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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2004 (28/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 68

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G32/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 28 de mayo de 2004 observados. No correspondiendo para el extremo del tiem- po de la adquisición, ya que el caso se trata de la adquisi-ción de un bien y no de la contratación de un servicio, comoprevé la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, Nu- meral 6.5; Que, en virtud de las atribuciones conferidas por los Artículos 20º, 21º inciso “v” y 41º de la Ley Nº 27867 “LeyOrgánica de Gobiernos Regionales”, el numeral “4” delArtículo 18° del Reglamento de Organización y Funcio-nes del Gobierno Regional del Callao, aprobado por Or- denanza Regional N° 002-2004-REGION CALLAO/CR, modificado con Ordenanza Regional N° 004-2004-RE-GION CALLAO/CR, con la conformidad de la GerenciaGeneral Regional y la visación de la Gerencia de Aseso-ría Jurídica, la Gerencia Regional de Desarrollo Social yla Gerencia de Administración del Gobierno Regional del Callao; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modificar el Artículo Primero de la Re- solución Nº 168-2004-REGION CALLAO/PR publicada 30 de abril de 2004, el mismo que quedará redactado como sigue: “Articulo Primero.- Exonérese, por las consideracio- nes expuestas, de la realización del proceso de Adjudi-cación Directa Selectiva el suministro de productos Hi- drobiológicos, valorizado en S/. 28 650,00 (Veintiocho Mil Seiscientos Cincuenta Con 00/100 Nuevos Soles),consistente en: Tres Mil (3 000) Salchicha de Pescadox 500 gr., valorizado en S/. 9 000,00 (Nueve Mil Con00/100 Nuevos Soles), Seis Mil (6 000) Pulpa de Pes-cado - lata x 425 gr. - Unidades, valorizado en S/. 12 000,00 (Doce Mil Con 00/100 Nuevos Soles), Tres Mil (3 000) Hojuelas de Pescado - bolsa x 40 gr., valoriza-do en S/. 2 250,00 (Dos Mil Doscientos Cincuenta Con00/100 Nuevos Soles), Tres Mil (3 000) Empanadas Pro-teinizada x 100 gr., valorizado en S/. 2 700,00 (Dos MilSetecientos Con 00/100 Nuevos Soles) y Tres Mil (3 000) Galleta Proteinizada x 100 gr. valorizado en S/. 2 700,00 (Dos Mil Setecientos Con 00/100 Nuevos So-les); que representa a una parte del total de los pro-ductos a adquirirse para la actividad "Incentivo Socialpara Mujeres en Situación de Riesgo y Vulnerabilidaden la Región Callao 2004", cuya relación en Anexo Nº 04 debidamente rubricado forma parte integrante de la presente resolución. Esta adquisición se encuentra fi-nanciada con los recursos provenientes de la Partici-pación en Rentas de Aduanas”. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGELIO CANCHES GUZMÁN Presidente ANEXO Nº 04 COMPOSICIÓN DE BOLSA DE VÍVERES A SER DISTRIBUIDAS 2004 3000 BOLSAS Producto Precio Cantidad Total Salchicha de Pescado x 500 gr. 3.00 3,000.00 9,000.00 Productos Pulpa de Pescado- lata x 425 gr - 2.00 6,000.00 12,000.00 Hidrobio- 2 Unidades lógicos Hojuelas de Pescado - bolsa x 40 gr . 0.75 3,000.00 2,250.00 Empanada proteinizada x 100 gr . 0.90 3,000.00 2,700.00 Galleta Proteinizada x 100 gr . 0.90 3,000.00 2,700.00 Subtotal ITP 28,650.00 Leche Evaporada - tarro 1.90 6,000.00 11,400.00 Arroz Superior x 1 kg 2.40 3,000.00 7,200.00 Otros Azucar Rubia x 1 kg 1.80 3,000.00 5,400.00 Productos Fideos x 250 gr. 0.90 3,000.00 2,700.00 Frijol Castilla x 1kg 2.20 3,000.00 6,600.00 Sub total Compras 33,300.00 TOTAL 3000 CANASTAS 61,950.00 10143GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD /G46/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G72/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G52/G65/G2D/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G61/G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64 ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2004-CR/RLL Trujillo, 21 de mayo del 2004 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de la Liber- tad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y192º de la Constitución Política del Perú de 1993, modifica-do por la Ley de Reforma Constitucional del capítulo XIVdel título IV, sobre Descentralización -Ley Nº 27680-, por la Ley de Bases de Descentralización -Ley Nº 27783-; y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales -Ley Nº 27867-, su modificatoria Ley Nº 27902 y demás normas comple-mentarias. Ha aprobado la siguiente Ordenanza: CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, en su Art. 1º "Establece y norma la estructura,organización, competencia y funciones de los GobiernosRegionales. Define la organización democrática, descen- tralizada y desconcentrada del Gobierno Regional confor- me a la Constitución y a la Ley de Bases de Descentraliza-ción"; Que, el Art. 2º del mismo cuerpo de Leyes establece su personería jurídica de derecho público, con autonomía po-lítica, económica y administrativa en asuntos de su com- petencia; asimismo el Art. 3º de la citada Ley, prescribe que los Gobiernos Regionales tiene jurisdicción en el ám-bito de sus respectivas circunscripciones territoriales con-forme a Ley; Que la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, Modificada por el Artículo 8º de la Ley Nº 27902 establece en su duodécima Disposición Transitoria que la Selección de Directores Sectoriales se hará previo Con-curso Público convocado por los Gobiernos Regionales,en coordinación con el Gobierno Nacional de acuerdo alos Lineamientos Generales elaborados por el ConsejoNacional de Descentralización; Que, la Resolución Presidencial Nº 012-CND-P-2003, en su Artículo 1º Aprueba la Directiva Nº 001-CND-P-2003,que formula los Lineamientos Generales para dicho Con-curso, señalando el 28 de febrero del 2003, como plazopara la Convocatoria, y mediante Resolución PresidencialNº 025-CND-P-2003, modifica los plazos ampliando a se- senta días hábiles la Convocatoria; posteriormente de acuerdo a la Resolución Presidencial Nº 073-CND-P-2003,se amplía el plazo para la Convocatoria hasta el 15 de juliodel 2003, debiendo iniciarse dicho Concurso Público a mástardar el 31 de julio del 2003. A partir de esa fecha comoplazo límite, el CND no ha generado nueva normatividad al respecto, por lo que, ante este desfase el Ministerio de la Producción, mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs.362 y 363-2003- PRODUCE, publicada el 6.10.2003 en-cargan las funciones de Directores Regionales de Pesque-ría de Piura y Tumbes; Que mediante la R.E.R. Nº 038-2004-GR.Pasco/PRES, publicada el 24 de enero del 2004, se Designa al Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, cargo consi- derado de confianza , bajo el marco legal de la autonomía, que tiene, el Titular del Pliego del Gobierno Regional paradesignar y cesar a sus funcionarios de confianza; Que, con R.M. Nº 097-2004-PRODUCE, publicada el 10 de marzo del 2004, el Ministerio de la Producción en- carga funciones de Director Regional de Pesquería delGobierno Regional de Moquegua; y mediante Decreto Su-premo Nº 038-2004-PCM, publicada el 12 de mayo del 2003,aprueban el Plan Anual de Transferencia de Competenciasectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del 2004, excluyendo a los sectores Salud y Educación, derogando