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PÆg. 279746 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de noviembre de 2004 las personas naturales o empresas navieras nacionales que lo soliciten; Que, el señor CESAR LOPEZ PINEDO, es una perso- na natural domiciliada en el país, quien ha cumplido con los requisitos establecidos por el Reglamento de Trans-porte Fluvial Comercial, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC, para obtener el Permiso de Opera- ción solicitado, en mérito a lo cual cuenta con la opiniónfavorable emitida por el Director de Servicios Portuarios, Actividades Navieras y Multimodal y del Asesor Legal, mediante los Informes Nºs. 099-2004-MTC/13.02 y 336-2004-MTC/13.al, respectivamente, por lo que resulta procedente expedir el acto administrativo correspondien- te; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27791, Decretos Supremos Nºs. 005-2001-MTC, 041-2002- MTC y 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a favor de don CESAR LOPEZ PINEDO, para prestar ser- vicio de transporte fluvial comercial, en la forma siguien-te: TRÁFICO : Nacional o Cabotaje - entre los ríos de la Hoya Amazónica SERVICIO : Irregular TIPO DE TRANSPORTE : Mixto (Pasajeros y Carga) Artículo 2º.- El Servicio de Transporte Fluvial Comer- cial a que se refiere el artículo precedente será prestadocon la embarcación VICTORIA REGIA con matrícula de bandera peruana Nº IQ-008457-MF. Artículo 3º.- El Permiso de Operación que se otorga tendrá una vigencia de cinco (5) años, computados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano. La renovación debe-rá ser solicitada por la recurrente a la Dirección General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con anticipación de sesenta (60) díascalendario antes de su vencimiento. Artículo 4º.- El Permiso de Operación otorgado, im- plica la obligación de parte del administrado que lo obtie-ne, de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia y demás dispositivos y directivas que dicte la Dirección General de Transporte acuático. Artículo 5º.- Disponer su inscripción en el Registro Administrativo de Personas Naturales y Jurídicas que prestan servicios de transporte fluvial, lo dispuesto porla presente Resolución Directoral. Artículo 6º.- El Permiso de Operación otorgado que- dará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que elMinisterio emita el acto administrativo correspondiente, si el administrado no cumple con la publicación de la presente Resolución en un plazo máximo de treinta (30)días hábiles, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución Directoral. Artículo 7º.- El presente Permiso de Operación man- tendrá su plena vigencia en tanto el administrado cumpla con mantener vigentes las Pólizas de Seguros corres- pondientes e informes de las renovaciones del caso a laAutoridad de Transporte Acuático y a la Autoridad Marí- tima competente. Artículo 8º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del sector Defensa, Capitanía de Puerto de Iquitos, Yurimaguas y Pucallpa y a la Dirección Regional de Trans-portes y Comunicaciones de los Gobiernos Regionales de Loreto y Ucayali, para su conocimiento y fines consi- guientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO ARAMBURÚ GARDENER Director General Dirección General de Transporte Acuático 19828Autorizan a Cotecna Inspection S.A. como entidad verificadora encargadade realizar la inspección física ydocumentaria de vehículos usados RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 5427-2004-MTC/15 Lima, 28 de octubre de 2004 VISTOS:Los Expedientes Nºs. 2004-017323, 2004-017324 y 2004-017327 presentados por Cotecna Inspection S.A.solicitando autorización como Entidad Verificadora para realizar la inspección física y documentaria de vehícu- los usados, dentro del procedimiento de su na-cionalización, para operar en las Zonas de Reconoci- miento Físico de Zofratacna-Tacna, Ceticos-Matarani y Ceticos-Ilo, respectivamente. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004-MTC, 014-2004-MTC y 035-2004-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y característicastécnicas que deben cumplir los vehículos para que in- gresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, el artículo 94º del citado Reglamento, modifi- cado por el Decreto Supremo Nº 014-2004-MTC, es- tablece que el Reporte de Inspección y Segundo Re-porte de Verificación (Revisa 2), los mismos que cons- tituyen requisitos para la nacionalización de vehículos usados por el régimen regular y por el régimen deCETICOS y ZOFRATACNA, respectivamente, para garantizar que éstos cumplan con las exigencias téc- nicas establecidas en el citado reglamento y con lanormativa vigente en materia de límites máximos per- misibles de emisiones contaminantes, es emitido por la Entidad Verificadora; Que, mediante Resolución Directoral Nº 3094-2004- MTC/15, se aprobó la Directiva Nº 004-2004-MTC/15, la misma que regula el régimen de autorización y funciona-miento de las Entidades Verificadoras y establece las condiciones para operar como tal y los requisitos docu- mentales para solicitar una autorización como EntidadVerificadora ante la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones; Que, del análisis de los expedientes presentados, se advierte que en todos ellos se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacióncomo Entidad Verificadora establecidos en el numeral 5.2 de la Directiva Nº 004-2004-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3094-2004-MTC/15; en efecto,en cada uno de los expedientes se han presentado los siguientes documentos: - Solicitud firmada por el representante legal de Co- tecna Inspection S.A.; - Copia del Extracto expedido por el Registro Mercantil de Ginebra - Suiza, debidamente traducido y legalizado conforme a las normas peruanas, que acredita la perso- nería jurídica de la solicitante; - Copia de los testimonios de las escrituras públi- cas de poder otorgadas por don Robert Michel Mas- sey a favor de Emmanuel Francois Gabriel Bonnetcon fechas 11 de junio del 2004 y 23 de septiembre del 2004, respectivamente, ante el Cónsul General del Perú en Ginebra - Suiza, las que acreditan la repre-sentación del apoderado de la solicitante, provistas de sus correspondientes constancias de inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la OficinaRegistral de Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos;