Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2004 (28/05/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de MORDAZA de 2004

yor de San MORDAZA, y a la Corporacion Turistica Peruana S.A.C, por el gesto de solidaridad y apoyo con la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mostrado a traves de la donacion en efectivo realizada con destino al Programa "Chiko´s Ecologicos", a cargo de la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor; debiendo emitir la Direccion Municipal Administrativa, el correspondiente Certificado de Donacion. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor, considerar lo establecido en la Directiva Nº 009-95-MLM-OGP-OR "Normas y Procedimientos para la aceptacion y aprobacion, recepcion, registro y control de donaciones a favor de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana". Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 10063

del Peru y de las Personas Juridicas Autorizadas prestadoras del servicio publico especial de pasajeros y carga en vehiculos menores debidamente inscritas en los Registros Publicos"; Que, es necesario modificar la referida Disposicion Complementaria y Modificatoria, a efectos de que la Comision de Desarrollo MORDAZA y Habilitacion MORDAZA y de Transporte, un miembro de la Comision de Asuntos Legales, asi como el Funcionario responsable de la Direccion del area competente; Que, luego de ser evaluada la propuesta por el Concejo Municipal, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y con el MORDAZA en MAYORIA de los senores Miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del Tramite y Aprobacion del Acta, se aprobo lo siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Modifiquese la Tercera Disposicion Complementaria y Modificatoria de la Ordenanza Nº 053MDCH que Regula el Servicio Publico de Transporte de Pasajeros en Vehiculos Menores del Distrito de Chorrillos, en los terminos siguientes: "La Comision Tecnica Mixta sera autonoma y permanente y estara integrada por un Regidor de la Comision de Obras, Desarrollo MORDAZA, Habilitacion MORDAZA y de Transporte, quien la presidira; un Regidor de la Comision de Asuntos Legales, el Funcionario responsable de la Direccion de Obras y Desarrollo Urbano; asimismo por un representante acreditado de la Policia Nacional del Peru y un representante de las personas juridicas autorizadas prestadoras del servicio publico especial de pasajeros y carga en vehiculos menores, debidamente inscritas en los Registros Publicos". Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Direccion de Obras y Desarrollo MORDAZA y a la Secretaria General el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 10039

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Modifican disposicion complementaria y modificatoria de la Ordenanza Nº 053MDCH, que regula el servicio publico de transporte de pasajeros en vehiculos menores
ORDENANZA Nº 065-MDCH
Chorrillos, 6 de MORDAZA del 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHORRILLOS Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen en conjunto de la Comision Permanente de Asuntos Legales y la Comision de Obras, Desarrollo MORDAZA, Habilitacion MORDAZA y de Transporte Nº 025-2004/CALMDCH del 2-4-2004, sobre modificacion de la Tercera Disposicion Complementaria y Modificatoria de la Ordenanza Nº 053-MDCH, que Regula el Servicio Publico de Transportes de Pasajeros en Vehiculos Menores publicado el 151-2004 en el Diario Oficial El Peruano; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su Art. 191º establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales y las delegadas conforme a Ley, son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y en su articulo 192º Inc. 4) senala que las Municipalidades tienen competencia para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en su Art. 81º Inc. 3), senala que las Municipalidades Distritales son competentes para otorgar Licencias para la circulacion de vehiculos menores y ademas la Ordenanza Nº 241-99 MML precisa en su Art. 5º las competencias de las Municipalidades Distritales, entre las cuales se senala regular la circulacion y el MORDAZA y otorgar permisos para el uso de vehiculos menores, tales como carretillas, bicicletas, triciclos y analogos; Que, la Ley General del Transporte y MORDAZA Terrestre Nº 27181, establece en su Art. 18º Inc. a) e inciso b) que las Municipalidades Distritales son competentes en materia de transporte de manera general de los reglamentos nacionales y las normas emitidas que la Municipalidad Provincial respectiva les senalen y en particular, la regulacion del MORDAZA menor (mototaxis y similares); Que, con fecha 2-11-2003 se aprobo la Ordenanza Nº 053-MDCH, que regula el Servicio Publico de Transportes de Pasajeros en Vehiculos Menores, publicado el 15-1-2004 en el Diario Oficial El Peruano; Que, la referida Ordenanza Municipal senalada en el considerando anterior, dispone en su Tercera Disposicion Complementaria y Modificatoria que: "La Comision Tecnica Mixta sera autonoma y esta integrada por los Regidores de la Comision de Transporte de la Municipalidad de Chorrillos, representantes acreditados de la Policia Nacional

MORDAZA procesos de acopio y beneficio de aves para consumo
ORDENANZA Nº 068-MDCH
Chorrillos, 6 de MORDAZA del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Distrital de la Municipalidad de Chorrillos en Sesion Ordinaria de fecha CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 0359-77-AL del 05/ 04/77, se aprueba el Reglamento para el Beneficio y Comercializacion de Aves para consumo; Que, la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental, MORDAZA la competencia en materia de Estudio de Impacto Ambiental; Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 0192003AG, mediante el cual se aprueba el Reglamento Sanitario para el acopio y Beneficio de Aves, para consumo publicado en el Diario Oficial El Peruano el 1 de junio del 2003; Que, el Art. IV, Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidad Nº 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenido y economico de su circunscripcion; Que, conforme a lo dispuesto en el Art. 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades Dis-

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