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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2004 (28/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 69

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G32/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 28 de mayo de 2004 todas las Normas que se opongan al Decreto Supremo en mención; Que mediante Oficio Nº 0954-2004-DM/MINSA, recepcionado el 13 de mayo del 2004 y dirigida al señorPresidente del Gobierno Regional La Libertad, la Dra. Pilar Mazzetti Soler, Ministra de Salud, con relación a la competencia de funcionarios en cargos de confianza dis-tintos a los Directores Regionales Sectoriales en el ám- bito de los Gobiernos Regionales Sectoriales, hace co- nocer que da por concluidas las designaciones de losfuncionarios solicitados por el Titular, y suspende las designaciones de funcionarios en los cargos de confian- za de los Gobiernos Regionales, para que en calidad deGobierno Regional encargue directamente dichas fun- ciones; Que, según R.M. Nº 201-2004-PRODUCE, publicada el 17 de mayo del 2004, Designan, en el Cargo de confian- za, Director Regional de Pesquería de la Región Arequipa; Que el Consejo Regional del Gobierno Regional La Li- bertad, ha ejecutado las siguientes acciones que fueron publicadas oportunamente en el Diario Oficial El Peruano: 1. El Consejo Regional en Sesión Ordinaria realiza- da el 19 de febrero del 2003, en ejercicio soberano de su autonomía regional acordó no convocar a Concurso Pú- blico de Selección de los Directores Regionales Secto- riales convocado por el Consejo Nacional de Des- centralización y ratificar, a la totalidad de los Directores Designados por el Gobierno Nacional, decisión que fue comunicada oportunamente al Presidente del Consejo de Ministros, y a los demás Ministros encargados de lasCarteras respectivas. 2. Mediante acuerdo de Consejo Regional La Libertad Nº 001-2004-CR/R-LL, publicado el 26 de enero del 2004,en uso de su autonomía política, económica y administrati- va en asuntos de su competencia acuerda ampliar la ratifi- cación de los Directores Sectoriales hasta el 30 de marzo del 2004. 3. Con fecha 1 de abril del 2004, mediante acuerdo de Consejo Regional La Libertad Nº 038-2004-CR/R-LL se prorroga la ratificación de los Directores Regionales Sec- toriales hasta el 31 de mayo del 2004. Que los Gobiernos Regionales, desde su creación e instalación, ejercen los sistemas administrativos, teniendo dentro de ellos el Presupuestario y el de Personal que soncompetencias Constitucionales y exclusivas de cada Go- bierno Regional y sin los cuales no podrían existir: El Art. 9º Inc. a), b), y c); Art. 10º Inc. c) y el Art. 45º Inc. c) de laLey Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, y el Art. 35º Inc. c) de la Ley 27783 - Ley de Bases de la Descentralización; Que, los Gobiernos Regionales ejercen autonomía en el ejercicio del Sistema de Personal esto es en el número total de personal, su condición, que incluye el personalcalificado de Confianza, dentro del cual se encuentran los Directores Regionales Sectoriales; en el caso del Gobier- no Regional La Libertad, éstos han sido materia de la ac-ción de personal por estar calificados previamente como cargos de confianza; Que la Duodécima Disposición Transitoria de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902, introduce el Régimen de las Direcciones Regionales Sectoriales, a través de Concursos Públicosde Selección, sin que esta Disposición, cuyo carácter es transitorio, establezca el mecanismo administrativo correspondiente, ya que considerando que los Concur-sos Públicos de Personal corresponden a la Carrera Administrativa, se debió prever el cambio de la condi- ción de Confianza de las Plazas de Directores Regiona-les, lo que no ha sucedido; consecuentemente esta Dis- posición Transitoria ha devenido en inaplicable, más aún si los plazos estipulados para su aplicación han feneci-do; por lo tanto estando vigente la condición de Confian- za de los Cargos de Directores Regionales Sectoriales, es procedente la acción de personal de Designación quecorresponde a esta condición de Confianza en los car- gos calificados como tal; Que el Art. 21º Inc. c) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe dentro de las atribuciones del Presi- dente Regional la de "Designar y cesar al Gerente Regio- nal y los Gerentes Regionales, así como nombrar y cesara los funcionarios de Confianza"; Que, durante el mes de mayo del presente año, me- diante Cartas y Oficios dirigidos al señor Presidente delGobierno Regional La Libertad y Presidente del Consejo Regional, todos los Directores Regionales Sectoriales, hanpuesto sus cargos de confianza en las funciones que ve-nían desempeñando a disposición de la Presidencia Re- gional; Que, el Consejo Regional La Libertad de la Región La Libertad, en Sesión Ordinaria realizada el 21 de mayo del2004, estando a lo expuesto por el señor Presidente delGobierno Regional y del Consejo Regional La Libertad, conel voto en mayoría de sus integrantes, y en ejercicio sobe- rano de su autonomía regional; ORDENA: Artículo Primero.- Dar por concluidas, a partir del 1 de junio del 2004, las Designaciones de los Directores Regio- nales Sectoriales, en sus Cargos de Confianza, dándose-les las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Facultar, al señor Presidente del Gobierno Regional La Libertad, máxima autoridad de lajurisdicción, representante legal y titular del Pliego Presu- puestal del Gobierno Regional, la Designación, en los Car- gos de Confianza, de los Directores Regionales Sectoria-les de la Región La Libertad. Artículo Tercero.- Encargar, al Secretario del Consejo Regional, la publicación de la presente ordenanza en elDiario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 10157 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/G72/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G65/G64/G69/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6C/G61/G70/G73/G61/G64/G6F/G73/G79/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G6D/G69/G63/G72/G6F/G7A/G6F/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G2D/G74/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G72/G65/G6E/G6F/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G61 ORDENANZA Nº 629 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de mayo de 2004, con la opiniónde las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económi-cos y de Organización en su Dictamen Nº 66-204-MML-CMAEO, Nº 62-2004-MML-CMAL de la Comisión Metro-politana de Asuntos Legales y Nº 58-2004-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivien- da y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE FRACCIONAMIENTO PARA PROPIETARIOS DE PREDIOS COLAPSADOS Y DECLARADOS MICROZONAS DE TRATAMIENTO POR RENOVACIÓN URBANA Artículo 1º.- Objetivo La presente Ordenanza tiene por objetivo otorgar un régimen de fraccionamiento por las deudas tributariasde los predios colapsados y declarados como Microzo-nas de Tratamiento por Renovación Urbana en los De- cretos de Alcaldía Nºs. 161, 162, 172, 177 y 195, cuyo acreedor es la Municipalidad Metropolitana de Lima, yse encuentren administradas por el Servicio de Admi-nistración Tributaria SAT.