Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2004 (07/11/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, MORDAZA 7 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 279923

los articulos 105º, 108º, 113º, 114º, 115º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; y en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Nº 27693, modificada por Ley Nº 28009 y por Ley Nº 28306, y el Decreto Supremo Nº 163-2002-EF, Reglamento de la Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia por un plazo de 60 dias calendario, la contratacion de los servicios para modificar la Infraestructura Fisica y Amoblamiento de su Sede Institucional, necesarios para el cumplimiento de las nuevas funciones asignadas y las metas de la UIF-Peru, conforme al detalle del Anexo A Informe Tecnico Nº 009-2004-UIF-DAF de la Direccion del Area de Administracion, el mismo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El valor referencial de los bienes senalados en el articulo anterior, por el periodo referido, asciende a la suma de S/.100,228.00 (Cien mil doscientos veintiocho y 00/100 nuevos soles); debidamente desagregado segun lo detallado en el Anexo A del Informe Tecnico Nº 009-2004-UIF-DAF de la Direccion del Area de Administracion; fuente de financiamiento: Recursos Ordinarios. Articulo Tercero.- Las Adquisiciones a que se refiere el articulo primero, se realizaran a traves de procesos de seleccion de adjudicacion de menor cuantia, los mismos que se encontraran a cargo de la Direccion del Area de Administracion de la UIF-Peru. Articulo Cuarto.- Los Contratos que se celebren como consecuencia del MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia a que se refiere el articulo tercero de la presente Resolucion, deberan observar las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y modificatorias, cumpliendo con los requisitos, condiciones, formalidades y garantias que establece la ley. Articulo Quinto.- Disponer que la Direccion del Area de Administracion haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica, la presente Resolucion y los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Sexto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles de su emision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HAMANN PASTORINO Director Ejecutivo 20064 RESOLUCION Nº 078-2004-UIF-PERU MORDAZA, 3 de noviembre de 2004 EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA DEL PERU VISTO: El Informe Tecnico Nº 010-2004-UIF-DAF, de la Direccion del Area de Administracion, de fecha 2 de noviembre de 2004, y el Informe Legal Nº 033-2004-UIF-DAL, de la Direccion del Area Legal, de fecha 2 de noviembre de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en sus articulos 1º y 2º establece sus alcances y ambito de aplicacion, senalando que se encuentran sujetas a la MORDAZA todas las

Entidades del Sector Publico, con personeria juridica de derecho publico y las entidades reguladas por la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado; Que, mediante Ley Nº 27693 modificada por Ley Nº 28009 y por Ley Nº 28306, se creo la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia funcional, tecnica y administrativa; encontrandose la UIF-Peru dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Ley Nº 28306, Ley que modifica articulos de la Ley Nº 27693, publicada el 29 de MORDAZA de 2004, misma que entro en vigencia el 30 de MORDAZA de 2004, se establecieron nuevas competencias y funciones a la UIFPeru, siendo la encargada de recibir, analizar, tratar, evaluar y transmitir informacion para la deteccion del MORDAZA de activos y/o del financiamiento del terrorismo, asi como, de coadyuvar a la implementacion por parte de los sujetos obligados del sistema para detectar operaciones sospechosas de MORDAZA de activos y/o del financiamiento del terrorismo; Que, la Ley Nº 28306, Ley que modifica articulos de la Ley Nº 27693, establece ademas las siguientes nuevas funciones: i) Cooperar en el ambito de su competencia con investigaciones internacionales y/o solicitar, recibir, analizar y compartir informacion, a solicitud de autoridades competentes de otros paises que ejerzan competencias analogas, en casos que se presuman vinculados a actividades de MORDAZA de activos y/o de financiamiento del terrorismo, comunicando los resultados a la autoridad requirente y realizando las acciones correspondientes en el ambito nacional; ii) Participar en el ambito de su competencia en investigaciones conjuntas con otras instituciones publicas nacionales, encargadas de detectar y denunciar la comision de ilicitos penales que tienen la caracteristica de delito precedente del delito de MORDAZA de activos y/o financiamiento del terrorismo; iii) Prestar la asistencia tecnica que le sea requerida, cuando se trate de investigaciones relacionadas con el MORDAZA de activos y/o el financiamiento de terrorismo; iv) Amplia la relacion de sujetos obligados a informar 24 a 32; v) Amplia la relacion de las instituciones obligadas a proporcionar informacion de 6 a 15; vi) Para efectos de los sujetos obligados a informar que no cuenten con organismos supervisores, la UIF-Peru actuara como tal; vii) Los organos supervisores ejerceran la funcion de supervision del sistema de prevencion del MORDAZA de activos y del financiamiento del terrorismo, en coordinacion con la UIF-Peru, lo que significa una funcion de cosupervision; viii) La UIF-Peru por resolucion motivada puede ampliar, reducir y/o modificar la relacion de conceptos que deban ser materia de Registro, el contenido del Registro en relacion con cada operacion, modificar el plazo, modo y forma como deben llevarse y conservarse los Registros, asi como cualquier otro MORDAZA o tema que tenga relacion con el Registro de Operaciones. Cuando se trate de sujetos obligados que cuenten con un organismo supervisor, la resolucion sera emitida por este, previa solicitud o informe favorable de la UIF-Peru; ix) Analizar la informacion que le envie SUNAT sobre las declaraciones de ingreso y/o salida de dinero en efectivo o instrumentos negociables al portador, por mas de US$ 10,000.00 (diez mil dolares americanos) o su equivalente en cualquier moneda; entre otras; Que, del Informe Tecnico del visto se desprende que dentro de las necesidades de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru para el desempeno de las nuevas funciones asignadas, se encuentran entre otros aspectos, la adquisicion de los equipos y software informatico; Que, en tal sentido, el Area de Administracion con el visto del Area de Informatica solicita la declaracion de urgencia por el plazo de 60 dias calendario, autorizandoseles a efectuar la adquisicion de los referidos bienes a traves de un procedimiento de Menor Cuantia, hasta por el valor referencial de S/.356,267.00, debidamente desagregados y contenidos en el Anexo A de su Informe Tecnico Nº 010-2004-UIF-DAF; Que, la Ley Nº 28306, Ley que modifica articulos de la Ley Nº 27693, publicada el 29 de MORDAZA de 2004, entro

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.