Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2004 (28/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 70

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G32/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 28 de mayo de 2004 Artículo 2º.- Sujetos comprendidos Podrán acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza, los propietarios de los predios colapsados ydeclarados como Microzonas de Tratamiento por Reno- vación Urbana. Para este fin, el carácter de colapsado, es establecido por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 3º.- Deuda materia de acogimiento Son materia de acogimiento, las deudas tributarias correspondientes al Impuesto Predial y Arbitrios Munici- pales, correspondientes a los predios declarados Microzo-nas de Tratamiento por Renovación Urbana, generadas al31 de diciembre de 2003; con excepción de las deudasgeneradas por el Impuesto Predial, cuando el contribuyenteademás de ser propietario de un predio colapsado que se encuentre en las Microzonas de Tratamiento por Renova- ción Urbana, tenga la propiedad de otro u otros prediosubicados en el Cercado de Lima, que no se encuentrenubicados en dichas Microzonas. Artículo 4º.- Formas de pago y plazo Los sujetos comprendidos en la presente Ordenanza, podrán acoger la deuda tributaria materia de fracciona-miento hasta por un plazo máximo de doce (12) cuotasmensuales, con lo cual, se extinguirá los intereses morato-rios generados hasta la fecha de entrada en vigencia de lapresente Ordenanza. La falta de pago de una cuota dentro de los plazos es- tablecidos ocasionará la pérdida automática del beneficiodel fraccionamiento. Artículo 5º.- De la solicitud Para el acogimiento del beneficio materia de la presen- te Ordenanza, los contribuyentes deberán presentar ante el SAT los siguientes documentos: a) Solicitud simple dirigida al Jefe del SAT. b) Copia simple del documento de identidad.c) Exhibir original y copia del comprobante de pago de los gastos administrativos y costas de aquellos procedi- mientos de ejecución coactiva generados por concepto dela deuda pendiente. d) Estado de cuenta emitido y entregado por el SAT a la fecha de recepción de la solicitud. Artículo 6º.- Del procedimiento Presentada la solicitud con los documentos mencio- nados en el artículo anterior, el SAT emitirá la Resoluciónde Fraccionamiento correspondiente, el cual constituye laconstancia de acogimiento. La aprobación del fraccionamiento implicará el levanta- miento de las medidas cautelares o embargos dispuestos por el ejecutor coactivo; asimismo, previo a la aprobaciónantes mencionada, se deberá desistir de las impugnacio-nes que se hayan efectuado respecto de la deuda fraccio-nada. Artículo 7º.- Del plazo para acogerse al fracciona- miento Los propietarios de los inmuebles colapsados identifi- cados como Microzonas de Tratamiento por RenovaciónUrbana tendrán un plazo de sesenta (60) días a partir de lapublicación de la presente Ordenanza para acogerse al frac- cionamiento. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultar al Servicio de Administración Tribu- taria- SAT a dictar las disposiciones complementarias que sean necesarias para la mejor aplicación de los beneficios tributarios establecidos en la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima a los veinte días del mes de mayo de dos mil cuatro. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 10064/G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G5A/G6F/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G2D /G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G55/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G65/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G61/G20/G61/G20/G4D/G65/G64/G69/G61/G6E/G6F/G20/G50/G6C/G61/G7A/G6F/G2C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G2D/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G6F/G73/G20/G4F/G6C/G69/G76/G6F/G73 ORDENANZA Nº 631 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMAVisto en Sesión Ordinaria de fecha 20 de mayo de 2004, el Documento Simple Nº 6273-04 (Expediente Nº 7411-03) seguido por don Vidal Manuel Azañero Echevarría y espo-sa, quienes solicitan el cambio de zonificación de ZonaResidencial de Densidad Media – R4 a Zona de ComercioVecinal – C2, del terreno de 712.47 m 2, ubicado en la es- quina conformada por la Av. Universitaria y Naranjal, Mz. A, Lotes 01, 02, 03, 24, 25 y 26 del Asentamiento Humano 19 de Mayo, Primera Etapa, distrito de Los Olivos, provin-cia y departamento de Lima, en donde actualmente funcio-na una Estación de Servicios y Venta de Combustibles; y, CONSIDERANDO: Que, es competencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima planificar el desarrollo urbano y rural de su cir-cunscripción, incluyendo la zonificación, urbanismo y elacondicionamiento territorial, de conformidad con el Artí-culo 195º, inciso 6) de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680, de Reforma Constitucio- nal del Capítulo XIV del Título IV; Que, de acuerdo al Artículo 79º inciso 1, numeral 1.2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, son fun-ciones exclusivas de las municipalidades provinciales, enmateria de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarro- llo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, elPlan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demásplanes específicos de acuerdo con el Plan de Acondiciona-miento Territorial; Que, don Vidal Manuel Azañero Echevarria y esposa quienes promueven el presente cambio de zonificación, han acreditado ser el titular de los terrenos, en mérito a lasEscrituras Públicas de Compra – Venta debidamente ano-tadas en el Registro Predial Urbano, cuyas copias obranen el Expediente; asimismo cabe mencionar que en dichosdocumentos se hacen constar que los Compradores de- claran conocer que sobre el inmueble que se transfiere se encuentra anotada una demanda sobre expropiación a fa-vor del Concejo Municipal de Lima Metropolitana; Que, que el cambio de zonificación submateria, cuenta con opinión favorable de los vecinos del entorno; Que, la Municipalidad Distrital de Los Olivos mediante Informe Nº 018-2003/MDLO/DDU/DCCHU/DCH de fecha 31 de marzo de 2003, opina por la procedencia del cambiode zonificación solicitado, por considerar que existe con-solidación de viviendas comerciales en los frentes de lamanzana donde se ubica el predio del submateria; Que, el Instituto Metropolitano de Planificación, mediante Informe Nº 024-2004/MML/IMP.DPT, del 29 de abril de 2004, opina que podría aceptarse el cambio de zonificación soli-citado, por cuando si bien es cierto dicho terreno va a serafectado por el Intercambio Vial a desnivel, que forma par-te del Proyecto "Periférico Vial Norte" que se ha previstoejecutar en dicha zona, sin embargo no se puede determi- nar el área exacta debido que a la fecha no se tiene dicho proyecto, el que no debe ser obstáculo para una expropia-ción, más aun si el recurrente ha ejecutado una construc-ción sin autorización alguna y a sabiendas de la existenciade una demanda de expropiación de la MunicipalidadMetropolitana de Lima, razón por la que debe precisarse que el área afectada debe ser tasada de acuerdo con el valor que tendría con la zonificación actual, vale decir R4,y que además no se consideren en la tasación las edifica-ciones e instalaciones que contenga, por las razones pre-citadas; Que el terreno submateria, cumple con lo establecido en el Decreto de Alcaldía Nº 085-98-MML, norma que de- termina que los puestos de venta de combustible encuen-tran ubicación conforme cuando se ubiquen en esquina devías expresas, arteriales, colectoras o avenidas (vías de