Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2004 (05/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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Sectores Tipicos Estudio del VAD Sector 1 Sector 2 Sector 3 Sector 4 Sector 5 Sector Especial

NORMAS LEGALES
NTCSE Sector 1 Sector 2 Sector 2 Sector 3 Sector 3 Sector 3

MORDAZA, viernes 5 de noviembre de 2004

Calidad de Producto Tension..." 19931

OSITRAN
Aceptan compromiso de cese ofrecido por Ferrocarril Transandino S.A. y disponen suspension de efectos de las RR. Nºs. 025 y 037-2004-GG-OSITRAN
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 037-2004-CD-OSITRAN MORDAZA, 7 de setiembre de 2004 ENTIDAD PRESTADORA : FERROCARRIL TRANSANDINO S.A. (FTSA) SECTOR MATERIA : Infraestructura Ferroviaria de Uso Publico : Impugnacion de la Resolucion Nº 025-2004-GG-OSITRAN.

VISTO: El Informe Nº 091-04-GAL-OSITRAN del 1 de setiembre de 2004 elaborado por la Gerencia de Asesoria Legal de OSITRAN, mediante el cual se analiza el Recurso de Apelacion interpuesto contra la Resolucion de Gerencia General Nº 025-2004-GG-OSITRAN, que sanciono a la empresa concesionaria Ferrocarril Transandino S.A. ­ FTSA con veinte (20) UIT´s por incumplimiento de normas contenidas en el Reglamento MORDAZA de Acceso - REMA. CONSIDERANDO: I. ANTECEDENTES 1.1. Mediante Oficio Nº 002-2002-GG/OSITRAN del 20 de febrero de 2002 se solicita a FTSA que, en aplicacion de la Disposicion Final del REMA, remita los contratos de acceso suscritos con anterioridad a su entrada en vigencia. Asimismo, se le indica que de acuerdo al articulo 24º de dicho Reglamento, los contratos de acceso que se celebren deben ser remitidos a OSITRAN dentro de los quince (15) dias posteriores a su suscripcion. 1.2. Mediante Carta Nº 51-GL-2002/FETRANS del 16 de MORDAZA de 2002, FTSA remite a OSITRAN un contrato de arrendamiento celebrado con PeruRail y suscrito el 18 de agosto de 2000, a traves del cual se alquila ciertas areas de las Estaciones de San MORDAZA, Ollanta, Machu Picchu y Aguas Calientes. De igual manera, a traves de un Addendum Ampliatorio de fecha 30 de marzo de 2001 FTSA da en arrendamiento a PeruRail la Estacion de Poroy. 1.3. Mediante Carta Nº GG/GG-10-FC del 15 de enero de 2003, el operador ferroviario Ferrocarril Santuario MORDAZA Machu Picchu - FERSIMSAC solicita a FTSA que le otorgue en alquiler la Estacion de Pachar. 1.4. Mediante Cartas Nº GG/GG-011-FC y Nº GG/ GG-022-FC del 24 de enero y 3 de marzo de 2003,

respectivamente, FERSIMSAC reitera su pedido de alquiler de la mencionada Estacion. 1.5. Mediante Carta Nº 43-GL-2003/FETRANS del 4 de marzo de 2003, FTSA comunica a FERSIMSAC que el acceso a la estacion de Pachar esta subordinado a la suscripcion de un contrato de acceso a la via ferrea. 1.6. Mediante Cartas Nº GG/GG-034-FC y Nº GG/ GG-039-FC del 27 de marzo y 15 de MORDAZA de 2003, respectivamente, FERSIMSAC reitera a FTSA la solicitud de condiciones economicas para el alquiler de estaciones. 1.7. Mediante Carta Nº 92-GL-2003/FETRANS del 7 de MORDAZA de 2003, FTSA informa a FERSIMSAC sobre las areas libres que tienen en las Estaciones de Pachar y Pampacahua. 1.8. Mediante Carta Nº GG/GG-046-FC del 5 de MORDAZA de 2003, FERSIMSAC solicito a FTSA la identificacion en un plano de las areas de las Estaciones de Pachar y Pampacahua que se encuentren libres al no estar arrendadas a PeruRail, asi como que se le remita el contrato de alquiler correspondiente. 1.9. Mediante Carta Nº 104-GL-2003/FETRANS del 13 de MORDAZA de 2003, FTSA informa a FERSIMSAC el detalle del precio de alquiler mensual de las areas disponibles en las estaciones de Pachar y Pampacahua, remite los planos de las estaciones mencionadas con las areas disponibles y alquiladas, precisa que el Triangulo de Mandor no constituye una estacion y comunica que si han suscrito contratos de arrendamientos respectivos. 1.10. Mediante Carta Nº GG/GG-053-FC del 20 de MORDAZA de 2003, FERSIMSAC reitera a FTSA su solicitud para que se le otorgue el alquiler del 100% de la Estacion de Pachar. 1.11. Mediante Carta Nº 116-GL-2003/FETRANS del 28 de MORDAZA de 2003, FTSA reitera a FERSIMSAC que la estacion Pachar se encuentra parcialmente alquilada a PeruRail y que solamente queda un area libre no alquilada de 855.812 m2. 1.12. Mediante Oficio Nº 299-03-GS-I3-OSITRAN de fecha 26 de MORDAZA de 2003, OSITRAN solicito a FTSA MORDAZA de los contratos suscritos con PeruRail, incluyendo los referidos al alquiler de locales. 1.13. Mediante Carta Nº 118-GL-2003/FETRANS del 3 de junio de 2003, FTSA adjunta el contrato de alquiler de estaciones y su addendum ampliatorio, asi como un MORDAZA contrato de fecha 1 de MORDAZA de 2002 por el cual se otorga en alquiler ciertas areas de las estaciones de Pachar y Pampacahua. 1.14. Mediante Oficio Nº 592-03-GS-C3-OSITRAN del 9 de setiembre de 2003, OSITRAN solicito a FTSA que informe sobre los motivos por los que en el alquiler de las estaciones de Pachar y otras, no considero los procedimientos establecidos en el REMA. 1.15. Mediante Carta Nº 201-GL-2003/FETRANS del 17 de septiembre de 2003, FTSA responde a OSITRAN que el contrato de alquiler a PeruRail de las estaciones de Pachar y otras, fue celebrado de manera consensual acorde con el Codigo Civil y con anterioridad a la entrada en vigencia del REMA. Anade que el mencionado contrato fue formalizado a traves de un documento escrito en el 2002. 1.16. Mediante Oficio Nº 639-03-GS-C3-OSITRAN del 19 de setiembre de 2003, OSITRAN senala a FTSA que segun lo establecido en el REMA: (i) los contratos de acceso anteriores a su vigencia debieron haber sido remitidos en un plazo MORDAZA de 90 dias, habiendose recibido el mencionado contrato el 3 de junio del 2003; (ii) cualquier modificacion o renovacion de los contratos debe contemplar los procedimientos establecidos en el REMA y debe ser remitida al OSITRAN en el plazo senalado; y, (iii) a fin de corregir la situacion existente, que FTSA informe sobre el MORDAZA MORDAZA de alquiler de estaciones que debera ser iniciado de acuerdo a lo estipulado en el REMA. 1.17. Mediante Carta Nº 243-GL-2003/FETRANS del 22 de octubre de 2003, FTSA remite a OSITRAN la solicitud de acceso a las estaciones de Pachar y Pampacahua, entre otras, que le presento PeruRail de acuerdo a lo establecido en el REMA.

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