/ 12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 27 al 31 de MORDAZA del 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Cielos del Peru S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 3829, 4660, 8321 y 8322, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 1,100.00 28.24

Vista la solicitud de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU sobre Modificacion de Permiso de Operacion para prestar el Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 164-2003-MTC/ 12 del 23 de MORDAZA del 2003, se otorgo a TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU, Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo por el plazo de cuatro (4) anos, segun lo establecido en la Sentencia del 28 de enero del 2003, expedida por la MORDAZA Sala del Tribunal Constitucional, Expediente Nº 2966-2002-AC; Que, con Documento de Registro Nº 2003-010874 del 4 de junio del 2003, ampliada con Documento de Registro Nº 036397 del 7 de MORDAZA del 2003, Documento de Registro Nº 2003-018879 del 16 de setiembre del 2003 y Documento de Registro Nº 2003-022191 del 10 de noviembre del 2003, TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU solicito la Modificacion de Permiso de Operacion, en el sentido incrementar el material aeronautico y ampliar las rutas y frecuencias a operar a las que tiene actualmente otorgadas; Que, con Memorandum Nº 0296-2003-MTC/12.OAL, Memorandum Nº 0451-2003-MTC/12.AL, Memorandum Nº 0502-2003-MTC/12.OAL y Memorandum Nº 227-2004MTC/12.AL emitidos por la Asesoria Legal; Memorandum Nº 1560-2003-MTC/12.04 emitido por el Director de Seguridad Aerea; y Memorandum Nº 351-2003-MTC/12.OAPA, Memorandum Nº 419-2003-MTC/12, Memorandum Nº 6412003-MTC/12, Memorandum Nº 686-2003-MTC/12, Memorandum Nº 033-2004-MTC/12, Memorandum Nº 057-2004MTC/12 y Memorandum Nº 125-2004-MTC/12 emitidos por la Asesoria de Politica Aerea; se considera pertinente atender, en lo que corresponda, lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; Que, TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU cuenta con el Certificado de Explotador de Servicios Aereos Nº 009 y sus Especificaciones de Operacion - OPSPECS respectivas; Que, la empresa AERO CONTINENTE S.A., ha formulado oposicion a algunas rutas contenidas en la solicitud de Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo presentada por la empresa TACA PERU, la misma que debe declararse fundada, en tanto las rutas a las cuales se ha opuesto no pueden ser otorgadas por existir limitacion de derechos aerocomerciales, habiendo adicionalmente mas de una empresa interesada en las rutas solicitadas, por lo que no es posible su otorgamiento mediante un permiso de operacion definitivo de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, conforme se desprende del Acta de Audiencia Publica correspondiente y del Memorandum Nº 0573-2003-MTC/12.AL, emitido por la Asesoria Legal; Que, la empresa LAN PERU S.A., ha formulado oposicion a algunas rutas contenidas en la solicitud de Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo presentada por la empresa TACA PERU, la misma que debe declararse fundada, en parte, en tanto algunas de las rutas a las cuales se ha opuesto no pueden ser otorgadas por existir limitacion de derechos aerocomerciales, habiendo adicionalmente mas de una empresa interesada en las rutas solicitadas, por lo que no es posible su otorgamiento mediante un permiso de operacion definitivo de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, conforme se desprende del Acta de Audiencia Publica correspondiente y del Memorandum Nº 0573-2003-MTC/12.AL y Memorandum Nº 227-2004-MTC/12.AL, emitidos por la Asesoria Legal; Que, de conformidad con los terminos del Memorandum Nº 227-2004-MTC/12.AL emitido por la Asesoria Legal, el ejercicio de los derechos de MORDAZA MORDAZA del aire en las rutas San MORDAZA - Miami - San MORDAZA, con cuatro (4) frecuencias semanales y San MORDAZA - Los MORDAZA - San MORDAZA, con tres (3) frecuencias semanales presuponen necesariamente el ejercicio de derechos de tercera y cuarta MORDAZA del aire en la ruta MORDAZA - San MORDAZA - MORDAZA, los cuales han sido asignadas en su totalidad, siete (7) frecuencias semanales, a TACA PERU mediante Resolucion Directoral Nº 164-2003-MTC/12 del 23 de MORDAZA del 2003, por

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 09836

Modifican resolucion que otorgo a TACA PERU permiso de operacion de servicio de transporte aereo internacional regular de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 062-2004-MTC/12 MORDAZA, 6 de MORDAZA del 2004

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