Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2004 (28/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de MORDAZA de 2004

Articulo 5º.- MORDAZA de publicidad.- La informacion que produce o posee la SUNARP (Sede Central y Organos Desconcentrados) se presume publica, salvo las excepciones expresamente previstas en los articulos 15º, 16º y 17º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, aprobado por D.S. Nº 043-2003-PCM. La solicitud de informacion sera atendida inmediatamente, previo pago del costo de reproduccion, sin necesidad de informe u opinion previa de ninguna otra area. En los casos de excepcion consignados expresamente en los articulos citados, el funcionario encargado rechazara inmediatamente la solicitud de informacion, sin necesidad de informacion u opinion previa de ninguna otra area, sustentandose unicamente en que la informacion solicitada esta comprendida entre los supuestos de excepcion regulados en la Ley. Articulo 6º.- Recurso de apelacion.- Ante la denegatoria de informacion procede recurso de apelacion, el cual sera presentado ante el funcionario que denego la informacion. Resuelve el recurso de apelacion, en la Sede Central, el Gerente General y, en los Organos Desconcentrados, el Jefe del Organo Desconcentrado. Articulo 7º.- Informacion publicitada por internet Cuando la informacion solicitada MORDAZA sido puesta a disposicion del usuario en la pagina Web de la institucion (www.sunarp.gob.pe), el funcionario responsable de entregar la informacion debera informar dicha circunstancia al usuario, sin perjuicio de comunicarle la existencia de procedimientos administrativos referidos a la expedicion de copias o impresiones de la informacion requerida.

Articulo 8º.- Silencio Administrativo Negativo.- Transcurrido el plazo para proporcionar la informacion, sin que medie respuesta del funcionario responsable, se tendra por denegada la solicitud de informacion. Luego de producido el silencio administrativo negativo, el interesado podra formular recurso de apelacion. Articulo 9º.- Responsable del MORDAZA de internet.Corresponde al Jefe de la Oficina de Imagen Institucional y Relaciones Publicas de la SUNARP ­ Sede Central, mantener actualizada la informacion a suministrar por internet, de acuerdo a la ley. Articulo 10º.- Regimen Legal.- En la MORDAZA, calificacion y atencion de la solicitud de acceso a la informacion, se debera observar las normas legales contenidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por D.S. Nº 043-2003-PCM y su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 072-2003-PCM. Articulo 11º.- MORDAZA derogatoria y modificatoria.Deroguese la Directiva Nº 003-2001-SUNARP/SN, Normas Orientadas a facilitar el acceso a la informacion de la SUNARP y sus Organos Desconcentrados aprobada mediante Resolucion Nº 078-2001-SUNARP-SN, publicada el 2 de MORDAZA del 2001. Modifiquese las normas que se oponen a la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos

ANEXO A
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LA INFORMACION

OFICINA DE TRAMITE DOCUMENTARIO Ingresa la solicitud del requerimiento

GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS (GAF) Organo encargado (Liquida el costo)

USUARIO ·Solicita la Informacion ·Recibe Informacion requerida

NO

EL AREA Comunica que no hay la informacion requerida.

GAF Califica procedencia SI EL AREA Reproduce y remite la informacion solicitada.

EL AREA Verifica la informacion

NO

Informacion disponible ?

SI

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