Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2004 (28/05/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de MORDAZA de 2004

Especial de declarar desierto dicho MORDAZA del Concurso Publico Nº 001-2004-CE/MDCH, en virtud a lo dispuesto en el Art. 32º del D.S. Nº 012-2001-PCM, como se evidencia del Acta del Comite Especial de fecha 12.4.2004; Que, del analisis efectuado por el Comite Especial, infiere que las causas que han propiciado la declaratoria de desierto son netamente ajenas a su responsabilidad; Que, dichos dispositivos legales aunados y en concordancia con los procedimientos a que hacen referencia el Art. 19º y 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM posibilitan lo requerido por el Comite Especial encargado de llevar a cabo el Concurso Publico Nacional Nº 0001-2004-CE-MDCH; Que, el Informe del Comite Especial solicita se tomen las previsiones tecnicas y racionales para no dejar de evacuar los Residuos Solidos de un relleno sanitario debidamente autorizado que permitira culminar objetivamente con el MORDAZA licitario en su MORDAZA convocatoria; Que, lo solicitado se enmarca en lo dispuesto por el Inciso c) el Art. 19º del D.S. Nº 012-2001-PCM, e inciso c) del Art. 20º del mismo cuerpo legal donde se expresa que la exoneracion de un MORDAZA de licitacion esta permitido cuando se declare en situacion de urgencia, debiendo ser aprobada por el Concejo Municipal; Que, tanto los informes del Comite Especial como el de la Asesoria Juridica se ajustan a lo esbozado en la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE aprobada por la Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, por cuanto cuentan con la siguiente informacion: 1. Descripcion basica del servicio: - Disposicion Final de Residuos Solidos en un relleno sanitario debidamente autorizado. - Monto referencial S/. 11.80 por T.M. (incluido I.G.V.) - El periodo de adquisicion sera de 60 dias. - El organo encargado de la adquisicion conforme a la parte in fine del tercer parrafo del Art. 34º del D.S. Nº 0132001-PCM sera el Comite Especial. Que, en concordancia con las atribuciones establecidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, sus modificatorias y contando con el MORDAZA de la mayoria de los senores del Concejo Municipal; ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar, la declaracion de Situacion de Urgencia del Servicio de Disposicion Final de Residuos Solidos de la Municipalidad Distrital de Chorrillos por las consideraciones expuestas y por un periodo de 60 dias para que se contrate los servicios de Disposicion Final de Residuos Solidos en un relleno sanitario debidamente autorizado, cuyo monto referencial asciende a S/. 11.80 por T.M. Articulo Segundo.- Aprobar, la contratacion del servicio requerido por el Comite Especial a traves de sus unidades operativas. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Administracion para que remita MORDAZA del presente Acuerdo y del Informe Legal a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos previstos en la Ley. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General del Concejo la responsabilidad de publicar en el Diario Oficial El Peruano el presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 10041

Visto, en Sesion Ordinaria del 6 de MORDAZA del 2004, el Proyecto de Ordenanza presentado por el Regidor MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Presidente y en representacion de los miembros de la Comision de Asuntos Juridicos, para dejar sin efecto las sanciones impuestas a los establecimientos comerciales ubicados en la Av. MORDAZA MORDAZA y otras avenidas del distrito de La Molina; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA DEJAR SIN EFECTO LAS SANCIONES IMPUESTAS A LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES UBICADOS EN AV. MORDAZA MORDAZA Y OTRAS AVENIDAS DEL DISTRITO DE LA MORDAZA Articulo Primero.- La presente Ordenanza tiene como objeto principal permitir, durante su vigencia, el funcionamiento de los locales comerciales que se encuentran temporalmente imposibilitados de obtener Licencia Municipal de Apertura para el desarrollo de sus actividades comerciales, industriales y profesionales en el distrito de La MORDAZA, ubicados en las vias que se detallan en la presente MORDAZA legal. Articulo Segundo.- La imposibilidad temporal, a que se contrae el articulo precedente, esta referida tanto a la escasez de espacios para estacionamiento en aquellas areas que cuentan con zonificacion comercial conforme, como para aquellas franjas que, careciendo de zonificacion, tienen actividad comercial consolidada. Articulo Tercero.- Es tambien objeto de la presente Ordenanza dejar sin efecto, a solicitud de los administrados, las papeletas de infraccion y las resoluciones de multas administrativas, impuestas a los establecimientos que se ubican en las vias detalladas en el Articulo MORDAZA, por los Codigos Nºs. 1405, 1410, 1420, 1900 y 1905 de la Ordenanza Nº 029-2000; asi como, en su caso, dejar en suspenso durante la vigencia de la presente Ordenanza, la ejecucion de las resoluciones gerenciales de clausura, sea cual fuere el estado en que se encuentren. Articulo Cuarto.- Los establecimientos comerciales, materia de la presente Ordenanza, estan ubicados en la avenida MORDAZA Tristan; avenida Huarochiri; avenida Los Constructores desde la cuadra 2 hasta la cuadra 6 inclusive; avenida Alameda del Corregidor cuadras 18 y 19; avenida MORDAZA Ferrero desde la cuadra 10 hasta la cuadra 14 inclusive; avenida Los Condores desde la cuadra 3 hasta la cuadra 6 inclusive; avenida MORDAZA desde la cuadra 3 hasta la cuadra 6 inclusive; avenida MORDAZA MORDAZA desde la cuadra 59 hasta la cuadra 68 inclusive, y avenida La MORDAZA desde la cuadra 5 hasta la cuadra 10 inclusive. Articulo Quinto.- Los conductores de los establecimientos comerciales ubicados en las avenidas descritas en el articulo precedente, podran acogerse a los beneficios de la presente MORDAZA legal, dentro de los noventa (90) dias computados a partir del dia siguiente de su publicacion, mediante una solicitud dirigida al senor Alcalde. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza tendra una vigencia de un (1) ano, plazo en el cual se habilitaran las zonas de estacionamiento en la avenida MORDAZA MORDAZA, tanto por inversion directa de la municipalidad como por inversion conjunta, conforme a lo acordado con los conductores de los establecimientos ubicados en la mencionada avenida. La Municipalidad de La MORDAZA realizara las gestiones ante la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para procurar el cambio de zonificacion en las demas vias detalladas en el Articulo Cuarto. Articulo Setimo.- Conforme se habiliten los estacionamientos en la avenida MORDAZA MORDAZA, los conductores de los establecimientos ubicados en la mencionada avenida, podran solicitar la expedicion de la Licencia Municipal de Apertura Indeterminada. Articulo Octavo.- Si la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprueba el cambio de zonificacion, los conductores de los establecimientos ubicados en las otras avenidas detalladas en el Articulo MORDAZA, podran solicitar la expedicion de la Licencia de Apertura Indeterminada, siempre y cuando se hayan cumplido con los requisitos exigidos, para ese efecto, por la Municipalidad Provincial. Articulo Noveno.- Durante la vigencia de la presente Ordenanza, solo se otorgaran nuevas Licencias Municipales a los establecimientos comerciales ubicados en la avenida

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Dejan sin efecto sanciones impuestas a establecimientos comerciales ubicados en diversas avenidas del distrito
ORDENANZA Nº 080
La MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA

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