Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2004 (05/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 5 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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- Declaracion jurada de no estar incursa en ninguno de los impedimentos indicados en el item 6 de la Directiva Nº 004-2004-MTC/15; - Declaracion jurada en el sentido de contar con la experiencia requerida en el literal b) del item 5.1 de la Directiva Nº 004-2004-MTC/15, acompanada de MORDAZA de los documentos sustentatorios correspondientes; - MORDAZA simple del contrato de cesion en uso correspondiente a la MORDAZA de Reconocimiento Fisico a la que postula, asi como declaracion jurada ofreciendo adjuntar la renovacion de dicho contrato en el plazo de noventa (90) dias de otorgada la autorizacion; - Relacion de equipos, maquinaria y herramientas requeridas por los literales c.3 al c.11 del item 5.1 de la Directiva Nº 004-2004-MTC/15, acompanada de MORDAZA de los documentos sustentatorios de la propiedad de los mismos; - Nomina de personal de la Entidad Verificadora para la MORDAZA de Reconocimiento Fisico, incluyendo al ingeniero supervisor y personal tecnico conforme a los literales c.12 y c.13 del item 5.1 de la Directiva Nº 004-2004MTC/15, acompanada de MORDAZA de los titulos de cada uno de ellos; y, - Carta fianza bancaria emitida por el Banco Financiero por el importe de US$ 100 000,00 (cien mil 00/100 dolares americanos) conforme a los terminos senalados en el literal i) del item 5.2 de la Directiva Nº 0042004-MTC/15. De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 014-2004-MTC y Resolucion Directoral Nº 3094-2004-MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, por el plazo de dos (2) anos, a contarse desde la publicacion de la presente resolucion, a COTECNA INSPECTION S.A. como Entidad Verificadora encargada de realizar la inspeccion fisica y documentaria de vehiculos usados, dentro del procedimiento de nacionalizacion de los mismos, a fin de asegurar que estos cumplan con las exigencias tecnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos y normas conexas y complementarias, asi como en la normativa vigente en materia de limites maximos permisibles, debiendo operar en las siguientes Zonas de Reconocimiento Fisico: a) Zofratacna - Tacna; b) Ceticos - Matarani; y, c) Ceticos - Ilo. Articulo 2º.- La empresa autorizada debera presentar, dentro del plazo de noventa (90) dias de otorgada la autorizacion, MORDAZA de los documentos que acrediten la renovacion de los contratos de cesion en uso de los terrenos a que se refieren los literales c.1 y c.2 del item 5.1 de la Directiva Nº 004-2004-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3094-2004-MTC/15, bajo apercibimiento de caducidad de la autorizacion correspondiente. Articulo 3º.- Remitase a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su custodia y control de vencimientos, las siguientes cartas fianzas emitidas por el Banco Financiero para respaldar el cumplimiento de las obligaciones de la solicitante: a) Carta Fianza Nº 000310274524 por US$ 100 000,00 con vencimiento el 6 de octubre del 2006, para Zofratacna - Tacna; b) Carta Fianza Nº 000310274494 por US$ 100 000,00 con vencimiento el 6 de octubre del 2006, para Ceticos Matarani; y, c) Carta Fianza Nº 000310274443 por US$ 100 000,00 con vencimiento el 6 de octubre del 2006, para Ceticos Ilo.

Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA P. ALLEMANT F. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 19907

Autorizan a BIVAC DEL PERU S.A.C. como Entidad Verificadora encargada de realizar inspeccion fisica y documentaria de vehiculos usados
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 5428-2004-MTC/15 MORDAZA, 28 de octubre de 2004 VISTOS: Los Expedientes Nºs. 2004-017321, 2004-017329 y 2004-017328 presentados por Bivac del Peru S.A.C. solicitando autorizacion como Entidad Verificadora para realizar la inspeccion fisica y documentaria de vehiculos usados, dentro del procedimiento de su nacionalizacion, para operar en las Zonas de Reconocimiento Fisico de Zofratacna-Tacna, Ceticos-Matarani y CeticosIlo, respectivamente. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004MTC, 014-2004-MTC y 035-2004-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, el articulo 94º del citado Reglamento, modificado por el Decreto Supremo Nº 014-2004-MTC, establece que el Reporte de Inspeccion y MORDAZA Reporte de Verificacion (Revisa 2), los mismos que constituyen requisitos para la nacionalizacion de vehiculos usados por el regimen regular y por el regimen de CETICOS y ZOFRATACNA, respectivamente, para garantizar que estos cumplan con las exigencias tecnicas establecidas en el citado reglamento y con la normativa vigente en materia de limites maximos permisibles de emisiones contaminantes, es emitido por la Entidad Verificadora; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3094-2004MTC/15, se aprobo la Directiva Nº 004-2004-MTC/15, la misma que regula el regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Verificadoras y establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una autorizacion como Entidad Verificadora ante la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, del analisis de los expedientes presentados, se advierte que en todos ellos se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion como Entidad Verificadora establecidos en el numeral 5.2 de la Directiva Nº 004-2004-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3094-2004-MTC/15; en efecto, en cada uno de los expedientes se han presentado los siguientes documentos: - Solicitud firmada por el representante legal de Bivac del Peru S.A.C.; - MORDAZA de las escrituras publicas de constitucion social de la empresa y de su adecuacion a la nueva Ley General de Sociedades de fechas 07 de febrero de 1992

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